ACUERDO CONSEJO DIRECTIVO No. 5
15 DE MARZO DE 2016
“Por medio del cual se actualiza y mejora los Lineamientos Institucionales y el Proyecto Educativo Institucional como carta fundamental de la Institución Educativa Henry Daniels”
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Henry Daniels del Municipio de Castilla La Nueva (Meta), en uso de las atribuciones legales que le confiere la Ley 115 de 1994, la Ley 715 del 2001, los Decretos reglamentarios N° 1860 de 1994, N° 1850 y 3020 de 2002 y demás normar concordantes, y
CONSIDERANDO
1. Que es necesario conocer la reseña histórica, el horizonte institucional, el gobierno escolar, los planes de estudio, nuestra imagen corporativa que redunde en el sentido de pertenencia y el conocimiento de los procesos escolares.
2. Que es prioritario la aplicación de los mandatos establecidos por la Constitución Nacional, la Ley General de Educación, la Ley de la Infancia y la adolescencia y demás normas educativas recientes.
3. Que es necesario el conocimiento de los parámetros para su aplicación y que mejore la organización institucional.
4. Que el proyecto de acuerdo de los LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES presentado al Consejo Directivo por la comunidad educativa fue analizado y enriquecido por los diferentes estamentos y recoge estrategias y sugerencias dadas por el Consejo Académico.
5. Estos lineamientos fueron propuestos por equipos de trabajo de docentes y fue ampliamente construido por la comunidad educativa.
ACUERDA
ARTICULO 1º. Actualizar y mejorar los LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL de la Institución Educativa Henry Daniels.
LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES P.E.I. 2016
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
PRESENTACIÓN
Las nuevas condiciones legales y reglamentarias obligan a realizar una reorganización de la Institución Educativa con el propósito de contribuir a la generación de procesos de cambio que conduzcan a crear las condiciones ideales para que la comunidad educativa participe en la formación integral de los educandos.
Atendiendo los lineamientos de la Ley 115 y Decreto 1860 de 1994 y Decreto 180 de 1997 y la ley de infancia y adolescencia, surge la necesidad de hacer una revisión y adecuación del Proyecto Educativo Institucional, P.E.I. que se está ofreciendo a la Comunidad.
Esto lleva a la institución a revisar sus estructuras, procedimientos, instrucciones, normas y secuencias de operación en virtud de las políticas educativas generadas a partir de la promulgación de la Constitución Política de 1991, cuyos postulados constitucionales se desarrollan mediante la ley general de educación la cual plantea el reto de readecuar la institución escolar; la ley 715 de 2001 a su vez, define el concepto de Institución Educativa como “un conjunto de personas y bienes promovida por las autoridades públicas, cuya finalidad es la de prestar un año de educación preescolar y nueve grados de educación básica como mínimo y la media”. (Artículo 9) y el plan de reorganización del sector educativo que busca superar las restricciones de la oferta educativa, mediante la optimización en el uso de la infraestructura educativa y la redistribución de los recursos humanos y financieros para hacer de la institución escolar el centro de la actividad administrativa y organizacional.
El Proyecto Educativo Institucional P.E.I. que se tiene que ofrecer debe responder a la concepción de ver a la institución como eje del desarrollo educativo, que tiene en cuenta las necesidades, aspiraciones, expectativas, sueños de todos los miembros de la comunidad y propicia además, una reasignación del ser humano y la institución generando un cambio de relación entre todos los integrantes y actores educativos.
En este documento se presenta el Proyecto Educativo Institucional P.E.I. que interpreta la política educativa de mejorar la calidad de la educación a través de la
integración del servicio educativo constituyendo una nueva institución con recursos administrativos, técnicos y humanos adecuados e integrados, que desarrollen una gestión eficiente y que le proporcione identidad y sentido como imperativo para superar el fraccionamiento de los diferentes niveles y ciclos existentes, como un paso decisivo para lograr el desarrollo de una institución mucho más sólida e integral.
El Proyecto Educativo Institucional P.E.I. contiene los ajustes que se consideran como el inicio de un proceso de cambio y adecuación que va a permitir reorganizar la institución. Los ajustes y adecuaciones que se realizan atienden las recomendaciones y compromisos relacionados en la pauta de verificación aplicada por la supervisión de educación y que van a permitir acceder al reconocimiento de la institución educativa en los términos y fechas señaladas en el Plan Operativo y Cronograma de trabajo institucional.
CAPÍTULO I
BASES FUNDAMENTALES
ARTÍCULO 1º. NATURALEZA. La Institución Educativa Henry Daniels, asumiendo sus funciones en la formación de valores y como facilitador de la convivencia armónica en medio de las diferencias individuales mejora y actualiza a partir del año lectivo 2016 la presente guía LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES que unifica los criterios de todos los estamentos que integran la Institución, la que a su vez será socializada ante cada estamento y sometida a revisión para que sea mejorada mediante un proceso fundamentado en principios de autonomía, responsabilidad y democracia participativa.
Estos lineamientos contemplan las bases fundamentales que regulan las relaciones interpersonales, proyectando la libre expresión y fomentando la crítica constructiva para el desarrollo de la personalidad de cada uno de sus miembros.
Sí cada uno de los miembros de esta comunidad se apropia y cumple lo pactado, la interrelación será armónica, útil y permitirá el desarrollo equilibrado de todas las dimensiones de la persona; alcanzando la excelencia personal, académica e institucional.
Conviene destacar que los LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES nunca se consideran terminados, por ser parte de un proceso generador de alternativas para el bien común de la sociedad, que puede implicar modificaciones parciales o totales cuando la mayoría de los estamentos de la comunidad educativa las fundamenten con razones y mejores perspectivas.
