ACUERDO N° xxx
xx DE FEBRERO 2017
“Por medio del cual se Aprueba el Manual de Convivencia y los estímulos de la Institución Educativa HENRY DANIELS”
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA HENRY DANIELS
En uso de sus atribuciones legales conferidas por la Ley 115 General de Educación y su Decreto N° 1860 de 1994 y Decreto 992 de 2002, complementado por la ley 1620 de 2013 y del Decreto Reglamentario 1965 de 2013. Y el código civil para los estudiantes adultos de la Institución.
CONSIDERANDO
1. Que es deber del Consejo Directivo tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución.
2. Que es función del Consejo Directivo, recomendar, promover, definir criterios que contribuyan al buen funcionamiento de la Institución Educativa.
3. Que es deber del Consejo Directivo apoyar y avalar las propuestas que redunden en beneficio del buen funcionamiento de la Institución y por consiguiente en el mejoramiento de la calidad educativa.
4. Que los directivos han liderado el mejoramiento, enriquecimiento y modificación del Manual de Convivencia y la creación de los estímulos aplicando encuestas y talleres con todos los estudiantes de primaria y secundaria, con el consejo de estudiantes, con el cuerpo de docentes, con el consejo de padres y en general con los estudiantes.
5. Que es competencia del Consejo Directivo aprobar mediante acuerdo el Manual de Convivencia y Estímulos de la Institución.
6. Que la Institución promueve la reflexión pedagógica y la implementación del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueve y fortalece la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media que prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia. creado por la ley 1620 de 2013 y del Decreto Reglamentario 1965 de 2013.
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar para la Institución Educativa HENRY DANIELS, del Municipio de Castilla la Nueva el siguiente Manual de Convivencia y estímulos.
PRESENTACIÓN
La Institución Educativa HENRY DANIELS, es una comunidad educativa que en su quehacer diario, desea construir un clima de buenas relaciones humanas, en el que se propicie una convivencia armónica entre todas las personas, regida por el afecto y la comunicación asertiva para “darle al otro lo mejor de mi” y hacer un uso responsable de la libertad.
El Manual de Convivencia es el conjunto de acuerdos entre los diferentes estamentos de la comunidad, que permite a sus miembros interactuar en un ambiente armonioso y de sana convivencia cuyo fin primordial es el cumplimento de los objetivos definidos en el Proyecto Educativo Institucional.
La apropiación del Manual de Convivencia debe llevar a los miembros de la Comunidad Educativa a:
Aprender a ser: Afirmando la autonomía, el conocimiento de sí mismo, la auto-realización.
Aprender a convivir: Formando una actitud dialógica basada en la tolerancia, la justicia, el respeto, la honestidad, la solidaridad y la sana convivencia escolar.
Aprender a transformar. Propiciando la participación, el liderazgo, el sentido de pertenencia y el auténtico compromiso de vida.
Rector
DAVID URREGO BUITRAGO
CAPITULO I
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1º. Naturaleza. La Institución Educativa HENRY DANIELS, asumiendo sus funciones en la formación integral de los niños, niñas y jóvenes y como facilitador de la convivencia armónica en medio de las diferencias individuales adopta el presente “Manual de Convivencia” fundamentado en los principios de la pedagogía abierta, la ética pluralista, la democracia participativa y la solución de conflictos.
Si cada uno de los miembros de esta comunidad se apropia y cumple lo pactado, la interrelación será armónica, útil y permitirá el desarrollo equilibrado de todas las dimensiones de la persona; alcanzando la excelencia personal, académica e institucional.
Conviene destacar que el Manual de Convivencia nunca se considera terminado, por ser parte de un proceso generador de alternativas para el bien común de la sociedad, que puede implicar modificaciones parciales o totales cuando la mayoría de los integrantes de los Estamentos de la comunidad educativa las fundamenten con razones y mejores perspectivas.
ARTICULO 2º. Marco Legal
1. Constitución Política de Colombia (1991), Artículos 44 y 45 – Derechos Fundamentales; Artículos 67 y 68 – Derecho a la Educación.
2. Ley 115 de 1994 – Ley General de Educación.
3. Decreto 1860 de 1994, por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.
4. Decreto 1850 del 13 de Agosto de 2002, por el cual se reglamente la jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y docentes de los establecimientos estatales de educación formal.
5. Ley 1098 de 2006 o Ley de Infancia y adolescencia .
6. Ley 1145 de 2007, por medio de la cual se organiza el sistema nacional de discapacidad.
7. Decreto 1286 de abril 27 de 2005 ,por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados y se adoptan otras disposiciones.
8. Convención de los Derechos del niño y derecho internacional humanitario.
9. Ley 715 de 2001, por medio de la cual se dictan normas orgánicas en materiade recursos y competencias.
10. Ley 734 de 2002, por la cual se expide el código disciplinario único.
11. Decreto 2277 de 1979, o Estatuto Docente
12. Decreto 1278 estatuto docente.
13. Decreto 1290 de abril 16 de 2009, por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media
14. Ley 1620 de 2013 que crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
15. Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 que reglamenta la ley 1620 de 2013.
16. Ley 84 de mayo 26 de 1873. Código civil para los estudiantes adultos.
17. Ley 1801 del 2016 nuevo código de Policía Nacional
Ley 1801 del 2016, nuevo código de policía Nacional
ARTICULO 3º. Objetivo general del Manual de Convivencia
Formar a la comunidad educativa en la vivencia de los valores, principios institucionales, y sana convivencia para que pueda interactuar en los diferentes contextos, facilitando el óptimo desempeño en condiciones de calidad y eficiencia.
ARTICULO 4º. Principios Institucionales
La Institución HENRY DANIELS, se fundamenta en los siguientes principios:
Pedagogía Abierta: Proceso para interrogar en forma permanente a la realidad con el propósito de buscar, valorar, comprender y manejar información que genere la construcción de conocimientos y la resolución de problemas para crear, recrear y resignificar ambientes que permitan potencializar el ser humano.
Ética Pluralista: Ética como reflexión filosófica que parte de una moral cívica, donde están contenidos los mínimos axiológicos y normativos compartidos por la conciencia de una sociedad pluralista en la que se convive en torno a encuentros y consensos, contradicciones y solución de conflictos dentro de una actitud de diálogo.
Democracia Participativa: Es un proceso político en construcción permanente, en el que se cultiva y respeta la libertad fundamental para que el hombre pueda hacerse a si mismo, como ciudadano con pensamiento crítico social y así desarrolla la capacidad de optar y asumir las consecuencias de las decisiones tomadas.
Solución de Conflictos: Conflicto es la situación inevitable en la que coexisten elementos contradictorios y consustánciales a las relaciones interpersonales, organizacionales y sociales a través de los cuales se aprende a regular el diario vivir. Transformar o cualificar su solución para asumirlo, practicando en él y resolviéndolo de manera creativa, dialogal, democrática, lúdica y no violenta. El conflicto no se elimina sino que es una oportunidad para el cambio e impulsador del progreso.
Inclusión: La educación inclusiva implica que todos los niños y niñas de una determinada comunidad aprendan juntos independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales, incluidos aquellos que presentan ritmos de aprendizaje diferentes, las comunidades étnicas (indígenas, afro-colombianos, raizales y el pueblo Rom) o cualquier otra condición en el marco de la diversidad.
Actitud Consciente ante el Medio Ambiente: Ante la crisis climática, el aumento de la temperatura del Planeta Tierra, la destrucción de la mayoría de los hábitat naturales, la gran contaminación ambiental y la destrucción de la capa de ozono entre otros males planetarios, se hace necesario una actitud consciente ante el medio ambiente a nivel individual, a nivel de la sociedad y de las organizaciones mundiales para evitar la dramática destrucción de nuestro planeta.
ARTICULO 5º. Horizonte Institucional
FILOSOFÍA
La Institución Educativa Henry Daniels, tiene como filosofía formar al ser humano fundamentado en valores, con una mentalidad crítica, creativa, innovadora y respetuosa de las diferencias, en constante búsqueda de una mejor calidad de vida propia y de su comunidad.
VISIÓN
Para el año 2021 la Institución Educativa Henry Daniels, será reconocida por la integralidad de su propuesta educativa, centrada en competencias, procesos pedagógicos y valores institucionales que potencialicen las capacidades personales de sus estudiantes, apoyados por una comunidad educativa comprometida con el mejoramiento institucional y de su entorno.
MISIÓN
La Institución Educativa Henry Daniels de carácter oficial, ofrece los niveles de Educación Preescolar, Básica primaria en jornada mañana y tarde, Básica Secundaria, Media Académica y Técnica, en jornada única; y educación de adultos en jornada nocturna, a través de una educación inclusiva, integral e innovadora; utiliza las TIC como herramientas para liderar procesos formativos de calidad humana e intelectual, promueve el liderazgo en sus estudiantes para que se vinculen a la educación superior o al campo laboral aportando a la construcción de una sociedad solidaria en el marco de la justicia y la paz contribuyendo tanto a la conservación del medio ambiente como al desarrollo regional y nacional.
OBJETIVOS INSTITUCIONALES
OBJETIVO GENERAL:
Formar ciudadanos competentes y con calidad humana, conscientes y forjadores de soberanía, con espíritu democrático y pluralista, respetuoso de la dignidad humana y de la naturaleza, solidario y de aspiraciones personales y sociales.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Brindar formación integral al educando de acuerdo a las normas vigentes propuestas por el Ministerio de Educación Nacional.
2. Concientizar a la Comunidad Educativa de la importancia del amor, respeto, cuidado y uso racional de los recursos naturales y del medio ambiente.
3. Contribuir al desarrollo de una persona capaz, responsable y autónoma para el desempeño escolar y la convivencia pacífica, democrática y equilibrada.
4. Promover actividades de tipo académico, cultural, recreativo y uso racional del tiempo libre, que favorezcan el desarrollo integral del educando
5. Facilitar y estimular la participación de los miembros de la comunidad en los ejercicios democráticos para la elección de los representantes al Gobierno Escolar y en la elección de los representantes al gobierno escolar y todas las actividades escolares con proyección a la sociedad.
6. Construir ambientes propicios para su desarrollo integral
7. formar para la ciudadanía la convivencia en todos los espacios de la escuela de manera transversal, permanente, intencional y sistemática
8. Planear y desarrollar acciones de Educación No Formal que propicien la capacidad de autogestión, autonomía y participación en el mejoramiento de su calidad de vida.
9. Ofrecer opciones a los estudiantes, para su proyecto de vida, a través de la academia y especialidades técnicas, que le permitan transformar las problemáticas de su entorno.
ARTICULO 6º. Valores Institucionales
Autonomía: Capacidad para darse normas a sí mismo sin influencia de presiones externas o internas. Un ser humano, es autónomo cuando desarrolla su vida mediante actos propios y es consecuente con sus resultados
Libertad: Facultad que tiene el ser humano, de decidir por sí mismo como actuar en las diferentes situaciones que se le presentan en la vida, en cuanto no se oponga a las leyes ni a las buenas costumbres.
Respeto: Es la aceptación del otro teniendo en cuenta sus diferencias. Abarca todas las áreas de la vida, empezando por una adecuada autoestima y un reconocimiento a la familia, a los semejantes, al medio ambiente, a la naturaleza, a la sociedad y a las normas.
Justicia: es el estado de equilibrio en las relaciones sociales que se reconoce cuando existe la debida igualdad en las oportunidades y en la distribución de beneficios y cargas sociales con equidad. Virtud que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece.
Solidaridad: sentimiento de un deber moral hacia los otros miembros de la comunidad educativa fundado sobre la identidad de unos intereses o situaciones. Se entiende como la ayuda desinteresada y oportuna.