ARTÍCULO 2º. CONTEXTO GEOGRAFICO
Castilla La Nueva es un municipio de llanura conformada por bosque y sabana, de topografía totalmente plana, ubicado en el extremo sur de la sección del Departamento del Meta llamada Sabanas de Apiay, haciendo límites con los Llanos de San Martín, su área de 507.28 km cuadrados se halla extendida después de la franja llamada piedemonte llanero; por consiguiente no es un municipio de piedemonte; el clima de la región es cálido-húmedo, sujeto directamente a la altura promedio que es de 340 metros sobre el nivel del mar; la parte urbana se halla a 350 msnm en una posición astronómica cuyas medidas son :latitud 03`49 Norte; longitud 73`40 Oeste; temperatura anual promedio 26º C.; la distancia a Villavicencio es de 58 km en carretera totalmente pavimentada. La población total según el último censo realizado en marzo de 2009 es de 9.258 habitantes; población metropolitana es de 3.341 habitantes.
Límites: Sus límites generales son:
· Norte: Acacías
· Oriente: San Carlos de Guaroa
· Sur: San Martín
· Occidente: Guamal
Hidrografía
Es bañada la extensión del territorio por 3 ríos, 33 caños y una laguna; tiene además esteros, morichales, nacederos, canales y humedales que aportan agua abundante a las actividades domésticas, agrícolas, piscícolas y pecuarias.
Los tres ríos son: el Orotoy, el Guamal y el Humadea.
A los tres ríos tributan sus aguas 28 caños cuyos nombres son:
Caño Palomarcado, Caño La Trinidad, Caño Cacayal, Caño Cachirre, Caño Albania, Caño Azul, Caño Blanco, Caño Grande, Caño Hondo, Caño Pérez, Caño Seco, Caño Caramba, Caño Carnicerías, Caño Chucua Negra, Caño Contento, Caño Explayado, Caño Gramalote, Caño Humachica, Caño La Sal, Caño La Zorra, Caño Ronquillo, Caño Piñalito, Caño Tres Ranchos, Caño Turuy, Caño Turuycito, Caño Venecia y 2 con el mismo nombre Caño Arenales.
Cinco caños rinden sus aguas al Río Metica, estos son:
Caño Surimena, Caño Jiramena, Caño El Hachón, Caño Guaroa y Caño La Raya.
La laguna está situada en la Vereda Cacayal, Hacienda La Campiña.
Economía
El sector se caracteriza por el desarrollo agropecuario, agroindustrial y petrolero.
En la parte agropecuaria se destacan la ganadería vacuna y porcina, la piscicultura, desarrollo de los cultivos de arroz, maíz, yuca, palma africana, plátano, frutales y cítricos.
Actualmente el Municipio de Castilla se destaca por ser de los que más extrae barriles de petróleo diarios.
El estrato socioeconómico más acentuado de las familias que hacen parte de los habitantes del municipio es el 2.
División Administrativa.
El Municipio de Castilla la Nueva está conformado en el casco urbano por los barrios: El Paraíso, Los Guaduales, La Carolina, Villa Milena, Nuevo Milenio, El Progreso, Caja Agraria, La Shell, Olga Lucia, Santa Teresa y Villa Checoop.
El municipio lo conforman 15 veredas: Violetas, San Agustín, San Antonio, San José del Turuy, San Lorenzo, Arenales, Hato Corozal, Hato El Toro, Banderas, Barro Blanco, Sabanas del Rosario, Caño Grande, Cacayal, Betania, El Centro.
En el municipio de Castilla La Nueva las veredas cuentan con una o varias escuelas agrupadas en el Centro Educativo Rural y están distribuidas de la siguiente manera:
Violetas, San José del Turuy, El Triunfo, El Progreso, El Toro, Sabanas Del Rosario, Caño Grande, Betania. (Son las que en la fecha se encuentran en funcionamiento).
Las escuelas que están cerradas por baja cobertura son:
Hato Corozal, Cacayal, San Antonio, San Agustín, Banderas, La Represa, Florencia.
Bibliografía: “Castilla La Nueva, Memoria Colectiva”, Autor Eliseo Martínez Robayo
ARTÍCULO 3º. RESEÑA HISTORICA DEL MUNICIPIO DE CASTILLA LA NUEVA.
La historia de Castilla La Nueva la conforman CINCO etapas desarrolladas en tiempo y espacio diferentes sobre esta área de la llanura orinoquense como sucesos independientes de los que tenemos noticias, vivencias y evidencias que al conjugarlas conforman nuestra historia conocida:
PRIMERA ETAPA – La historia del extremo occidental, de 1536 en adelante, se desarrolla paralelamente con la historia del Camino Colonial Barranca de Upía-Cumaral-San Juan de los Llanos y del Camino Colonial San Juan De los Llanos-Río Negro-Santa Fe de Bogotá, caminos trazados por los conquistadores Nicolás de Federmann, Jorge Spira (alemanes) y Juan de Avellaneda (español), quiénes así mismo fundaron, en aquellos tiempos, la aldea llamada Palo Marcado, lugar que sirvió de paradero, alimentación, reposo, reparación de fuerzas y curación para tropas, viajeros y animales durante los períodos de La Conquista, La Colonia y aún después durante parte de la vida Republicana.
Tuvo este poblado existencia activa importante durante unos 400 años, aproximadamente hasta 1960 cuando la migración de unas 28 familias que habitaban allí lo llevó casi a su desaparición
SEGUNDA ETAPA – La historia del extremo oriental, comienza hacia el año 1775, unida a la historia de la Hacienda San Lorenzo con sus tres hatos: Hato El Toro, Hato Corozal y Hato La Nutria y el paso del “Camino Colonial Ganadero” San Juan de Los Llanos-San Martín-Santa Ana del Merey-San Lorenzo (Paso Ancho)-Quebraditas-Apiay por donde se condujeron manadas de ganados procedentes de las sabanas de San Juan de los Llanos y de los llanos de San Martín y donde existía lugar para descanso , alimentación y curación de hombres y animales a orillas del Caño Humachica.