Paz: Es fruto de saber entender y escuchar las necesidades de los demás antes que las nuestras. Es el resultado de una buena convivencia entre las personas, fundamentada en la compasión, la comprensión y la reconciliación.
Compromiso: capacidad de responder a los resultados de los consensos contraídos consigo mismo, con los demás y con el entorno, asumiendo las consecuencias de lo que se dice o lo que se hace.
Sentido de pertenencia: El sentido de pertenencia es sentirse parte de un grupo, una sociedad o de una institución, esto tiene su origen en la familia ya que es el primer grupo al que pertenecemos. Al serle fiel al grupo y siguiendo sus normas se da una identidad y una seguridad, mientras más segura se sienta la persona, más elevado será su sentimiento comunitario y estará más dispuesta a seguir normas de convivencia
Responsabilidad: Que todos nuestros actos sean realizados de acuerdo con una noción de justicia y de cumplimiento del deber en todos los sentidos.
ARTICULO 7 El Gobierno Escolar está integrado por el Consejo Directivo, el Rector, el Consejo Académico, las comisiones de Evaluación y Promoción, el Personero Estudiantil, el Consejo Estudiantil, el Comité de Bienestar Institucional, el Consejo Disciplinario, el Consejo de Profesores, la Asociación de Padres de familia.
CAPITULO II
DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE, DE LA MATRICULA Y PRESENTACION PERSONAL
ARTICULO 8º. Cobertura. La Institución, atiende estudiantes en sus sedes de preescolar, primaria, en jornadas mañana y tarde; bachillerato desde grado sexto hasta el grado once del nivel de Media Académica y Media Técnica, en jornada diurna única, y en el centro de educación de adultos en la jornada nocturna.
ARTÍCULO 9º. De la calidad de estudiante. Es estudiante de la Institución Educativa Castilla La Nueva, el niño, niña y el joven que se identifica plenamente con el Horizonte institucional y busca en forma permanente alcanzar el perfil definido en el presente manual.
La calidad de estudiante, se adquiere en el momento de la matricula o de su renovación previa firma del folio de su Representante legal o acudiente y del estudiante con su acta de compromiso; pero se pierde el último día del año escolar para el cual se matriculó, sin pérdida del derecho que le da la ley a la renovación de matrícula.
ARTICULO 10º. La matrícula. Es un contrato civil que celebra la institución educativa representada por el Rector y el padre de familia o acudiente y el estudiante, con la aceptación expresa de cumplir con las normas legales e institucionales vigentes y que cualquiera de las partes podrá dar por terminado en caso de algún incumplimiento.
PARAGRAFO: El acudiente del estudiante deberá ser mayor de edad y presentarse el día de la matricula con la autorización escrita del padre/madre de familia
ARTICULO 11º. Requisitos de matrícula para estudiantes nuevos.
1. Presentarse a la institución con sus padres o acudiente, dentro del período de matrículas señalado para el respectivo año lectivo, a la entrevista y firma del compromiso.
2. Registro civil de nacimiento para menores de 7 años.
3. Tarjeta de identidad para mayores de 7 años.
4. Boletín académico del grado anterior para primaria y para secundaria, certificados de los grados anteriores.
5. Presentar copia del observador.
6. Presentar paz salvó de la institución donde cursó el grado inmediatamente anterior.
7. Fotocopia de la cedula de ciudadanía de los padres o acudientes.
8. Fotocopia del carné de vacunas
9. Fotocopia del RH.
10. Tres fotos a color 3 X 4.
11. Fotocopia del carné de afiliación a una EPS
12. Para estudiantes desplazados, presentar la correspondiente constancia expedida por la entidad competente.
13. Presentarse a la socialización del protocolo de inducción con el acudiente en la fecha indicada.
ARTICULO 12º. Requisitos de matrícula para estudiantes antiguos
1. Boletín de valoraciones definitivas del grado anterior.
2. Paz y salvo de la institución con todas sus firmas.
3. Firma del libro de matrícula tanto del padre o acudiente como del estudiante.
4. Reemplazar y/o actualizar los documentos que se encuentren vencidos como Registro Civil por Tarjeta de Identidad, Carné de EPS, Seguro, etc.
5. Una carpeta habana colgante y una sencilla oficio con gancho legajador, cuando la existente se encuentre en mal estado.
6. Firma del padre de familia o acudiente y del estudiante de un acta de compromiso académico y/o disciplinario, para aquellos alumnos que hayan presentado dificultades académicas o de comportamiento el año inmediatamente anterior. Esta debe ser anexada la carpeta del observador del alumno.
7. Presentarse a la socialización del protocolo de inducción en la fecha indicada.
8. Firma de la renovación de matrícula
PARAGRAFO 1º. Los estudiantes por transferencia, además de los requisitos establecidos, deberán presentar certificado de matrícula y de valoración de las áreas del tiempo correspondiente. Realizar entrevista de aceptación de ingresar a la Institución presentando copia o certificación de comportamiento de la Institución donde proceda.
PARAGRAFO 2º. Los estudiantes nuevos para ingresar a modalidad por transferencia, además de los requisitos establecidos en el presente manual, deberán presentar certificados de los módulos estudiados o de la temática que se esté cursando del módulo.
PARAGRFO 3º. Los estudiantes que deseen ingresar a la jornada nocturna, además de los requisitos de matrícula, deberán tener en cuenta:
1. Para estudiantes de los ciclos I y II, Haber cumplido mínimo 13 años.
2. Para el ciclo III, haber cumplido 15 años de edad.
3. Para el ciclo IV, haber cumplido 16 años.
4. Para el ciclo V, haber cumplido 17 años
5. El estudiante de la jornada nocturna no requiere de la presencia del padre de familia o acudiente.
PARAGRAFO 4°.los estudiantes adultos deben presentar su cedula de ciudadanía.
ARTICULO 13 a. De los estudiantes con necesidades educativas especiales.
a. Al momento de la matrícula se tendrá en cuenta la valoración especializada que permita su ingreso y garantice la sana convivencia y permanencia en la Institución.
b. La institución establecerá compromisos individuales con estudiantes y padres de familia atendiendo a las necesidades.
c. La institución deberá definir parámetros para el trabajo académico, de tal manera que los docentes ajusten su planeamiento a las necesidades del estudiante con el apoyo de la familia
d. Para la valoración y asignación de actividades de flexibilización, es obligatoria la presentación de la certificación médica.
PARAGRAFO 1: Cuando el estudiante requiera de atención especializada por alguna limitación, el padre de familia deberá responsabilizarse del tratamiento profesional.
ARTICULO 14º Compromiso del estudiante al matricularse
1. Presentar todos los documentos y requisitos de matrícula.
2. Cumplir con lo establecido en el manual de convivencia.
3. Asistir puntual y regularmente a clase. En caso de inasistencia o atraso, deberá presentar excusa debidamente firmada por el padre de familia o acudiente.
4. Cumplir con sus obligaciones de estudiante, para ello dispondrá del tiempo necesario.
5. Asistir con el uniforme respectivo de acuerdo al horario de clases o al evento programado.
ARTICULO 15º. Causales para perder la calidad de estudiante
1. Por finalizar o por no terminar el año escolar.
2. Cuando su matrícula ha sido cancelada por ente correspondiente donde se escriba la ruta de atención integral (comisaria, ICBF, policía de infancia y adolescencia, salud comité de convivencia.
3. Por cancelación voluntaria.
4. Inasistencia continua e injustificada, correspondiente al 25% en la educación básica y al 20% en la educación media.
5. Presentar documentos falsos para su matrícula o cometer fraude para resolver otra situación de la vida escolar.
6. Cuando sea solicitado, procesado y condenado por autoridad competente judicial.
7. No cumplir con lo establecido en el manual de convivencia.
ARTICULO 16º. PERFIL DEL ESTUDIANTE: El estudiante se caracterizara por identificarse plenamente con el horizonte institucional, como la persona que se auto construye en todas sus dimensiones así: como hombre, proyecta valores; como individuo promueve la excelencia personal, laboral; y como agente social, se desenvuelve en la vida con responsabilidad, eficacia y satisfacción de su quehacer.
Por tanto, ha de ser:
1. Un ser integral, crítico y analítico capaz de seleccionar patrones que fortalezcan su voluntad, mejoren su entendimiento y contribuyan a su realización individual y colectiva.
2. Capaz de entender y enfrentar responsablemente su realidad personal, familiar y social que le corresponda vivir, para proyectarse hacia el futuro.
3. Una persona respetuosa, digna, solidaria, progresista que forje sus propios valores.
4. Consciente de la conservación, protección y mejoramiento de la ecología y el medio ambiente; la sanidad para lograr calidad de vida, en su persona en su medio y en su país.
5. Respetuoso de los valores y derechos humanos, de la democracia y vivir en concordancia con la moral y las leyes del país.
6. Capaz de vincularse a la vida laboral y generador de empresas productivas.
7. Una persona con sentido de pertenencia institucional
ARTICULO 17º. Presentación personal. El uniforme: Con el propósito de evitar en los estudiantes la discriminación por razones de apariencia y socioeconómicas se establecen las siguientes pautas:
UNIFORME DE DIARIO PARA LAS NIÑAS
1. Camisilla blanca con cuello redondo sin ningún adorno ni escrito.
2. Camisa blanca con cuello para corbata y bolsillo al lado izquierdo para el escudo; este debe ser fijo al bolsillo.
3. Falda de tela a cuadros escocés, con prense chato ancho adelante y atrás, dos prenses pequeños a cada lado. Esta debe ir a la mitad de la rodilla y con 5 cm. de ruedo.
4. Medias blancas hasta la rodilla.
5. Zapatos negros de amarrar.
UNIFORME DE DIARIO PARA HOMBRES
1. Camisilla blanca con cuello redondo sin ningún adorno ni escrito.
2. Camisa blanca vestida por dentro del pantalón, con cuello para corbata y bolsillo al lado izquierdo para el escudo, este debe ser fijo al bolsillo.
3. Pantalón azul oscuro en lino, de bota recta de 19 cm, con correa negra y sin herraje extravagante.
4. Medias azul oscuro, altura media.
5. Zapatos negros de amarrar.
UNIFORME DE EDUCACION FISICA MUJERES Y HOMBRES
1. Camisilla blanca con cuello redondo, completamente blanco sin ningún adorno ni escrito, por dentro del pantalón.
2. Camiseta blanca con cuello “V” y raya verde en el cuello y las mangas.
3. Sudadera blanca en algodón perchado con venas verdes a los lados, bota recta 20 cm.
4. Pantaloneta blanca del mismo material del pantalón con venas verdes a los lados
5. Medias y tenis completamente blancos, de amarrar.
UNIFORME DE LA JORNADA NOCTURNA
La jornada nocturna tendrá como uniforme:
1. Camibuso totalmente blanco con el escudo de la Institución y pantalón blue jean.
2. Zapatos cerrados o zapatillas cerradas.
PARAGAFO 1. PEINADO Y ACCESORIOS
Las mujeres, deberán traer el cabello peinado, preferiblemente recogido, con accesorios para el mismo de color blanco, negro o rojo y sin ninguna extravagancia. Se permite el uso de aretes pequeños que combinen con los colores del uniforme, plateados o dorados, uñas con esmalte trasparente únicamente decorado francés, se prohíbe el uso de collares, piercing, pulseras, tatuajes visibles, cachuchas, pañoletas y tintes de cabello.