De esta zona, es el primer nombre conocido de habitante alguno de Castilla La Nueva, se trata del canoero Don Manuel Cárdenas a quien llamaban “el Pasero” porque su trabajo era pasar en su canoa el río Guamal a los viajeros que se aventuraban por ese camino; vivía con su familia en la única casa que había sobre la vía en la margen izquierda del río en el año 1900, según testimonio del Obispo Francisco José Bruls en su obra Memorias de la Misión Monfortiana en los Llanos Orientales.
TERCERA ETAPA– La historia de los caucheros o siringueros, de la Amazon Colombian Rubber and Trading Company también forma parte de nuestra historia desde 1907 hasta algunos años después de terminada la Primera Guerra Mundial; desarrolló sus actividades principalmente entre los ríos Guamal y Humadea; de aquí salió caucho con destino a los Estados Unidos, Inglaterra y países aliados cuando mas lo necesitaban en los aparatos terrestres y aéreos que estaban en el frente de batalla contra Alemania; luego La Ruber concentró sus operaciones en el Vaupés y en el Caquetá hasta 1953 aproximadamente.
La historia de los caucheros vive en nuestras tierras una etapa corta, con impacto menos trascendente aquí que en el resto del país, pero igualmente importante porque tiene que ver con la participación activa de Colombia en las dos guerras mundiales al lado de los Aliados vendiéndoles el látex que con urgencia solicitaban.
CUARTA ETAPA– La historia de la parte central, principia en 1927 con el oleaje colonizador iniciado por el alemán Arthur Hempehl, quien se fundó en el área occidental pero originó la colonización del área central; sigue con la llegada de la Compañía Real Holandesa Shell en 1945, la cual instaló su enclave en el lugar llamado Rincón del Guamal; vino luego el agrupamiento de algunos colonos cerca de los campamentos obreros, hecho que constituye la génesis de la parte urbana, primero en la margen derecha de los caños La Trinidad y Palo Marcado, después por extensión en la margen izquierda, seguidamente llega la organización político-administrativa sucesiva de la Inspección Rural Intendencial en 1949, del Corregimiento Intendencial en 1956 y del Municipio en 1961, transformaciones dentro de las cuales la Iglesia Católica tiene participación activa importante personificada en el sacerdote holandés Henry Daniels de la comunidad monfortiana.
QUINTA ETAPA – La historia del nuevo oleaje colonizador, se desarrolla entre los años 1960 y 1980 en la parte baja del área comprendida entre los ríos Guamal y Humadea, esta vez dirigido por una entidad estatal, el Incora, en latifundios que pertenecían a ricas familias radicadas en la capital de la República que nada aportaban al desarrollo regional; fue también una etapa corta pero sus alcances aún perduran; este pequeño período se fundó Pueblo Nuevo sobre la Vereda Arenales y se incorporaron estas tierras fértiles a la economía castillanera.
GENERALIDADES: Dentro del territorio que ocupa el Municipio de Castilla La Nueva, no existió asentamiento indígena alguno ni antes del Descubrimiento, ni durante La Conquista, ni durante La Colonia, menos durante La República; por consiguiente no hubo lugar a reducciones misionales, las misiones mas cercanas fueron Franciscanas establecidas en 1662 en Jiramena y en San Antonio de Iracá, ambas en sabanas sanmartineras al sur del Camoa.
Castilla La Nueva es un municipio de llanura, ubicado en el extremo sur de la sección llamada Sabanas de Apiay, donde hace límites con los Llanos de San Martín.
Primer Nombre Conocido de Habitante alguno en Castilla La Nueva
En su obra Castilla La Nueva, Memoria Colectiva, su autor Eliseo Martínez Robayo dice:
“Mucha gente se aventuraba a hacer la travesía Villavicencio-San Martín por el Camino de los Llanos o sea por el “camino de abajo” o Camino Ganadero, ruta por donde abundaban el tigre “pinta menudita”, el güio negro y las serpientes, entre otras amenazas letales, pero que resultaba mas corta que la de arriba, sin embargo el paso del río Guamal era en extremo peligroso debido a su anchura y profundidad”.
“En la Hacienda San Lorenzo, a la orilla izquierda del río, en el sitio llamado “Paso Ancho” había a comienzos del siglo XX sólo una casa, que además era la única sobre el sendero, en donde vivía con su familia Don Manuel Cárdenas, un canoero a quien llamaban “el pasero” porque pasaba en su canoa a estos viajeros a la otra orilla con sus pertenencias; es probable que estuviera allí desde algunos años antes de 1900”.
“Este nombre, es hasta ahora, el mas antiguo conocido de habitante alguno en Castilla La Nueva gracias al testimonio de Monseñor Francisco José Bruls en su obra Memorias de la Misión Monfortiana en Los Llanos Orientales”.
Continúa la Historia de Castilla La Nueva
Entre 1927 y 1944, se establecieron a orillas de los caños La Trinidad y Palomarcado los colonizadores Francisco Sánchez Soto, Aparicio Sánchez Parga, Vicente Moreno Díaz, Timoleón Traslaviña y Lucio Ruiz; en el resto del territorio castillanero muchos otros entre ellos Florentino Peña Mateus, Leví Eliseo Martínez Ruiz y Vicente Andrade Olaya; el primero de los fundadores en construir casa en el poblado fue Aparicio Sánchez Parga, seguido de Alejandro Sereno, Valentín Estrada, Timoleón Traslaviña, Vicente Andrade Olaya y otros más de 1945 a 1949.
En 1949, la Intendencia Nacional del Meta construyó la “Escuela Rural Mixta de la Shell”, la cual comenzó a funcionar en 1950 bajo la dirección de la profesora Ana Beatriz Romero Morales; en 1952 comenzó a funcionar la Escuela Rural Mixta de Caño Grande y en 1953 la Escuela Rural Mixta de Sabanas del Rosario.