PARAGRAFO 2. Los hombres, mantener el corte de cabello clásico o tradicional, bien peinado, sinninguna clase de extravagancias, mechones o tintes. Para los hombres se prohíbe el uso de aretes, piercing, pulseras, collares, cachuchas, sombreros, tatuajes visibles y cualquier tipo de extravagancia.
PARAGRAFO 3. Para los eventos especiales los estudiantes deberán portar corbata azul los hombres y corbata roja las mujeres.
PARAGRAFO 4. El uso del celular es prohibido en la Institución y por lo tanto no se responde por la pérdida de ellos.
ARTICULO 18°. Manifiesto: Meta, únete para poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas
La institución Henry Daniel promoverá el respeto por los derechos humanos e integridad física, sexual, psicológica y económica de las mujeres y las niñas, mediante el desarrollo de todas las actividades formativas, pedagógicas, y comunitarias que integran el currículo promoviendo las siguientes actividades.
a. Realizar todos los 25 días de cada mes un taller o lectura sobre la importancia de la mujer en la sociedad.
b. desde el proyecto “familia educadora” se promoverá la igualdad de alternativas de formación académica, sentimental, trabajo, derechos a las niñas y niños contribuyendo a mejorar el crecimiento personal y familiar.
c. fomentar en los medios Institucionales (periódico mural, cartelera, redes sociales) la línea 155 de orientación a mujeres víctimas de violencia.
d. celebración del día internacional de la mujer 8 de marzo dentro del cronograma Institucional. Fomentando la feminidad y la ternura en las niñas y las mujeres docentes.
e. celebración de los 15 años a las niñas del colegio que los cumplan en el 2017, en el mes de amor y amistad con izada de bandera y eventos especiales.
ARTICULO 19°. El comparendo ambiental.
La Institución Henry Daniels fomenta la conservación del medio ambiente, por lo tanto en su política de ambientalista reglamenta un comparendo ambiental para sancionar a los estudiantes y comunidad educativa que arrojen basura y contamine los espacios escolares.
CAPITULO III
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 20º. Son derechos de los estudiantes
1. A ser tratado con respeto, aprecio y justicia por directivos docentes, profesores, personal administrativo y de servicios generales y compañeros.
2. A participar en los procesos de formación e instrucción adecuada que les garantice una formación integral de acuerdo con los cambios permanentes de la ciencia y la tecnología, programas académicos y objetivos institucionales.
3. A ser informados oportunamente de los cambios de horario y actividades que se programen y recibir las clases en las horas indicadas.
4. A participar y representar a la Institución en todas las actividades programadas según sus aptitudes físicas e intelectuales.
5. A utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil de que dispone la Institución Educativa Castilla la Nueva.
6. A recibir información oportuna del plan de indicadores de desempeño en cada una de las áreas y hacer los aportes correspondientes.
7. A ser informado del avance en las competencias por parte de los docentes y del director de grado, con anterioridad a la entrega de los Informes Valorativos.
8. A conocer las anotaciones sobre su rendimiento académico y disciplinario que realicen los docentes o directivos en la Hoja de Vida de incidentes críticos o las observaciones o los descargos respectivos.
9. A ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares, que hagan a través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad, el respeto por la Institución y por las personas vinculadas a esta.
10. A ser atendido oportuna y debidamente por parte del personal administrativo, en lo que se refiere a solicitud de certificados de estudios, paz y salvo, constancias y otros. Estas solicitudes deben hacerse durante los horarios y días establecidos.
11. A que se aplique el debido proceso cuando cometa faltas al manual de convivencia institucional.
12. A presentar y promover iniciativas y sugerencias a las directivas de la Institución y a los docentes, tendientes a buscar el bienestar institucional.
13. A realizar visitas de carácter cultural, científico o deportivo, previamente programados y con el visto bueno de la Rectoría.
14. A recibir los estímulos necesarios que contribuyan a su desarrollo integral.
15. A elegir y ser elegido en representación de los estudiantes a los diferentes comités y Grupos Juveniles que se organicen en la institución como lo señala la ley 115 del 8 de febrero de 1994, y demás normas complementarias.
16. A recibir asesorías de profundización, superación y/o complementarias especiales dentro de los horarios establecidos por la institución.
17. A gozar de un medio ambiente sano.
18. A los demás derechos consagrados en la constitución y en la ley 1098 de la infancia y la adolescencia.
19. A presentar las actividades de tipo académico, cuando su ausencia haya sido ocasionada por encontrarse representando a la institución y sin el registro de fallas.
20. A que se le conceda permiso para ausentarse de la institución en horas de actividad académica o cultural, siempre que su representante legal lo autorice mediante su firma en la boleta de salida.
21. Contar con un ambiente escolar que fomente y fortalezca la convivencia en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, garantizando su formación como sujetos activos de derechos.
22. Participar de los programas y actividades promovidas por el establecimiento educativo en los cuales se fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica.
23. Recibir atención integral en los espacios educativos cuando se detecten casos de acoso escolar, vulneración de derechos sexuales y reproductivos, violencia escolar.
24. A recibir orientación con respecto al embarazo en la adolescencia y las enfermedades de transmisión sexual, con el fin de contribuir a la prevención de embarazos a edades tempranas y reducir el riesgo de contraer enfermedades de transmisión sexuales.
CAPITULO IV
DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 21º. Deberes de los estudiantes
1. Cumplir con la Constitución y las Leyes de la República de Colombia.
2. Conocer y cumplir el Manual de Convivencia.
3. Participar en las elecciones de representantes al Gobierno Escolar.
4. Respetar los derechos y hacer uso adecuado de ellos.
5. Presentarse puntualmente a clases y cumplir con los horarios establecidos para las actividades programadas por la Institución-
6. Ponerse al día en las labores académicas cuando ha estado ausente presentando su debida justificación de acuerdo al proceso acorde a los ritmos de aprendizaje. (Educación inclusiva).
7. Presentarse con los elementos y útiles necesarios, para el alcance de los criterios y las competencias que propongan las diferentes áreas del currículo.
8. Cumplir con las tareas, lecciones, trabajos y evaluaciones, actividades curriculares, proyectos institucionales, proyectos de área, modalidad institucional y otras programadas dentro de los términos establecidos en el calendario académico.
9. Acatar las normas establecidas para el uso de las salas especializadas y demás dependencias de la Institución.
10. Alcanzar los criterios y las competencias educativos en cada una de las áreas.
11. Permanecer dentro del plantel durante toda la jornada escolar y en los sitios programados para cada actividad.
12. Usar el uniforme de acuerdo con las normas establecidas debidamente aseado.
13. Presentarse a la institución educativa en perfecto estado de sobriedad.
14. Asumir buen comportamiento en cada una de las diferentes dependencias del plantel y al transitar por los corredores hacerlo en orden, sin perturbar el trabajo de las aulas.
15. Utilizar adecuadamente el tiempo y lugar señalados para el desarrollo de las actividades pedagógicas.
16. Cuidar y dar buen uso a los pupitres, libros, computadores, laboratorios, aulas, útiles escolares y demás implementos que hacen parte de las dependencias de la institución.
17. Respetar y acatar las órdenes de las directivas, profesores y demás representantes de la comunidad educativa y en caso de reclamo seguir el conducto regular.
18. Interesarse y responsabilizarse del aseo, conservación de la planta física y de la preservación del ambiente.
19. Mostrar el carné estudiantil al entrar a la institución y en los momentos que se requiera .ya sea en jornada escolar o jornada contraria.
20. Entregar a los padres de familia, acudientes o tutores las circulares e informes que la Institución Educativa envíe.
21. En caso de daño en la planta física o algún elemento de las respectivas dependencias del plantel o de propiedad de alguno de los integrantes de la comunidad educativa o de particulares que están haciendo uso de los servicios de la Institución Educativa, deberá dar aviso a cualquier docente de la Institución para reparar los daños causados, en el plazo acordado.
22. En caso de retiro de la institución y en la finalización del año es obligación del alumno estar a Paz y Salvo por todo concepto.
23. Presentar solicitud escrita del Padre o acudiente o documento que justifique el retiro de la Institución en horas de actividades académicas.
24. Respetar los símbolos patrios y los de la institución.
25. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa en sus creencias, ideologías e integridad física y moral, pertenencias, iniciativas y creatividad.
26. Respetar la naturaleza y sus formas de vida.
27. Estar dispuesto a representar la Institución en las actividades que se organicen.
28. Utilizar dentro y fuera de las aulas un lenguaje adecuado y respetuoso.
29. Mantener la armonía y el espíritu de cooperación, trabajo y solidaridad entre todos los integrantes de la comunidad educativa que busquen el bien común.
30. Tener manifestaciones de gratitud y aprecio por la institución.
31. Solicitar a las autoridades competentes e instituciones estatales el apoyo y colaboración, para mejorar la calidad en el servicio educativo, servicios de bienestar, salud y alimentación.
32. Ser leal con los principios de la institución.
33. Vivenciar actitudes de honradez y responsabilidad en toda actividad educativa y personal.
34. Asumir un comportamiento que esté de acuerdo con los fines de la educación y las buenas costumbres dentro y fuera de la institución. (ruta escolar, restaurante y granja)
35. Utilizar el nombre de la Institución para actividades académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas que hayan sido autorizadas por el Rector o el Consejo Directivo.
36. Ser respetuoso y preservar el buen nombre de directivos, docentes, educandos y demás integrantes de la comunidad educativa.
37. Ser honesto, respetuoso y leal con los documentos, evaluaciones y pruebas a las que tenga acceso por su carácter de estudiante.
38. Velar por un ambiente agradable, limpio, pulcro digno de los valores morales inculcados por los docentes y padres de familia.
39. Actuar dignamente respetando la intimidad personal y de sus compañeros.
40. Avisar oportunamente cualquier anomalía que observe en la Institución y que altere la buena marcha de la misma.
Estudiantes en condiciones especiales:
PARAGRAFO 1. Estudiantes en estado de gestación: Las estudiantes en condición de madres gestantes deben:
1. Asumir algunos cuidados especiales en cuanto a su traslado y permanencia en la institución.
2. Firmar compromisos con el padre de familia y o acudiente y la estudiante para que asuma la responsabilidad de los riesgos que se puedan presentar durante su estado.
3. Asistir a su jornada académica con ropa acorde a su estado (ropa materna).
ARTICULO 22°: Prohibiciones
Se prohíbe:
1. Utilizar vocabulario soez, calumniar o injuriar a cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.
2. Fumar dentro de la institución, ingerir o introducir bebidas alcohólicas.
3. Guardar, traficar y/o usar drogas alucinógenas dentro de la institución o portando el uniforme.
4. Realizar o intentar cualquier tipo de fraude, engaño o suplantación.
5. Abandonar el plantel sin el permiso respectivo de la coordinación.
6. Ejercer o propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra las personas o elementos de la institución.
7. Ocasionar daño material a la infraestructura física, material de consulta de laboratorios y en general a los bienes de la institución.
8. Portar armas de cualquier tipo o hacer uso de ellas para solucionar problemas o intimidar.
9. Introducir al plantel los libros, folletos, revistas u otros medios de divulgación pornográfica o aquellos que atenten contra la moral y los valores.
10. Hacer uso de celulares, beepers, radios u otros medios de comunicación en horas de clase, actividad cultural o deportiva.
11. Traer cualquier tipo de implementos no solicitados para el desarrollo curricular o actividades programadas y aquellos que distraigan o fomenten desorden.
12. Hacer o colocar dibujos y expresiones vulgares, irrespetuosas o pornográficas en cualquier sitio del plantel o fuera de él cuando se esté portando el uniforme, incluyendo cuadernos y libros, mobiliario e infraestructura.