Entre 1951 y 1980 la historia de la educación recuerda con especial cariño algunos educadores, del nivel de enseñanza primaria, por sus especiales dotes de formadores de ciudadanos íntegros entre quienes jamás serán olvidados Rosenda de Perilla, su hijo Rubén Perilla, Carlos Ardila Rojas, Efraín Velásquez, Lourdes Castillo, Hernán Velásquez, Efraín Herrera Rojas; dentro de esta constelación de excelentes educadores brillan con especial resplandor la profesora Carmen Herrera de Amézquita, el profesor Miguel Ángel Pardo Moreno, el profesor Ángel María García Vaca, el profesor Alberto Mosquera Hernández y las profesoras Celina, Berta, Teresa, Ana Lucía y Rita Martínez Robayo, cinco hermanas que entregaron su vida a materializar castillaneros útiles a la sociedad.
Cuando se instalaron en 1945 los campamentos de la Compañía Real Holandesa Shell, algunos colonos se agruparon en un primer caserío, el cual dio origen en la parte central al poblado actual.
Esta aldea recibió categoría administrativa y nombre oficial en 1949 así: Inspección Rural Intendencial Campamento de La Shell, en 1951,recibió el nombre de Inspección Rural Intendencial de Orotoy, en 1953 Inspección Rural Intendencial de Castilla La Nueva, en 1956 Corregimiento Intendencial de Castilla La Nueva y el 7 de agosto de 1961 Municipio de Castilla La Nueva.
El primer Consejo Municipal fue elegido por el voto popular en 1966, en donde se destacan Leví Eliseo Martínez Ruiz líder desde los días de la colonización, de la fundación, de la Inspección, del Corregimiento e iniciación del Municipio; José Rafael Mancilla García y Lucio Baquero Castro líderes desde los días de la Inspección, del Corregimiento e iniciación del Municipio; estos tres de los primeros concejales venían plasmando la construcción de sus ideas en beneficio de todos los moradores del lugar desde hacía ya muchos años en diversos frentes.
El 24 de noviembre de 1976 la Asamblea Departamental según proyecto presentado por el diputado Narciso Matus Torres (quien era también concejal del municipio) aprobó la Ordenanza 015 por medio de la cual autorizaba al Gobernador para crear un colegio de bachillerato en Castilla La Nueva, cumplimiento que dio el gobernador Eduardo Revelo Paredes el 28 de septiembre de 1977 por medio del cual crea a partir del primero de enero de 1978 “el Colegio Departamental de Enseñanza Básica Secundaria.
En los tres primeros meses de 1977 Saúl Patiño Carreño y Luis Alfonso Ruiz Leal (Personero y Tesorero) organizaron y realizaron cuatro veces “la marcha del bloque”, evento con el que recogieron suficientes elementos de construcción con los que se dio arquitectura al Colegio Departamental de Bachillerato.
El 7 de agosto de 1977 el presbítero Gilberto Arturo Linares Rozo en compañía del Secretario Departamental de Gobierno Enrique Bonilla Reyes colocaron la “primera piedra” que dio inicio a la construcción de la obra.
En octubre de 1977 el gobernador Hugo Villegas Gómez inaugura la obra con la presencia multitudinaria de la comunidad castillanera y de autoridades civiles, eclesiásticas, militares, de policía y alumnos de la Concentración Escolar Pablo Matute, institución que en aquel tiempo había entregado ya 20 promociones de estudiantes en el grado Quinto de Enseñanza Primaria.
Bibliografía:
- Historia de las Misiones de Casanare y de los Ríos Orinoco y Meta, ( 6 libros) Autor Fray Juan de Rivero
- Historia de Santa Marta y Nuevo Reino de Granada, Libro Noveno San Juan de los Llanos, Autor Fray Pedro de Aguado
- La Frontera de los Llanos en la Historia de Colombia (1830-1930), Autora Jane Raush
- Memorias de la Misión Monfortiana en los Llanos Orientales, Autor Obispo Francisco José Bruls
- Castilla La Nueva, Memoria Colectiva, Autor Eliseo Martínez Robayo
ARTÍCULO 4º. RESEÑA HISTORICA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA HENRY DANIELS.
En el año 1.950 cuando se construyó el poblado llamado la shell, hoy Castilla La Nueva se hicieron dos (2) aulas de clase para el funcionamiento de los cursos primero y segundo, en el año 1.954 se dio apertura al grado tercero y se le colocó el nombre de Escuela Sor Josefa Del Castillo, en 1.955 se da inicio al grado cuarto y en el año 1.959 se autoriza la matrícula para el grado quinto y la escuela recibe el nombre de Concentración Escolar Simón Bolívar.
El 25 de julio de 1.969 la nueva razón social de la institución fue CONCENTRACIÓN ESCOLAR TENIENTE PABLO MATUTE, debido a la celebración de los 150 años de la batalla del pantano de Vargas; el departamento, en homenaje a los héroes de esta batalla: el coronel Juan José Rondón y sus catorce (14) lanceros, entre ellos el teniente Pablo Matute.
Diez y nueve (19) años más tarde se sintió la necesidad de contar con un establecimiento educativo que sirviera a la juventud castellana para adelantar sus estudios de bachillerato.
Es así como la asamblea departamental mediante la ordenanza 015 del 24 de noviembre de 1.976 concedió la facultad al gobernador para su creación.
El 7 de agosto de 1.977 colocó la primera piedra, el párroco Gilberto Arturo Linares y el doctor Enrique Bonilla Reyes secretario de gobierno departamental, dando origen a la construcción de dos (2) aulas de clase, oficina para rectoría, secretaría y una batería sanitaria; que el 3 de diciembre de 1.977 inauguró el gobernador Hugo Villegas Gómez y el alcalde del municipio Luis Enrique Murcia Ruiz.
Mediante decreto 446 de septiembre 28 de 1.977 el entonces gobernador del Meta Dr. Eduardo Revelo Paredes, ratifica la decisión de la asamblea y le otorga licencia de funcionamiento
El colegio fue organizado por el profesor, Tomas Romero Contreras, en su condición de rector, el día 7 de febrero de 1.978; a las 7:00 a.m. se inicia el primer año lectivo con un total de treinta y tres (33) estudiantes para sexto grado en la modalidad académica
Mediante resolución número 1539 del 22 de febrero de 1.982 el M.E.N. aprueba los estudios de los grados sexto a noveno de educación básica secundaria y mediante resolución 2087 del 24 de noviembre de 1.983 aprueba los grados décimo y undécimo de educación media vocacional modalidad académica; es así como en este año el colegio bajo la dirección del Licenciado: Humberto Sastoque Ruiz, entrega la primera promoción de bachilleres.