13. Utilizar lenguaje vulgar, ofensivo contra la dignidad y respeto de las personas de la institución.
14. Sustraer o retener elementos que no sea de su propiedad.
15. Realizar, promover o participar sin la autorización de la Rectoría cualquier género de ventas, rifas y negocios con sus compañeros.
16. Salirse del salón de clases sin autorización del docente o monitor.
17. Jugar dinero o practicar juegos de azar.
18. Atentar contra la moral y/o las sanas costumbres de nuestra sociedad.
19. Cometer cualquier infracción o delitos punibles por las leyes penales colombianas.
20. Asistir a lugares públicos como discotecas, billares, juegos de máquinas, electrónicos u otros con los uniformes de la institución.
21. Practicar o participar en rituales de satanismo, brujería, espiritismo o cualquier otro tipo de actividad paranormal.
22. Ingresar animales sin la debida autorización.
23. Realizar silbatinas, rechiflas y griterías en el salón de clase, en los pasillos o patios y en cualquier acto comunitario o actividad de la institución.
24. Todo tipo de manifestaciones amorosas y de noviazgos dentro de la institución y fuera de ella cuando se esté portando el uniforme.
25. Establecer relaciones de noviazgo con docentes o personal administrativo.
26. Cometer ciber-bullying y matoneo (Ley 1620 del 2013)
27. A no ingresar ni salir de la Institución por otro sitio que no corresponda a las entradas reglamentadas por las directivas ( si eso ocurriese el estudiante incurre en una falta muy grave y la Institución no responde por los daños causados.
CAPITULO V
LA CONVIVENCIA ESCOLAR
ARTICULO 23° Reflexión pedagógica de la ley de Convivencia Escolar: La Institución HENRY DANIELS promueve la reflexión pedagógica y la implementación del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueve y fortalece la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica, media y nocturna que prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia. Creado por la ley 1620 de 2013 y del Decreto Reglamentario 1965 de 2013.
ARTÍCULO 24°. Objetivos del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:
1. Minimizar el Acoso escolar y el ciber-acoso escolar de forma intencional metódica, sistemática e intimidatoria, ridiculízate, deliberada, violenta o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña, o adolescente.
2. Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media.
3. Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos sociales y culturales particulares.
4. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.
5. Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las entidades en los diferentes niveles del Sistema y los establecimientos educativos fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección, atención y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz de adolescentes y en el mejoramiento del clima escolar.
6. Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
7. Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.
8. Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social, relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
9. Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual.
ARTÍCULO 25°. Ambientes escolares: La IE HENRY DANIELS promociona ambientes propicios para su desarrollo integral formado para la ciudadanía la convivencia en todos los espacios de manera transversal, permanente, intencional y sistemática
1. Contar con un ambiente escolar que fomente y fortalezca la convivencia en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, garantizando su formación como sujetos activos de derechos.
2. Participar de los programas y actividades promovidas por el establecimiento educativo en los cuales se fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica.
3. Recibir atención integral en los espacios educativos cuando se detecten casos de acoso escolar, vulneración de derechos sexuales y reproductivos, violencia escolar.
4. A recibir orientación con respecto al embarazo en la adolescencia y las enfermedades de transmisión sexual, con el fin de contribuir a la prevención de embarazos a edades tempranas y reducir el riesgo de contraer enfermedades de transmisión sexual.
ARTICULO 26º. Etapas para fortalecer la convivencia escolar:

Promoción. Fomentar el mejoramiento de la convivencia y el clima escolar con el fin de generar un entorno favorable para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Prevención. Intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización afectiva de los derechos humanos sexuales y reproductivos en el contexto escolar.
Atención. Asistir oportunamente a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Seguimiento. Seguimiento y evaluación de las estrategias y acciones de promoción, prevención y atención desarrolladas por los actores o instancias del Sistema de Convivencia escolar.
ARTÍCULO 27°. Clasificación de las situaciones que afectan la convivencia escolar.
Llámese falta aquella situación que afecta la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, al quebrantamiento de una obligación o compromiso, o al incumplimiento de los deberes contemplados en el Manual de Convivencia de la Institución.
Definiciones:
1. Conflictos: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
2. Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
3. Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
4. Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
5. Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
6. Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
7. Agresión relación: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
8. Agresión electrónica: Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.
9. Acoso escolar (bullying):De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
10. Ciberacoso escolar (ciberbullying): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
11. Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".
12. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
13. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.
ARTÍCULO 28°. Conformación del comité escolar de convivencia.
1. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
2. El personero estudiantil
3. El docente orientador
4. El coordinador por sede
5. El presidente del consejo de padres de familia
6. El presidente del consejo de estudiantes
7. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar por sede.
Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
ARTÍCULO 29°.Funciones del comité escolar de convivencia.
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
9. Garantizar que la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar sea apropiada e implementada por los establecimientos educativos en el marco de sus responsabilidades, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso y violencia escolar por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.
Parágrafo. Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
ARTÍCULO 30°. Ruta de atención integral para la convivencia escolar
La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberá seguir el Colegio, como parte del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes del colegio, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario.
En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, la institución debe garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en la institución o en sus alrededores y que involucren a niños, niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo en adolescentes.
ARTÍCULO 31°. Componentes de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento.
El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades. (ICBF, comisaria, policía de infancia y adolescencia salud personería)
El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar.
El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética e integral, cuando se presente un caso de violencia o acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del Colegio.
El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, de la Institución en cada uno de los casos de atención reportados. Por parte de los entes correspondientes (educativos, saludables, judiciales y culturales).
ARTÍCULO 32°. Protocolo de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
La Ruta de Atención Integral en la Institución HENRY DANIELS inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del manual de convivencia.
El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar.
El Protocolo y procedimientos de la ruta de atención integral del Colegio contemplan los siguientes postulados:
1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados.
2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos.
3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos.
4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.
5. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes del Colegio en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité de Convivencia, al ICBF, la Comisaria de Familia, la Personería Municipal o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.
Parágrafo. Los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral de LA Institución se sujetarán a la reglamentación de la ley decreto 1965
ARTICULO 33°. Rutas y protocolos ley 1620. Para la Institucion Henry Daniels
1. Pautas y acuerdos de convivencia de toda la comunidad educativa.
2. Medidas pedagógicas y alternativas de solución frente a la situación que afectan la convivencia escolar
3. consecuencias aplicables a los involucrados en las situaciones que afectan la convivencia escolar
4. directorio actualizado de otras entidades.
ARTICULO 34°. Ruta de atención y procedimientos a las situaciones de convivencia escolar
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SITUACIÓN
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PROTOCOLO
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TIPO I
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1. Anotación en el Observador
Mediar pedagógicamente con las personas involucradas el docente conocedor del hecho, registra objetivamente lo sucedido especificando fecha, hora, lugar, las personas que participaron con las respectivas firmas y hacer una reflexión formativa
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2. Asesoría de grado: El asesor de grado con los integrantes del pacto de aula (CONVIVAMOS FULL.H.D) lideran las asesorías programadas para tratar las problemáticas registradas en el observador que transgreden el pacto de aula y el pacto social de convivencia, llegando a acuerdos y compromisos los cuales serán registrados en el acta.
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3. Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa, y establecer acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación
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4. Remisión a coordinación: Si reincide, el estudiante es remitido a coordinación con el histórico, en donde se le hace el llamado de atención verbal, se establece el compromiso y se deja constancia en el observador del estudiante con las respectivas firmas.
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5. Citación al acudiente: La coordinación notificará al padre de familia, al asesor de grado, al docente que remite y al estudiante, para establecer el compromiso y hacer seguimiento.
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TIPO II
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1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados
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2. Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requiera medidas de restablecimiento de derechos.
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3. Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.
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4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.
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5. Garantizar espacios para exponer y precisar lo acontecido
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6. Determinar acciones restaurativas para la reparación delos daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
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7. Realizar el reporte en el sistema de información unificado de convivencia escolar.
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8. El comité escolar de convivencia realizara análisis del caso y seguimiento de las soluciones.
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TIPO III
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1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.
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2. Remisión a coordinación: Activación de la ruta de apoyo y atención municipal.
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3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes
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4. Informar de la situación a la policía Nacional (Policía de infancia y Adolescencia).
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5. Remisión al comité de convivencia: Cuando el estudiante incurre en dicha situación el comité determina la remisión a la instancia correspondiente
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6. Adoptar las medidas propias para proteger a las víctimas, y a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado hagan parte de la situación presentada.
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7. Realizar el reporte en el sistema de información Unificado de Convivencia Escolar.
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8. Realizar seguimiento por parte del Comité de Convivencia Escolar de la autoridad que asuma el caso, comité Municipal, Departamental de convivencia que ejerza jurisdicción sobre la Institución Educativa HENRY DANIELS.
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ARTICULO 35º. DE LAS SITUACIONES DE CONVIVENCIA: se clasifican en:
SITUACIONES TIPO I:
a. El retardo diario a la Institución Educativa y/o a clases
b. Evasión a clases o actos comunitarios.
c. Inasistencia injustificada a la Institución o actos comunitarios.
d. Portar incorrectamente el uniforme en las actividades programadas por la
Institución.
e. Permanecer en el salón en horas de descanso.
f. El uso de maquillaje y aderezos que generen riesgo cuando se porta el
Uniforme.
g. El incumplimiento a las observaciones hechas por profesores, directivos,
Administrativos o de servicios generales.
h. Presentarse con extravagancias que rompan la armonía y la uniformidad.
i. Ingerir alimentos o gomas durante las actividades pedagógicas.
j. Incumplimiento a los turnos de aseo.
k. Indisciplina en cualquier actividad.
l. Faltar a alguno de los compromisos establecidos en el pacto de aula.
m. Irrespeto a los símbolos patrios y de la institución
n. Gestos o actos irrespetuosos.
o. Excluir o señalar por razones de género u orientación sexual a cualquier
integrante de la comunidad educativa.
p. Agresión relacional con la que se afecta negativamente el estatus o imagen
que tiene la persona frente a otras personas. Ejemplos de ello son: difundir
el rumor de que una persona está dispuesta a tener relaciones con alguien
por dinero; discriminar a alguien por su identidad sexual o a una compañera
de clase por estar embarazada.
q. Asistir a sitios y lugares públicos de expendio de bebidas alcohólicas o
videojuegos portando el uniforme.
r. Dañar bienes, enseres o recursos de cualquier miembro de la comunidad
educativa o de la Institución.
s. Los juegos de azar y cualquier actividad que conlleve lucro.
t. Interrumpir su trabajo y el de los demás, haciendo mal uso de cualquier
dispositivo electrónico.
u. la indisciplina en el restaurante escolar, colarse en la fila y votar los alimentos.
v. El incumplimiento de las normas en la ruta escolar.
SITUACIONES TIPO II.
a. La reincidencia de una situación de tipo I
b. Agresiones físicas, psicológicas, interacciones con las que se hostiga o se
invade el espacio íntimo de la otra persona.
c. Acciones y expresiones morbosas o tener relaciones sexuales dentro de la
institución.
d. Mensajes ofensivos, calumnias verbales o escritas en espacios públicos,
físicos o virtuales. (Ciberbullying).
e. La complicidad y el encubrimiento en una falta.
f. Ingresar y/o difundir medios de divulgación pornográfica.
g. La malversación de fondos encomendados a su custodia, provenientes de
actividades institucionales.
h. El desacato, la desobediencia y la insubordinación a profesores, directivos,
administrativos, de servicios generales y personal de orientación.
i. Atentar contra el buen nombre de la institución.
j. Ingresar, portar y/o consumir cigarrillos, bebidas alcohólicas y sustancias
psicoactivas durante actividades institucionales.
k. Presentarse a la institución en estado de embriaguez o bajo el efecto de
sustancias sicotrópicas.
l. El fraude en documentos oficiales, evaluaciones, trabajos académicos, o la
presentación de acudientes no autorizados.
m. Incitar a compañeros a actos violentos.
n. Maltratar animales o causar daños al sistema ambiental del plantel.
o. Saltar y/o romper muros o mallas, para ingresar o salir de la Institución.
p. Portar armas blancas, de fuego, sustancias o elementos que atenten contra
la integridad física.
q. Realizar prácticas y actos que atenten contra la vida e integridad de sus
semejantes.
r. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad.
s. Agredir física o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
PARAGRAFO: El fraude en las evaluaciones, tareas, o trabajos. Conlleva consecuencias académicas (juicio valorativo: uno (1,0) y disciplinarias, según lo consignado en este manual.
SITUACIONES TIPO III
a. Indicios de culpabilidad en casos de abuso sexual o violación dentro o fuera
de la Institución.
b. Promover el turismo sexual y la prostitución en niñas, niños y adolescentes de
la Institución.
c. Hostigar o asediar con fines sexuales o cualquier acto delictivo.
d. Agredir física o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa y que genere incapacidad médica.
e. El ingreso a las dependencias del plantel con fines delictivos.
f. Promover, incitar a otra persona a atentar contra su vida o la de sus
Semejantes.
g. Hurtar o destruir las pertenencias de cualquier miembro de la comunidad
educativa o de la Institución.
h. Traficar armas blancas, de fuego, sustancias o elementos que atenten contra
la integridad física.
i. la reincidencia de una falta tipo II
j. Fomentar una mala convivencia en el salón, restaurante, trasporte, complejo y granja escolar.
PARAGRAFO 1: Los casos tipo III pueden constituir un delito y por esta razón
otros actores o entidades deben participar en su atención y manejo, especialmente en aquellos aspectos relacionados con la salud, la protección y el acceso a la justicia.

CAPITULO VI
PROCESO FORMATIVO-CORRECTIVO
GENERALIDADES
ARTICULO 36º. Definición y objetivo: El sistema formativo busca el fomento y el desarrollo de la responsabilidad del estudiante para convivir en sociedad, garantizar su formación integral, asegurar el bienestar general y la buena marcha del plantel.
ARTICULO 37º.Campo de aplicación: El presente Manual se aplica a los estudiantes matriculados en la Institución que infrinjan las normas contempladas en el Manual de Convivencia cuando se encuentre dentro y fuera del mismo siempre que porte el uniforme.
PARAGRAFO: Cuando el estudiante hubiere cometido una falta en el transcurso de inactividad académica o cometida la falta decide ausentarse del plantel por un tiempo determinado, la investigación debe iniciarse y proseguir hasta definir la acción disciplinaria. Copia del correctivo aplicado se anexará en la Hoja de Vida y/o en el Archivo de la Institución para que obre como antecedente.
ARTICULO 38º. La caducidad de la acción y prescripción del correctivo pedagógico
La acción disciplinaria caduca en el término del periodo académico si es tipo I, si es tipo II se tendrá en cuenta hasta dos periodos académicos, porque afecta el buen nombre del plantel portando el uniforme de la Institución, términos que se cuentan a partir del acto constitutivo de la falta. Si la falta registrada prescribe por vencimiento de términos se podrá tener en cuenta como antecedente. Si es tipo III solo caduca cuando se haya restituido sus derechos y acciones que contempla la ruta de acordada en la mesa de infancia y adolescencia y el comité de convivencia Institucional y el comité de convivencia Municipal.
ARTICULO 39º. Naturaleza de la acción formativa
La acción formativa se iniciará de oficio por información presentada por cualquier agente de la comunidad educativa. Quien ponga en conocimiento un hecho que pudiere determinar proceso disciplinario, no constituye parte de dicho proceso y sólo podrá intervenir para suministrar la información que se le solicite cuando sea del caso.
PARAGRAFO. Evaluación de Comportamiento.
Una vez recopilada la Información en el Observador del Estudiante, el Consejo Académico en reunión, valorará en la Heteroevaluación, periódicamente el desarrollo personal y Social (Competencias ciudadanas) de cada uno de los estudiantes, lo mismo que en el Área de Ética y Valores Humanos y Educación religiosa y Moral, para completar la Autoevaluación y Evaluación y dejará constancia en actas los casos especiales que serán remitidos al Comité de Convivencia Escolar para el seguimiento del Proceso. También se informará al Padre de Familia, de la valoración en el Boletín Escolar por períodos.
ARTICULO 40º. Del derecho de defensa
El estudiante que sea objeto de una inculpación tendrá derecho a conocer el informe y las pruebas que se alleguen a la investigación; a que se practiquen las pertinentes que solicite, a ser oído en declaración de descargos y a interponer los recursos establecidos en este manual.
PARÁGRAFO 1: El estudiante siempre tendrá el derecho fundamental a su defensa y al debido proceso, además contará con la compañía de sus padres o acudientes durante todos los procesos.
PARÁGRAFO 2: Delegación de funciones
La Rectoría y el Consejo Directivo podrán delegar su potestad de allegar pruebas requeridas para aplicar el correctivo pedagógico, en la Coordinación.
ARTIUCLO 41º. Competencia
1. Para investigar y aplicar los correctivos a las faltas se considera como inmediato superior:
2. El Docente
3. Director de grado
4. Coordinador
5. Comité de Convivencia Escolar
6. Rector
7. Consejo Directivo
PARAGRAFO: El colectivo de docentes, el director de Grado, el Personero Estudiantil y el consejo estudiantil son órganos consultores.
FALTAS Y CORRECTIVOS
ARTICULO 42º.Concepto
Llámese falta al quebrantamiento de una obligación o compromiso, o al incumplimiento de los deberes contemplados en el Manual de Convivencia de la Institución.
ARTICULO 43º. Clasificación de las faltas
Las faltas se clasifican en Académicas y de Comportamiento.
Las faltas de comportamiento se clasifican en tipo I, tipo II y tipo lll.
En atención a su naturaleza y efectos, circunstancias del hecho, motivos determinantes de los antecedentes del educando inculpado, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a. Efectos o perjuicios causados
b. Las modalidades o circunstancias del hecho se apreciarán de acuerdo con el grado de participación en la comisión de la falta y la existencia de circunstancias agravantes, atenuantes o eximentes.
c. Los motivos determinantes se apreciarán según se haya procedido por causas innobles o por nobles o altruistas.
d. Los antecedentes del estudiante inculpado se apreciarán por sus condiciones personales o por su liderazgo.
ARTICULO 44º. De las faltas académicas
La falta académica es aquella que está directamente relacionada con su compromiso en construcción del conocimiento, desarrollo de las habilidades y competencias que se manifiesten en el cumplimiento de los deberes académicos.
Se consideran FALTAS ACADÉMICAS las siguientes:
1. El retardo diario a la institución y/o a clases.
2. La no asistencia a clases.
3. La desaplicación continua y el bajo rendimiento académico.
4. La no presentación de pruebas o trabajos.
5. Insuficiencia en el alcance del desarrollo de las competencias propuestas en cada área o asignatura, a pesar de las estrategias aplicadas por la institución. Nivel básico
6. La no presentación y utilización de los elementos necesarios para el trabajo académico.
7. La no incorporación a su desarrollo de ASHUMA
.
ARTICULO 45º. Circunstancias agravantes
Circunstancia que aumenta la responsabilidad del estudiante implicado en la comisión de una falta:
Se consideran:
1. Negar la responsabilidad de la falta o atribuírsela a otros.
2. Reincidir en faltas de la misma naturaleza,
3. Aprovecharse de la confianza depositada por los directivos, docentes o el personal administrativo.
4. Contar con la complicidad de otra u otras personas para cometer la falta.
5. Cometer la falta para ocultar otra.
6. Actuar con premeditación y alevosía.
7. El efecto perturbador en su formación y en la de sus compañeros
8. El haber procedido por razones o motivos de los cuales estaba avisado.
9. El haber procedido con motivos malintencionados.
ARTICULO 46º. Circunstancias atenuantes
Circunstancias que disminuyen la responsabilidad del estudiante implicado en la comisión de una falta:
1. Haber observado buen comportamiento antes de cometer la falta.
2. Buen rendimiento académico.
3. Confesar la falta voluntariamente, en forma oportuna y veraz.
4. Cometer la falta bajo la presión o inducción de otros.
5. El haber procurado evitar espontáneamente los efectos nocivos de la falta antes de iniciarse la acción disciplinaria.
6. El haber actuado, para defenderse así mismo o defender derechos comunitarios.
7. Presentar información que permita la resolución de conflicto cuando este involucre la participación de otros estudiantes.
ARTÍCULO 47º.Correctivos para faltas académicas
Las faltas académicas tendrán los siguientes correctivos:
1. Cuando se presentare el hecho de una inasistencia mayor a una semana, sin reporte del padre de familia o acudiente, el reintegro a las actividades pedagógicas será considerada por el Rector.
2. Los trabajos y evaluaciones realizadas en su ausencia, debe presentarlos, mediante actividades de superación a la semana siguiente, previa autorización del coordinador.
3. El bajo desempeño en cada área, conlleva a la adquisición de compromisos con el acompañamiento del padre de familia o acudiente, para realizar actividades de superación, de lo cual quedará constancia firmada en la correspondiente Hoja de Vida del Estudiante.
4. El incumplimiento en trabajos, talleres, guías de estudio, actividades pedagógicas complementarias o especiales, conlleva a llamados de atención con anotación en el Pacto de Aula.
5. La no asistencia a las actividades programadas, conlleva a la realización de trabajo social, asignado por el Coordinador.
6. Se realizaran firma de compromisos académicos finalizar cada periodo académico por presentar rendimiento bajo en una o más asignaturas o cuando la situación lo amerite.
7. La realización del plan de mejoramiento será en la institución en jornada contraria con valoración de básico correspondiente al trabajo y sustentación.
ARTICULO 48º. Correctivos para faltas tipo I
Podrá aplicarlo alguno de los miembros de la institución contemplados en el presente manual, con la garantía del debido proceso.
CORRECTIVO:
1. Llamado de atención verbal, dejando constancia por escrito en Acta, con compromiso de mejoramiento.
2. Notificación al padre de familia de la situación presentada.
3. Desarrollo de trabajo social, asignado por quien aplico el correctivo
4. Valoración comportamental básico según la falta, para el periodo que corresponda.
ARTICULO 49º. Correctivos para faltas tipo II
PRIMERA INSTANCIA: Coordinación
1. Apertura del proceso disciplinario
2. Llamado de atención escrita.
3. Notificación al padre de familia o acudiente y su compromiso de acompañamiento y control.
4. Suspensión de dos días de clases: el estudiante deberá cumplir con trabajos pedagógicos asignados, para ser presentados a su regreso a la institución o servicio social durante la jornada, con las consecuencias que conlleve su ausencia en el aula de clase.
5. Valoración comportamental de bajo para el periodo correspondiente
Parágrafo. La Institución tiene entre los correctivos una sección académica y una sanción social dependiendo la gravedad de la falta.
SEGUNDA INSTANCIA: Rectoría
1. Resolución rectoral de última oportunidad.
2. Notificación al padre de familia o acudiente y compromiso de acompañamiento y control
3. Suspensión de tres días de clases: el estudiante deberá cumplir con trabajos pedagógicos asignados, para ser presentados a su regreso a la institución o servicio social durante la jornada, con las consecuencias que conlleve su ausencia en el aula de clase.