El doctor Edgardo Chávez gerente de la compañía petrolera CHEVRON en asocio con el Ingeniero Hermes Castellanos Lozano, superintendente del campo Castilla tuvieron la idea de convertir la institución en un colegio agropecuario, para ello contrataron los servicios del doctor Héctor Horacio Murcia, ingeniero agrónomo especializado en economía agraria del ICA, quien realizo varios talleres con la comunidad y se plasmó la idea.
Para lo cual se compró al señor Víctor Moreno una finca de 27 hectáreas, ubicada cerca de la institución donde se construyó una vivienda, un taller de ebanistería y metalistería. Unos galpones para aves, un establo, para bovinos y caprinos, cocheras y galpones para conejos y gallinas ponedoras.
Mediante resolución 2354 del 22 de noviembre de 1.990 la secretaria de educación del Meta aprueba la modalidad agrícola de sexto a noveno y la resolución 1362 del 18 de noviembre de 1.992 aprueba la modalidad agrícola para la secundaria y la media vocacional.
Resolución 1161 de agosto 26 de 1.992 Resolución 1362 de noviembre 18 de 1.992 por las cuales se otorga licencia de funcionamiento para la media agropecuaria y luego se otorga aprobación de estudios hasta el grado once.
Bajo la administración del Alcalde Alirio Vargas (1995-1998) se dio al servicio el internado con un número de 72 internos 34 niñas y 38 niños siendo directores de internos los licenciados Juan de Jesús Peralda y Blanca Nivia Espinosa.
En 1.996 se implementó la sala de sistemas y de bilingüismo y se puso en marcha un programa para la expedición de títulos de bachilleres agropecuarios con énfasis en sistemas, también se realizó un convenio con el SENA, y mediante certificación se expidieron títulos de bachiller agropecuarios con énfasis en lácteos y pastas cárnicas, lo anterior con la aprobación de la secretaria de educación.
A finales de 1.999 el gobierno nacional puso en marcha un programa de racionalización y como consecuencia de ello y en atención a la Ley General de Educación, se fusionó la CONCENTRACIÓN ESCOLAR TENIENTE PABLO MATUTE con el COLEGIO NACIONALIZADO DE BACHILLERATO, bajo la razón social UNIDAD EDUCATIVA DE CASTILLA LA NUEVA, mediante decreto 0395 del 15 de marzo de 2000 ofrece educación preescolar, educación básica y media técnica.
Mediante decreto 592 del 2.000 es nombrado como rector el Licenciado Orlando Quevedo Rojas.
Resolución 423 del 15 de marzo de 2.004 por la cual se aprueba la modalidad de sistemas en la media técnica.
En el año (2006-2008) con la primera administración del ingeniero Edgar Fernando Amézquita se inició la construcción de la moderna planta física megacolegio para el bachillerato, construido en 3 etapas.
En Enero del año 2009, es nombrado como rector el Licenciado Humberto Betancour.
En Octubre del año 2010, es nombrado como rector el Licenciado Ángel de Jesús Suárez.
En el año 2013. Teniendo en cuenta que la Institución educativa no tiene identidad propia por tener el mismo nombre del municipio. El consejo Directivo de la Institución acuerda buscar un nombre para la institución y que sea de los primeros fundadores.
Se le encomienda al departamento de Ciencias Sociales, realizar las investigaciones. Seleccionan 10 personajes de los primeros fundadores, organizan las biografías y seleccionan 4 por mérito y liderazgo: Henry Daniels, Víctor Moreno, Lucio Baquero y Florentino Peña.
Las biografías de los líderes seleccionados son socializados a todos los estamentos de la comunidad educativa.
Se convoca a consulta mediante voto democrático, a los estudiantes, docentes, padres de familia y comunidad que quisiera vincularse a la consulta.
El ganador por consulta popular fue el sacerdote monfortiano de origen holandés HENRY DANIELS. Los documentos son remitidos a la secretaria de educación departamental y al Ministerio de Educación Nacional. Es así que mediante resolución No. 2309 del 30 de mayo de 2014 la secretaria de Educación, cambió la razón social de la Institución Educativa Castilla La Nueva por INSTITUCIÓN EDUCATIVA HENRY DANIELS.
El Lema de nuestro Proyecto Educativo Institucional: “CULTIVANDO CALIDAD HUMANA” unido al conjunto de estrategias diseñadas para el cumplimiento de los objetivos propuestos, son los que permiten asegurar que tenemos una Institución de alta Calidad Humana, donde se educa para la vida, donde se forman ciudadanos constructores de paz y de buen desempeño en el sector productivo, realidades que aprovechamos para la construcción de una Colombia diferente, donde se impone el ser antes que el haber o el tener.
En el año 2015 se finaliza la construcción del complejo deportivo, canchas de los principales deportes con todas las especificaciones técnicas y con graderías.
El 24 de Agosto de 2015 se inicia la jornada única según la Resolución 4566 de la Secretaria de Educación Departamental, en su artículo tercero señala “Adoptar la implementación de la jornada única en los niveles básica ciclo de secundaria y media en la INSTITUCION EDUCATIVA HENRY DANIELS, sede principal, del municipio de Castilla La Nueva, de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional.
Son 40 horas de clase semanales. Se inicia con 42 docentes. 23 grupos de estudiantes y 833 estudiantes según el SIMAT.
Convenios:
Decreto Nº 001 del 10 de febrero de 2004 suscrito con el municipio y la institución educativa, para la financiación de costos educativos a la población estudiantil de Castilla la Nueva.