4. Valoración comportamental de bajo (10 – 2,5)), para el periodo correspondiente.
ARTÍCULO 50º. Correctivo para faltas tipo III
TERCERA INSTANCIA: Consejo Directivo: El Consejo Directivo y el comité de convivencia analiza el proceso disciplinario y las faltas cometidas por el estudiante y determina la permanencia del estudiante en la institución con condiciones específicas de acuerdo a la gravedad de la falta o de las faltas.
PARAGRAFO 1º. El estudiante podrá presentar recurso de reposición, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del correctivo.
PARAGRAFO 2º. Contra la Providencia de la rectoría procede el recurso de apelación interpuesto ante el consejo directivo, que podrá presentarse dentro de las setenta y dos horas siguientes a la notificación de la respectiva decisión.
PARAGRAFO 3º. El recurso de reposición o apelación, presentado por el estudiante, será respondido dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la radicación del mismo.
PARAGRAFO 4º. El estudiante que estando en actividad deportiva o cultural, en representación de la institución infrinja, las normas a este manual, será suspendido de manera inmediata de dicha actividad, con las respectivas consecuencias que conlleven la falta cometida.
PARAGRAFO 5º. El estudiante de grado 11º, podrá ser sancionado con la no asistencia a la ceremonia de grados, según la gravedad de la falta y el tiempo en que ocurrió.
PARAGRAFO 6º.El correctivo a una falta cometida, conlleva la reparación del daño, cuando lo causado así lo amerite.
ARTICULO 51º.Del debido proceso
El estudiante investigado, tiene derecho a:
1. Conocer la queja en su contra.
2. Ser oído en versión libre, para conocer las causas de su comportamiento y/o situación académica.
3. Rendir descargos, solicitar o aportar pruebas y controvertirlas; dispondrá de un día hábil.
4. Obtener copias de las actuaciones no sometidas a reserva acordes a la gravedad de la falta y protección del testigo o denunciante.
5. Impugnar y sustentar las decisiones cuando hubiere lugar a ello.
6. Ser notificado del correctivo, por el medio más apropiado.
7. Ser informado de los recursos, términos y autoridad competente para hacer uso en la continuidad de su derecho de defensa.
PARAGRAFO: toda falta deberá estar registrada en el libro observador del estudiante y firmada por el docente y estudiante implicado.
ARTCULO 52º. Pacto de aula (CONVIVENCIA FULL H.D.)
Conjunto de normas de convivencia de actuación y correctivos, para ser aplicados a quien los infrinja. Sera la ruta de hábitos y valores a desarrollar en cada aula de clase, con la orientación directa del asesor y docentes. Hacen parte de su administración los mismos estudiantes, elegidos democráticamente.
ARTÍCULO 53°. Formas de notificación
La notificación de las decisiones disciplinarias puede ser: personal, por edicto o por conducta concluyente.
PERSONAL: Se dará por aceptada con la firma del padre de familia o acudiente y el estudiante; cuando se negaren a firmar, se dejará constancia por escrito.
POR EDICTO: Se efectuara al publicar el correctivo en cartelera escolar.
POR CONDUCTA CONCLUYENTE: Cuando la notificación personal ha sido irregular. Se tendrá por concluido que se ha notificado el representante del estudiante en la institución.
CAPITULO VII
SISTEMA DE ESTIMULOS
Entiéndase por estímulo toda acción externa que provoque en el estudiante, reacciones de satisfacción y de mejoramiento personal y de la Institución.
Se crea la medalla al Mérito Institución Educativa HENRY DANIELS.
ARTÍCULO 54º. Estímulos para los estudiantes: Los estudiantes que sobresalgan en la consecución y avances de logros, comportamiento, espíritu de compañerismo o actividades deportivas, artísticas, culturales, colaboración con la Institución, y en general en el cumplimiento del manual de convivencia, se podrán exaltar periódicamente, a través de estímulos que motiven la permanente superación.
Al finalizar o a través de cada período académico el estudiante, podrá recibir los siguientes estímulos:
1. Izar el Pabellón Nacional cuando haya celebración especial.
2. Figurar en el cuadro de Excelencia Académica en cada uno de los períodos académicos.
3. Ser seleccionado como monitor, líder, auxiliar de disciplina o representante del curso.
4. Integrar delegaciones que sean representativas de la Institución.
Al finalizar el año escolar, la Institución otorgará a los estudiantes por su comprobado cumplimiento:
1. Promoción al grado siguiente o título que le conceda la Institución, a quienes hayan cumplido con el plan de estudios y las normas de promoción vigentes.
2. Mención de honor en cada grupo a:
1. Mejor estudiante en rendimiento académico y comportamiento (excelencia)
2. Mejor estudiante por sentido de pertenencia con la institución.
3. Mejor estudiante en pruebas instruimos.
4. Los estudiantes sobresalientes con NEE (Necesidades educativas especiales).
3. Mención de honor por mérito académico, a los tres mejores estudiantes de Grado Once que en las pruebas SABER 11º del ICFES, hayan obtenido el mejor resultado según escala valorativa del ICFES.
4. Mención de honor, por continuidad y dedicación al mejor estudiante de grado once que haya cursado y aprobado ininterrumpidamente la totalidad de los grados en la Institución.
5. Mención de Honor y Premio especial otorgado por el Consejo Directivo así:
6. Primer Puesto al estudiante de la Institución en las pruebas SABER 11º,del ICFES
7. Al Mejor Bachiller. Este premio especial se otorgará al estudiante cuyo rendimiento académico haya sido excelente durante el curso de su estudio en la institución, además tenga gran sentido de pertenencia y refleje en su diario vivir los valores institucionales.
8. Al mejor Deportista. Este premio especial se otorgará al estudiante cuyas cualidades deportivas lo hagan sobresalir y además refleje en su diario vivir los valores institucionales.
9. Al mejor Artista Bachiller. Este premio especial se otorgará al estudiante cuyas cualidades artísticas lo hagan sobresalir y además refleje en su diario vivir los valores institucionales.
10. Mención de honor a los estudiantes que ante situaciones adversas como orfandad, desplazamiento, enfermedad severa, demuestren su deseo de superación personal y se destaquen académica y disciplinariamente. Situaciones que serán estudiadas por el Consejo Directivo.
11. Mención de honor al mejor estudiante por cada sede y sección.
12. Realizar la noche de los mejores ( estudiantes, padres de familia, docentes y directivos docentes)
13. Reconocimiento al grado con mayor cumplimiento integral a las normas Institucionales ( académico, disciplinario, social, ecológico-ambiental, cultural)
ARTÍCULO 55º. Estímulos para los padres de familia: Mención de honor por cada sede y sección a dos padres de familia que durante el año se hayan destacado por su sentido de pertenencia, acompañamiento y colaboración con la institución y sus hijos.
ARTÍCULO 56º. Estímulos para personalidades: Se otorga a las personalidades que gestionen y o realicen obra material, aporte o donación en beneficio significativo de la Institución.
ARTÍCULO 57º. Estímulos para los docentes
1. Al docente cuando cumpla 5, 10, 15, 20 y 25 años de servicio a la Institución.
2. A los docentes del área que haya obtenido mayor puntaje en las pruebas saber 11º, 9º. Y 5º. Y que supere la media departamental y nacional.
3. A los docentes que se hayan destacado por el mejor cumplimiento de sus funciones, responsabilidades y sentido de pertenencia.
4. A los docentes que en reconocidos concursos culturales, científicos o deportivos, obtengan primero o segundo puesto.
5. A los docentes que con su creatividad, realización de experiencia significativa u organización de eventos y proyectos resalten el nombre de la Institución.
6. A los docentes que con estudiantes participen en reconocidos concursos o campeonatos de tipo cultural, científico o deportivo y obtengan primero o segundo puesto.
Parágrafo 1. Todas las condecoraciones serán aprobadas y otorgadas por el Consejo Directivo y en el caso de los docentes o directivo y al padre de familia se
Harán la ceremonia de la noche de los mejores.
Parágrafo 2. Las condecoraciones o medallas definidas en este acuerdo serán entregadas en la ceremonia de la noche de los mejores.
Parágrafo 3. El reconocimiento a los docentes debe ser de manera equitativa teniendo en cuenta la equidad de género.
CAPITULO VIII
DE LOS PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 58º. Perfil del padre de familia
El padre de familia de la Institución, se destacara por:
1. Ser una persona responsable y comprometida con su familia, su comunidad y su institución.
2. Manifestar sentido de pertenencia hacia su institución
3. Participar activamente en las actividades escolares desarrolladas en la institución
4. Interesarse en la formación de sus hijos, suministrándole los materiales requeridos para el cumplimiento de su proceso complementario educativo.
5. Ser persona que proyecta con su ejemplo los valores éticos y morales, dando buen trato a sus hijos y demás miembros de la comunidad.
6. Conocer y vivenciar el manual de convivencia y el proyecto educativo institucional
7. Promotor de la sana convivencia y solución de conflictos
ARTICULO 59º.Derechos de los padres de familia
1. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.
2. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa.
3. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional.
4. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos.
5. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos.
6. Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo.
7. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos.
8. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos.
9. Solicitar constancias, certificados y documentos de sus hijos.
10. A diálogos directos con directivas y profesores.
11. Impulsar la creación de la escuela para padres y contribuir a su funcionamiento.
ARTICULO 60º. Deberes de los padres de familia
1. Matricular oportunamente a sus hijos en los horarios y fechas fijadas por la institución y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.
2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
3. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo.
4. Presentarse en la coordinación, al día siguiente a la entrega de informes, cuando por algún motivo no haya asistido a la reunión correspondiente.
5. Solicitar con antelación y por escrito permisos, cuando prevea ausencia de su hijo.
6. Informar a tiempo, las dificultades físicas, de salud y emocionales que impidan el normal desarrollo de su hijo.
7. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.
8. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.
9. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
10. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.
11. El padre de familia que al segundo llamado no se presente, se le impedirá el ingreso de su hijo a clases, hasta tanto cumpla con lo requerido.
12. Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.
13. Responder por la formación de sus hijos en concordancia con los lineamientos establecidos por la constitución política, art. 17 ley 115, código de la infancia y la adolescencia y por el presente manual de convivencia.
14. Cancelar los costos establecidos por las autoridades competentes.
15. Estar a paz y salvo con la institución
16. Abstenerse de realizar transacciones, negocios,préstamos u otro tipo de actividad comercial con miembros de la comunidad educativa que involucren el buen nombre de la institución.
17. Asistir a los talleres de escuela para padres o a cualquier capacitación que le proporcione la institución para su propio mejoramiento, el de su familia y el de la institución.
18. Respetar el horario de atención a padres, para evitar la interrupción de clases y actos comunitarios.
ARTICULO 61º. Faltas de los padres o acudientes
1. Agredir verbal o físicamente a docentes o miembros directivos dentro y fuera de la institución.
2. Faltar a la entrega de informes académicos y disciplinarios de sus hijos o acudidos.
3. Incumplir los compromisos adquiridos con la Institución, y su colaboración para pago de necesidades institucionales que benefician a su hijo y/o acudido.
4. No asistir oportunamente a las citaciones hechas por los docentes, coordinador y directivos del plantel.
5. Mancillar el buen nombre de la institución y de la comunidad.
6. Utilizar la violencia física o verbal para corregir a sus hijos.
7. El incumplimiento a las capacitaciones programadas por la institución.
ARTICULO 62º. De los correctivos a las faltas de los padres de familia o acudientes
1. Enviar mensajes reflexivos y pedagógicos a los padres ó acudientes que incumplan con sus deberes.
2. Realización de actividades de servicio comunitario dentro de la institución.
3. Notificación del incumplimiento a la autoridad competente.(comisaria, policía de infancia y adolescencia)
CAPITULO IX
DE LOS DOCENTES
ARTICULO 63º. Perfil del educador
El maestro de la institución, ha de ser:
1. Una persona comprometida con la educación integral de sus educandos, es decir; educar en libertad y para la libertad, en justicia y para la justicia, contribuyendo al desarrollo de su proyecto de vida.
2. Una persona de testimonio, coherente entre lo que dice y hace, que supera todo aquello que le impide ser auténtico.
3. Una persona en permanente actitud de cambio, intuitiva de las realidades de su entorno, pendiente de capacitación y actualización de su quehacer pedagógico
4. Una persona que conoce, asume y se identifica con el Proyecto Educativo Institucional.
5. Una persona con un alto sentido de pertenencia a la Institución y que asume la investigación como parte de su quehacer cotidiano.
6. Una persona con espíritu de comprensión y ayuda con sus compañeros, siendo justo en todas sus apreciaciones y conceptos que emita sobre ellos.
7. ARTÍCULO 64º. Derechos de los docentes
8. Todos aquellos consagrados como derechos fundamentales por la constitución política, el Decreto 2277 de 1979 y el Decreto 1278 de 2002.
9. A elegir y ser elegido al consejo Directivo, académico, comités de evaluación y promoción.
10. A recibir trato respetuoso por parte de los miembros de la comunidad educativa.
11. A expresar sus inquietudes, inconformidades y sugerencias ante las directivas, en forma respetuosa y cordial, siempre que éstas estén orientadas al crecimiento personal o comunitario.
12. A recibir cursos de actualización pedagógica, asistir a seminarios, talleres de capacitación y a conferencias orientadas a su enriquecimiento personal y pedagógico.
13. A conocer las evaluaciones que se realicen sobre su desempeño profesional, de acuerdo con los criterios fijados en el Proyecto Educativo institucional.
14. Solicitar y obtener permisos, de acuerdo con las disposiciones legales.
ARTICULO 65º. Deberes de los docentes
Son deberes de los docentes:
1. Cumplir las normas legales de carácter nacional, departamental y municipal.
2. Contribuir con en el desarrollo integral del estudiante.
3. Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo;
4. Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo.
5. Cumplir las órdenes inherentes a su cargo que les impartan sus superiores jerárquicos.
6. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.
7. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes de la institución.
8. Mantener una comunicación de diálogo y respeto con educandos, padres de familia, compañeros y administrativos.
9. Motivar, orientar y facilitar la construcción del conocimiento, utilizando los recursos disponibles.
10. Fomentar y participar en los proceso de investigación, motivando a la comunidad a asistir a eventos culturales, científicos, deportivos, cívicos y de conservación del medio ambiente.
11. Comprometer al padre de familia en la participación activa del proceso de aprendizaje y formación del educando.
12. Ser una persona cívica e inculcar valores históricos y culturales de la nación, despertando el amor y respeto a los símbolos patrios y de la institución.
13. Entregar oportunamente los informes de evaluación, programación o ajustes de las áreas o asignaturas a su cargo.
14. Tener en cuenta los lineamientos curriculares del M.E.N: y los estándares de calidad.
15. Llevar los libros reglamentarios de acuerdo al modelo pedagógico institucional y presentarlos puntualmente a coordinación.
16. Tener en cuenta el ritmo de aprendizaje de los estudiantes en la construcción de conocimientos y en la evaluación.
17. Desempeñar con eficiencia la función de asesoría de curso.
18. Acudir oportunamente al salón para iniciar el desarrollo de las clases y no terminarlas antes del tiempo establecido.
19. Informar a autoridad competente, situación de violencia o abuso sexual contra niños y adolescentes
ARTÍCULO 66º. Prohibiciones
A los docentes les está prohibido abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa.
CAPITULO X
UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
ARTICULO 67º.Aulas
Son los espacios de encuentro grupal, donde se imparten las experiencias y saberes pedagógicos en las diferentes áreas. Las aulas se encuentran dotadas de mobiliario y material de consulta, de los cuales el estudiante y el docente deberán hacer buen uso, evitando daños y deterioro intencional. Además de las siguientes recomendaciones:
Para estudiantes:
1. Mantener ordenado y en buen estado el mobiliario para garantizar un buen ambiente de aula.
2. Depositar los papeles y basura en las vasijas destinadas para ello.
3. No rayar paredes, muebles, puertas, ventanas y material didáctico del aula de clases.
4. Cuidar y respetar las paredes y decoraciones que hayan dentro y fuera del aula.
5. Evitar vocabulario inadecuado dentro y fuera del aula.
6. Evitar el uso de teléfonos celulares, IPod, y demás aparatos electrónicos que distorsionen el transcurrir normal de la clase.
7. Hacer uso correcto y adecuado de puertas y ventanas del aula.
8. Salir o entrar con autorización, siempre que ya hayan iniciado las labores
Para Docentes:
1. El docente es responsable durante su jornada de ayudar a mantener el orden y cuidado de los implementos que se encuentren en el aula.
2. El docente debe fomentar los valores dentro y fuera del aula.
3. Evitar vocabulario inadecuado dentro y fuera del aula.
4. Evitar el uso de teléfono celular para atender llamadas en el aula de clase.
5. El docente debe ser promotor para el cumplimiento del pacto de aula para mantener el orden y convivencia dentro del aula.
6. El docente debe permanecer en el aula hasta que quede ordenada, aseada y cerrada si corresponde a la ultima hora de clase
Aulas especializadas
Auditorio
Jardines
Grupo ambiental
ARTICULO 68º. Biblioteca
Es el espacio donde los estudiantes, docentes y comunidad asisten a consultar, investigar o a realizar trabajo pedagógico. Está integrada por varias secciones de consulta como: Bibliobanco, biblioteca, libros de lectura, mapoteca, enciclopedias, obras literarias, entre otros.
REGLAMENTO
PARA BIBLIOTECARIO
1. Llevará un registro de los libros que preste para ser usados fuera de la biblioteca, en el que conste la fecha, el nombre del libro que se presta, el autor si es del caso y la firma de quien requiere el préstamo.
2. Debe tener al día el inventario de los libros y material didáctico disponible.
3. Debe brindar una atención atenta, respetuosa y oportuna a los usuarios.
4. Debe mantener ordenado y disponible el material didáctico y audiovisual.
5. Debe mantener completamente aseado el recinto
PARA LOS DOCENTES:
1. Se prohíbe retirar el material bibliográfico o de consulta de la sala sin la debida autorización del bibliotecario.
2. Cuando se realicen clases, presentación de videos y proyección de películas el docente debe entregar los elementos audiovisuales en buen estado.
3. Solicitar previamente el préstamo de las salas disponibles (aula inteligente, sala audiovisuales y de lectura).
4. Saludar y agradecer formalmente las atenciones recibidas.
5. Velar por el orden, buen uso de las instalaciones y material didáctico de la biblioteca.
6. Entregar el sitio, aseado y ordenado.
7. No dejar los estudiantes solos , cuando haya solicitado el servicio,
PARA LOS ESTUDIANTES Y COMUNIDAD EN GENERAL:
1. Al ingresar a la biblioteca solamente se debe llevar un cuaderno u hojas sueltas y elementos de escritura o dibujo.
2. El estudiante debe portar el carné estudiantil, tarjeta de identidad y firmar planilla de registro de préstamo; documento que será requisito para el préstamo de libros o material de consulta.
3. Cada estudiante podrá solicitar máximo dos libros para consulta simultánea, una vez haya devuelto estos podrá pedir otros.
4. Se prohíbe retirar el material bibliográfico o de consulta de la sala sin la debida autorización del bibliotecario.
5. Los textos del bibliobanco no son de préstamo para los estudiantes.
6. Quien ocasione daño físico a los textos o demás enseres de la biblioteca deberá responder por ellos o reponerlo.
7. Quienes hagan uso de la biblioteca deberán hacerlo en silencio para no interrumpir la consulta de los demás.
8. Los textos y obras literarias serán prestados por un máximo de cinco días hábiles.
9. Se prohíbe el consumo de alimentos o bebidas dentro de la biblioteca.
10. Una vez terminada la consulta, el estudiante deberá dejar en orden el mobiliario utilizado y hacer entrega del material al bibliotecario o quien cumpla su función.
11. Durante horas de descanso no se permite ingresar a la biblioteca para evitar el consumo de alimentos en ella.
12. El horario de atención es de siete (7 am.) a una (1 pm.) y de tres (3 pm.) a cinco (5 pm.)
13. Los computadores de la biblioteca son para consulta no para chatear ni revisar correos personales o visitar redes sociales.
14. Evitar el vocabulario soez y fuerte dentro de las salas.
15. Durante la jornada escolar los estudiantes deben portar adecuadamente el uniforme al ingresar y mantener dentro de la biblioteca.
16. Saludar y agradecer formalmente las atenciones recibidas.
ARTICULO 69º. Espacios recreativos y complejo deportivo
Se componen de canchas de baloncesto, canchas múltiples, complejo deportivo demás espacios destinados a la práctica de la educación física y la recreación. Recomendaciones:
PARA DOCENTES:
1. Los docentes deben velar por el orden y la disciplina de los lugares comunes, zonas deportivas, plazoletas y pasillos.
2. En turnos de acompañamiento en la disciplina, se deben dejar limpios los pasillos y canecas de recolección de basuras al final de la jornada.
3. Los docentes de educación física deben velar por el correcto uso de los espacios deportivos en el desarrollo de sus clases y aplicar los correctivos a quienes las incumplan.
PARA ESTUDIANTES:
1. Los estudiantes deberán hacer buen uso de estos espacios y elementos que los componen, evitando el daño y deterioro mal intencionado.
2. En caso de daño intencional, el estudiante deberá reponer o reparar el daño causado.
3. Transitar por plazoletas y pasillos de manera moderada, sin correr ni jugar con balones o elementos que puedan ocasionar accidentes o daños.
4. Mantener limpios los espacios comunes de recreación y deporte.
5. No dañar, rayar o manipular las carteleras, murales y periódico mural dispuestos para informar o entretener.
ARTICULO 70º. Sala de sistemas
Con el propósito de que el estudiante se inicie en los campos más avanzados de la tecnología moderna y el entrenamiento en disciplinas, procesos y técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente útil, la Institución cuenta con aulas de informática y tecnología.
El aula está a cargo del jefe de departamento y docentes de la respectiva área o grado, quienes establecen el reglamento interno para garantizar el uso adecuado y preservación de los equipos. Se destacan entre otros los siguientes:
PARA DOCENTES:
1. Es responsabilidad del docente en turno mantener y vigilar la correcta aplicación de este reglamento, el cual estará publicado en el aula respectiva.
2. Asesorar a los estudiantes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo educativo y en la solución de dificultades que se presentan.
3. Reportar el estado de los recursos TIC a la coordinación de la Institución educativa.
4. Llevar el inventario (Docente de área en bachillerato) de los implementos respectivos del aula.
5. Revisar que los equipos queden correctamente apagados después de terminar la clase.
6. Antes de iniciar la sesión, dar las orientaciones e instrucciones requeridas para el uso de los equipos por parte del docente a cargo.