Decreto Nº 002 de 13 de febrero de 2004 formación agropecuaria a los estudiantes de la Institución Educativa Castilla la Nueva.
Acuerdos Institucionales:
Acuerdo No. 13 del 24 de Noviembre de 2010 por medio del cual se incorpora al P.E.I. la modalidad técnica en PRODUCCION AGROPECUARIA Y TECNICO EN ASISTENCIA ADMINISTRATIVA en articulación con el SENA en La Institución Educativa Castilla la Nueva.
Acuerdo No.12 del 24 de Noviembre de 2010 por medio del cual se avala el proyecto CREACION E IMPLEMENTACION DEL CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA CASTILLA LA NUEVA.
Normas Legales
· Acta de inspección sanitaria para vigilancia y control en salud publica Nº 0160 del 17 de septiembre de 2008, sede estudiantil.
· Acta de inspección sanitaria para vigilancia y control en salud publica Nº 10 del 18 de noviembre de 2008 de la sede principal de bachillerato.
· Acta de inspección sanitaria para vigilancia y control en salud publica Nº 0174 del 15 de septiembre de 2008 sección preescolar.
· Acta de inspección sanitaria para vigilancia y control en salud publica Nº 0172 de 14 de agosto de 2008 sección primaria.
· Acta de inspección sanitaria para vigilancia y control en salud publica N° 0102 de 30 de Septiembre del 2010 a las 8:00am Seccion Bachillerato.
· Acta de inspección sanitaria para vigilancia y control en salud publica N° -------- de 14 de Abril del 2011 Sección Primaria.
Donación de predio.
· Escritura pública Nº 348 de febrero 14 de 1996
· Escritura pública Nº 2833 del 11 de octubre de 2006 por medio de la cual se transfiere el derecho de dominio, propiedad y posesión del predio a favor de la Unidad Educativa Castilla La Nueva.
En la actualidad
LA INSTITUCIÓN, Se localiza en el Municipio de Castilla la Nueva, Departamento del Meta, el clima de la región es cálido-húmedo y está sujeto directamente a la altura que es de 450 metros S.N.M.
Está distribuida en tres (3) secciones:
Preescolar: ubicada en el centro, entre los barrios Villa Milena Y Carolina
Primaria: ubicada también en el barrio el centro contiguo al parque central y junto al Centro de Salud.
Bachillerato diurna y nocturna que están ubicadas por la vía principal de Castilla con una nueva sede la cual se le realizó la inauguración en el año 2008.
En el año 2009 se realizó la segunda etapa donde se construyeron aula múltiple, dos bloques de aulas y cubierta de las canchas, actualmente se está construyendo la tercera etapa que comprende el encerramiento de la institución, construcción de complejos deportivos y gradería del polideportivo entre otros. Es una sede moderna con aulas auto refrigeradas, laboratorios, salas de sistemas, aula inteligente, biblioteca, escenarios deportivos y amplias zonas verdes, adaptas para las necesidades de los estudiantes castellanos.
Ofrece educación a estudiantes de todas las veredas del municipio y de otros municipios aledaños, gracias a que se cuentan con rutas escolares que prestan el servicio de transporte.
Además se ofrece el servicio de internado, donde se albergan los estudiantes de las zonas rurales más alejadas del municipio.
El estrato socio- económico más acentuado de las familias que hacen parte de la institución oscila entre los niveles 1 y 2.
El sector se caracteriza por el desarrollo agropecuario y petrolero. En la parte agropecuaria se destaca la ganadería vacuna y porcina, la piscicultura, la avicultura, cultivos de arroz, maíz, palma africana, plátano, frutales y cítricos.
La parte petrolera influye en la institución puesto que genera las regalías que aporta al municipio y por intermedio de la alcaldía los estudiantes reciben paquete escolar, refrigerios, almuerzos, sostenimiento de la casa estudiantil, servicio de transporte, material didáctico, mejoramiento de planta física y dotación, entre otros beneficios.
Además la alcaldía pone al servicio de la comunidad y especialmente de los estudiantes:
· Escuelas de formación de disciplinas deportivas como fútbol, microfútbol, baloncesto, voleibol, coleo, gimnasia, patinaje y otros.
· Casa de la cultura, donde se resalta el aprendizaje del folclor llanero y nacional.
· Convenio con el SENA, para adelantar capacitación en tecnologías.
La mayoría de padres de familia son despreocupados por el desempeño académico y disciplinario de sus hijos; es muy difícil su participación en las reuniones o citaciones que realiza la institución, aducen por lo general como excusa sus ocupaciones laborales, enfermedad, viajes y todo tipo de excusas, lo que impide despertar y arraigar en ellos el sentido de identidad y pertenencia, ya que difícilmente se puede amar a quien no se conoce.
Existe marcada desintegración y violencia intrafamiliar, los hijos registran serios problemas socio-afectivos, lo cual conlleva a múltiples dificultades de aprendizaje. Existe marcada tendencia a fallar, a llegar tarde, a pedir constantemente permiso por enfermedad, por olvido de sus trabajos, cuadernos, útiles escolares, para diligencias en casa de la cultura, Instituto de deportes, citas médicas, odontológicas etc. Es evidente la irresponsabilidad, la falta de interés y la falta de organización y planeación por parte de un número significativo de estudiantes.
La mayor preocupación por el estudio y formación de los hijos, reside en la madre, algunos padres, en muy bajo porcentaje se ocupan de estos menesteres.
En un buen porcentaje empleados, obreros, encargados de fincas o haciendas, realizan su labor por temporadas lo que constituye un significativo número de población flotante, de ello se desprende que los estudiantes cambian frecuentemente de Institución, hecho este que los lleva a permanentes procesos de adaptación a las nuevas instituciones y comunidades.
Los aspectos aquí señalados nos muestra un panorama de la realidad que vive la comunidad Educativa Castellana; nos señala algunas de las dificultades y nos invita al diseño de un conjunto de estrategias y actividades que se deben realizar en procura de lograr convencer a estudiantes y padres de familia de la importancia de consolidar una buena educación, donde el centro del proceso lo constituya el estudiante; y los padres de familia, el maestro y la comunidad en general, aportemos un buen ejemplo, en procura de que el entorno se constituya en la mejor ayuda didáctica para la adquisición de las herramientas indispensables para el desempeño exitoso, cual quiera sea la comunidad en la que nos corresponda actuar.
ARTÍCULO 5º. BIOGRAFIA DEL PADRE HENRY DANIELS
Vio la luz del mundo el 29 de diciembre de 1891 en la población de Bladel, Diócesis de Bois Le Duc ubicada en el estado de North Bravant, Reino de Holanda.
Hijo de Petrus Daniels y Catharina Antonisse Daniels; realizó estudios primarios en su ciudad natal y secundarios en las poblaciones de Eindhoven y Schimsert, escolásticos en Oirschot, fue consagrado sacerdote el 14 de Junio de 1919 en la Diócesis de Bois Le Duc, la misma donde había nacido, realizó estudios de elocuencia sagrada en Meerssen.
En 1920 fue designado profesor de estudios secundarios en Schimsert, en donde había sido estudiante unos años atrás, donde ejerció hasta 1924.
La Compañía de María, Misioneros Monfortianos, en la que había sido consagrado sacerdote, le envío en 1924 a la parroquia de Belén en Bogotá y luego en 1926 como profesor a la Escuela Apostólica o seminario Menor del municipio de San Juanito en el Meta, donde colaboró en la formación integral de los primeros once sacerdotes ungidos en la navidad de 1928.
De 1931 a 1938 ejerció como párroco de Medina Cundinamarca donde demostró su fortaleza y liderazgo en la formación y extensión del cristianismo.
En 1938 fue párroco de Villavicencio, en 1939 Visitador de las misiones monfortianas en el Vaupés y en 1942 párroco de Acacías, Meta, en donde con gran esfuerzo logró terminar la construcción del primer templo parroquial que había iniciado su predecesor el padre Enrique Preenen; en 1954 ejerció como Vicario de la Catedral, en 1955 pasó a ser párroco y Superior en San Martín en donde al parecer no había nada extraordinario para realizar.
Y llegaron el momento y el lugar para los que estaba hecho, fue así como a finales de 1955 recibió su designación como primer párroco de Castilla la Nueva, donde ejerció desde marzo del año siguiente hasta enero de 1962; combatió con especial celo pastoral la fornicación, la prostitución, el concubinato, el amancebamiento, el adulterio y con igual celo defendió la institución del matrimonio y la unidad familiar como célula central de la sociedad y de la patria.
Su gran capacidad de trabajo lo llevó a constituirse en el constructor del Templo Parroquial, de la Casa Cural y del Cementerio así como en el principal impulsor de la educación y del progreso urbano, al mismo tiempo que acompañaba a las comisiones que viajaban a la capital de la Intendencia a pedir la construcción de escuelas y el nombramiento de maestros en diferentes veredas del Corregimiento.
En 1958, con gran visión futurista, apoyó la realización de un censo poblacional que arrojó un total de 9.710 habitantes para Castilla la Nueva y sirvió de base para la creación del Municipio en 1961.
Sus enfermedades lo llevaron a buscar un clima favorable en la Mesa, Cundinamarca, donde acudió finalmente al llamado de la voz del buen pastor en 1968.
Cumplió ante Dios y ante los Hombres.
ARTÍCULO 6º. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL. MARCO LEGAL.
El Proyecto Educativo de la Institución Educativa tiene en cuenta como fundamentos legales:
Constitución Política de Colombia: Es el máximo referente doctrinario y legal de nuestro Proyecto Educativo; por tanto éste, se inscribe dentro de la civilización del Proyecto implícito en ella y que puede sintetizarse en su artículo 67; “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al Colombiano en el respeto a los derechos a la paz y a la democracia y en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente”. (Constitución Política de Colombia).
Ley General de Educación: De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, fue expedida la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994 la cual, en su artículo 73 establece: “cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un proyecto educativo institucional”.
Aunque La Institución Educativa Henry Daniels, dado su carácter de Proyecto Educativo Universal, ha seguido siempre claros y definidos derroteros derivados de su filosofía, ajusta su gestión con las nuevas disposiciones emanadas de esta ley dentro de la cual encontramos elementos de gran relevancia para tener en cuenta en el desarrollo de nuestra propuesta.
Participación: Expresada en el artículo 77 de la ley que otorga la oportunidad de organizar las áreas fundamentales del conocimiento y los métodos particulares de enseñanza de acuerdo a la necesidad de cada comunidad educativa.
Fines de la Educación Colombiana: De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrolla atendiendo los siguientes fines:
· El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones de las que impone los derechos de los demás y el orden jurídico dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
· La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como el ejercicio de la tolerancia y la libertad.
· La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afecta en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación.
· La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura.
· La adquisición y generación de los conocimientos científicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.
· El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la étnica cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.
· El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.
· La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo en especial con Latinoamérica y el Caribe.
· El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientando con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de vida de la población a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
· La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la nación.
· La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.
· La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención de problemas socialmente relevantes, la Educación Física, la recreación, el deporte, y la utilización del tiempo libre.
· La promoción de la persona y la sociedad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiera en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando vincularse al sector privado.
Objetivos de la ley general de Educación.
Objetivos generales de la educación media.
Artículo 20 de la ley general de educación 115.
· Proporcionar una formación general mediante el acceso de manera crítica y creativa, al conocimiento científico, tecnológico, artístico y humanístico y de sus relaciones con la vida social y con la naturaleza, de manera tal que prepare al educando para los niveles sociedad y el trabajo
· Desarrollar las habilidades comunicativas para leer, comprender escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente
· Ampliar y profundizar en el razonamiento lógico y analítico para la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, la tecnología y la vida cotidiana.
· Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar los valores propios de la nacionalidad colombiana tales como la solidaridad, la tolerancia, la democracia, la justicia, convivencia social, la cooperación y la ayuda mutua.