7. Mantener aseado el recinto e igualmente los equipos.
PARA ESTUDIANTES:
1. Portar debidamente el uniforme para ingresar a la sala.
2. No entrar mojados, sucios o sudados a la sala.
3. No comer dentro de la sala.
4. No entrar corriendo a la sala.
5. Hablar en voz baja.
6. No salirse del salón de clase sin autorización.
7. No cambiar el hardware del computador.
8. No bajar software de internet, ni grabarlos de ninguna unidad.
9. No entrar maletas a la sala.
10. No pararse del puesto.
11. Sentarse en el puesto asignado utilizando una buena postura.
12. No rallar ni las mesas, ni los PC.
13. Trabajar únicamente en el programa asignado por el docente.
14. No contaminar con el ruido, ni gritando, ni colocando volumen a los PC.
15. No fumar dentro del laboratorio.
16. Los laboratorios no son salas de estudios, ni puntos de reunión, por lo que debe haber un máximo de dos usuarios por equipo.
17. No ver fotos ni mantener imágenes sobre la pantalla que ofenda a otras personas
18. No ejecutar software que no apoye la formación académica, como juegos
19. Queda prohibido utilizar las computadoras para visualizar material pornográfico o de extrema violencia.
20. Queda prohibido el uso de programas CHAT, salvo que sean utilizados para integrar foros de discusión sobre temas que tengan referencia con cualquiera de las materias de las carreras de la Institución o temas seleccionados por profesores como material de estudio.
21. Los daños causados al equipo por manejo inadecuado, el estudiante debe responder económicamente por su reparación o cambio.
22. El incumplimiento de cualquiera de estas reglas conlleva a incluirse valoración en el área de tecnología e informática, además de la parte comportamental si amerita la falta.
ARTICULO 71º. Laboratorios
Son los espacios destinados a las prácticas y experimentos de algunas áreas o asignaturas como física, química, biología e inglés. Los docentes de estas áreas serán los encargados de coordinar y vigilar por que se le dé un adecuado uso al sitio y a los elementos que allí se encuentren.
Para el uso de los laboratorios se tendrán en cuenta las siguientes normas:
PARA EL DOCENTE
1. El docente programará con anterioridad la práctica a realizar.
2. Entregará al estudiante la guía de laboratorio con anterioridad a la entrada
3. Debe tener en cuenta las normas de seguridad preestablecidas.
4. Entregará al estudiante o a su grupo de trabajo los materiales correspondientes a la práctica e igualmente los recibirá.
5. Deberá dar a conocer al estudiante las condiciones de trabajo con anticipación a la práctica, para evitar que el estudiante manipule elementos o reactivos sin su debida supervisión.
PARA ESTUDIANTES
1. Los estudiantes deberán ingresar al laboratorio con una blusa especial.
2. A su ingreso, deberá portar la guía de trabajo e instrucciones dada por el docente
3. El estudiante que ocasione daños a los elementos o equipos del laboratorio deberá reponerlos o repararlos.
4. En caso de pérdida de materiales o elementos, si no apareciera responsable por la complicidad, el curso responderá solidariamente.
5. El laboratorio debe permanecer en perfecto orden y aseo.
6. En caso de carencia de reactivos o insumos, los estudiantes deberán
7. Aportarlos.
8. Recibir de parte del docente los materiales requeridos para la práctica e igualmente al finalizarla, hacer entrega de los mismos al docente.
ARTICULO 72º. Tienda escolar
Es el lugar destinado a la compraventa de comestibles para los periodos de descanso correspondientes al horario normal de clases, jornadas especiales o toda vez que se solicite por el Señor Rector. Funcionará sin interferir con la jornada académica. El administrador debe cumplir con el aseo de esta dependencia para contribuir con un ambiente saludable y propicio.
Recomendaciones:
PARA ESTUDIANTES
1. El estudiante deberá hacer sus compras solamente en los horarios permitidos.
2. Conservar el orden de las filas establecidas para la compra de sus productos, evitando las aglomeraciones.
3. Respetar a las personas que atienden este servicio.
4. Botar la basura en los recipientes destinados para tal fin
ADMINISTRADOR
Cada año la Institución Educativa seleccionará a través de convocatoria pública, el administrador de la tienda escolar, quien además de cumplir con los requisitos legales exigidos, será una persona de excelente conducta, que brinde buena atención, calidad en los productos y respeto a cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
1. El personal que atiende debe estar uniformado y tener suficiente personal para prestar el servicio.
2. Garantizar la venta de productos frescos de calidad nutritiva.
3. Exigir aseo impecable del personal al servicio, de los productos, de los muebles y dependencias de la tienda.
4. Adquirir y ubicar canecas suficientes en sitios estratégicos para la recolección de basura.
5. No permitir el acceso a personas particulares diferente a los empleados que presten el servicio
ARTICULO 73º. Transporte escolar
Este servicio se presta bajo responsabilidad de la administración municipal.
Los estudiantes que requieran de este servicio, deberán cumplir las siguientes normas:
1. Estar en la hora y sitio señalada según lo indicado por las monitoras, no se espera a nadie sin excepción por que se le olvido algo en casa o en el colegio.
2. Sentarse en el sitio que se le señale; no puede estarse cambiando de lugar.
3. No botar basura al piso del bus.
4. No sacar las manos por las ventanillas.
5. No utilizar vocabulario soez con sus compañeros, monitora y conductor.
6. No usar un tono de voz alto durante el recorrido.
7. Respetar a sus compañeros de recorrido.
8. No pararse en las sillas del bus.
9. No rallar, ni romper sillas y partes del bus. Cualquier daño que se le cause al vehículo, se cobrara al padre o acudiente del estudiante infractor; además se impondrá una sanción pedagógica al estudiante.
10. No botar basura por las ventanas.
11. Al terminar el recorrido debe respetar el orden para bajarse del bus.
12. No dejar útiles, ninguna clase de pertenencia dentro del bus, el transporte no se hace responsable por objetos olvidados dentro del mismo.
13. Informar con anticipación cuándo no vaya hacer uso del servicio de transporte.
14. No apropiarse de objetos, útiles que no sean de su propiedad.
15. Mantener siempre sentados durante el recorrido con el cinturón de seguridad bien abrochado.
16. No jugar dentro del bus, no se puede para el estudiante sin autorización de la asistente, tampoco puede ir de rodillas o subiendo los pies en el respaldo.
17. No se regresara ningún aparato y/o tipo de información que se detecte contenga pornografía que atente contra las sanas costumbresde los demás estudiantes.
18. Al finalizar la jornada escolar los estudiantes deben abordar el bus dentro de las instalaciones del colegio. No se recogen estudiantes en la calle, ni se permite que se bajen en sitios diferentes al paradero asignado.
19. Los estudiantes que utilicen el servicio y se queden en el colegio por decisión personal y que no tengan una justificación institucional, como actividades curriculares o extracurriculares, ser integrantes de un equipo deportivo o quedarse a trabajar con algún profesor, para su regreso a casa será responsabilidad de los padres o acudientes el transporte de los estudiantes.
20. Se permitirá oír música durante el recorrido, siempre encunado se trate de música grabada y se mantenga un volumen moderado que no afecte la concentración del conductor.
PARAGRAFO: Cualquier situación comportamental está sujeta a las normas de este manual de convivencia.
ARTICULO 74º.Granja escolar
Los estudiantes que realicen prácticas dentro de la granja escolar están sujetos a las siguientes normas de comportamiento
1. Todo estudiante que ingrese a la granja debe realizar únicamente las actividades programadas.
2. Solicitar permiso para cosechar los frutales a los profesores de la modalidad agropecuaria y en tal caso efectuarlo en forma adecuada.
3. Hacer buen uso de las instalaciones, equipos, herramientas e insumos que le sean suministrados para el desarrollo de los proyectos.
4. Responder por los daños causados o pérdida de herramientas o cualquier elemento suministrado para la práctica.
5. Diligenciar el formato de entrada de herramientas antes de iniciar la práctica y entregarla limpia y en buenas condiciones al final de la clase.
6. No ingresar a los predios de la granja en horas extra clase, sin la debida autorización de los profesores responsables de los proyectos.
7. Entregar la autorización al encargado de la granja al ingresar y dar aviso al momento de retirarse.
8. Portar el uniforme correspondiente para realizar las prácticas en la granja.
9. Respetar a profesores, compañeros y encargado de la granja.
10. Respetar el entorno de la granja.
11. En ningún momento el comportamiento de las personas debe afectar negativamente los proyectos agrícolas y pecuarios que se estén desarrollando.
12. La falta cometida se sancionará de acuerdo con el manual de convivencia de la institución.
El granjero escolar.
A. DEFINICION DEL CARGO
El granjero depende del rector, está encargado de responder por el mantenimiento en general de la granja.
B. FUNCIONES:
1. ° Participar en la planeación, programación, organización, ejecución y control de las actividades propias del cargo y el área de desempeño.
2. ° Responder por el mantenimiento general de la granja.
3. ° Vigilar y mantener en buen estado los semovientes de la granja.
4. ° Mantener limpios los diferentes espacios de la granja y demás lugares a su cuidado.
5. ° Mantenimiento y arreglo de cercas y linderos.
6. ° Realizar las actividades de reforestación y mantenimiento ecológico de la Institución.
7. ° Operar y responder por el buen uso de vehículos, equipos, herramientas e Implementos de trabajo que sean asignados.
8. ° Cumplir con el horario de la jornada escolar en su sitio de trabajo para el adecuado préstamo de las herramientas.
9. ° Informar al superior inmediato, en forma oportuna sobre las inconsistencias o anomalías relacionadas con las actividades desempeñadas.
10. ° Responder por las demás funciones que le asigne el Rector de acuerdo con el cargo.
C. RESPONSABILIDADES
Garantizar un ambiente pulcro y sano de la granja, de los cultivos y los semovientes
ARTÍCULO 75°. Restaurante escolar.
Este servicio se presta bajo responsabilidad de la administración municipal.
Los estudiantes que requieran de este servicio, deberán cumplir las siguientes normas:
1. Estar en la hora exacta de la servida de los alimentos.
2. Sentarse en el sitio que se le señale; no puede estarse cambiando de lugar.
3. No desperdiciar los alimentos, ni jugar con la comida.
4. No botar basura ni comida al piso.
5. No utilizar vocabulario soez con sus compañeros.
6. No irrespetar a las manipuladoras de alimentos.
7. No pararse en las sillas del restaurante escolar.
8. No rallar, ni romper sillas y mesas del restaurante escolar. Cualquier daño que se le cause a los muebles se cobrara al padre o acudiente del estudiante infractor; además se impondrá una sanción pedagógica al estudiante.
9. Al terminar de comer debe recoger los platos y llevarlos al sitio correspondiente.
10. No dejar útiles, ninguna clase de pertenencia en el restaurante escolar, las personas de restaurante no se hacen responsable por objetos olvidados dentro del mismo.
11. Informar con anticipación cuándo no vaya hacer uso del servicio de restaurante.
12. No apropiarse de objetos, útiles que no sean de su propiedad.
13. Mantener siempre una actitud de respeto y agradecimiento con las personas que prestan el servicio de restaurante.
14. No jugar dentro del restaurante.
15. Se permitirá oír música dentro del restaurante, siempre encunado se trate de música grabada y se mantenga un volumen moderado que no afecte la concentración de los demás compañeros.
EL CONSEJO DIRECTIVO
DAVID URREGO BUITRAGO FANNY AMEZQUITA
Rector Representante de los docentes
DIEGO FERNANDO PINEDA AURA STELLA ACOSTA BROCHERO
Representante de los docentes Representante Asopadres
ESMERALDA GOMEZ AREVALO ANA YAMILE LOPEZ
Representante Consejo de padres Representante Sector Productivo
ANDRES ROMERO RUEDA MICHELL PERFETTI MONSALVE
Representante Exalumnos Representante de los estudiantes