· Fomentar el interés y desarrollo de actividades hacia investigativo; y
· Propiciar la formación social ética, moral y de más valores del desarrollo humano.
Objetivos específicos de la educación media académica.
Son objetivos específicos de la educación media académica:
· La profundización en un campo de conocimiento o una actividad específica de acuerdo con los intereses y capacidades del educando;
· La profundización en conocimientos avanzados de las ciencias naturales;
· La incorporación de la investigación al proceso cognoscitivo, tanto de laboratorio como de la realidad nacional, en su aspecto natural, económico y político y social;
· El desarrollo de la capacidad para profundizar en un campo del conocimiento, de acuerdo con las potencialidades e interese;
· La vinculación a programas de desarrollo y organización social y comunitaria, orientados a dar solución a los problemas sociales de su entorno;
· El fomento de conciencia y la participación responsables del educando en acciones cívicas y del servicio social;
· La capacidad reflexiva y critica s obre los múltiplex aspectos de la realidad y la comprensión de los valores éticos, morales, religiosos y de convivencia en sociedad y
· El cumplimiento de los objetivos de la educación básica contenidos en los numerales b) del artículo 20, c) del artículo 21 y c), e), h), ñ) del artículo 22 de la presente ley.
Objetivos Generales de la Educación Básica
Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria.
Los cinco (5) primeros grados de la educación básica de la educación básica constituyen el ciclo de primaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes:
· La formación de los valores fundamentales para la convivencia en una sociedad democrática, participativa y pluralista.
· El fomento del deseo de saber, de la iniciativa personal frente al conocimiento y frente a la realidad social, así como el espíritu crítico.
· El desarrollo de la habilidades comunicativas básicas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en la lengua castellana y también en la lengua materna, en el caso de los grupos étnicos con tradición lingüística propia, así como el fomento de la afición por la lectura.
· El desarrollo de la capacidad para apreciar y utilizar la lengua como medio de expresión estética.
· El desarrollo de los conocimientos matemáticos necesarios para manejar y utilizar operaciones simples de cálculo y procedimientos lógicos elementales en diferentes situaciones, así como la capacidad para solucionar problemas que impliquen estos conocimientos.
· La comprensión básica del medio físico, social y cultural en el nivel local, nacional y universal, de acuerdo con el desarrollo intelectual correspondiente a la edad.
· La asimilación de conceptos científicos en las áreas de conocimiento que sean objetos de estudio, de acuerdo con el desarrollo intelectual y la edad.
· La valoración de la higiene y la salud del propio cuerpo y la formación para la protección de la naturaleza y el medio ambiente
· Conocimiento y ejercitación del propio cuerpo, mediante la práctica de la educación física, la recreación y los deportes adecuados a su edad
· La formación para la participación y organización infantil y la utilización adecuada del tiempo libre.
· El desarrollo de valores civiles, éticos y morales, de organización social y de convivencia humana la música, la plática y la literatura.
· Adquisición de elementos de conversación y de lectura al menos en una lengua extranjera
· La iniciación en el conocimiento de la Constitución Política, y la adquisición de habilidades para desempeñarse con autonomía en la sociedad.
· Acciones conducentes a un desarrollo físico y armónico.
Objetivos Generales de la Educación Preescolar
· El conocimiento del propio cuerpo y de sus posibilidades de acción, así como la adquisición de la identidad y autonomía;
· El crecimiento armónico y equilibrado del niño, de tal manera que facilite la motricidad, el aprestamiento y la motivación para la lecto-escritura y para las soluciones de problemas que implique relaciones y operaciones matemáticas;
· El desarrollo de la creatividad, las habilidades y destrezas propias de la edad, como también de su capacidad de aprendizaje;
· La ubicación espacio-temporal y el ejercicio de la memoria;
· El desarrollo de la capacidad para adquirir formas de expresión, relación y comunicación y para establecer relaciones de reciprocidad y participación, de acuerdo con normas de respeto, solidaridad y convivencia. La participación en actividad des lúdicas con otros niños y adultos;
· El estímulo a la curiosidad para observar y explorar el medio natural, familiar y social;
· El reconocimiento de su dimensión espiritual para fundamentar criterios de comportamientos;
· La vinculación de la familia y la comunidad al proceso educativo para mejorar la calidad de los niños en su medio, y
· La formación de hábitos de alimentación, higiene personal, aseo y orden que generen conciencia sobre el valor y la necesidad de la salud.
Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994: Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos, de gobierno escolar y organizativos generales.
Resolución 01600 del 8 de marzo de 1994: Por la cual establece el proyecto de educación para la democracia en todos los niveles de educación formal.
Decreto 1743 del 3 de agosto de 1994: Por el cual se constituyen el proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan los criterios para la promoción de la educación ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos necesarios de coordinación entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE.
Ley 133 del 23 de mayo de 1994: Por la cual se desarrolla el derecho de libertad religiosa y de cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política.
Decreto 6100 del 26 de Diciembre de 1995: Por el cual se fijan criterios para la adopción del Calendario Académico
Resolución 2343 del 5 de junio de 1996: Por el cual se establecen lineamientos curriculares e indicadores de logro.
Decreto 2247 del 11 de septiembre de 1997: Por el cual se establecen normas para la prestación del servicio educativo del nivel Preescolar.
Ley 715 de 2001: Sistema General de Participaciones y Decretos Reglamentarios
Decreto 2277: Estatuto de la carrera docente.
Decreto 734 del 5 de Febrero del 2002: Régimen disciplinario para los empleados públicos.
Directiva Ministerial No 15: Orientaciones para las Plantas de cargos Docentes, Directivos y Administrativos de los establecimientos Educativos.
Decreto 1850 del 13 de agosto de 2002: por el cual se reglamenta la organización de la jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y docentes de los establecimientos estatales de educación formal.
Decreto 3020 del 10 de Diciembre de 2002: Por la cual se establecen los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal.
Decreto 0992 de mayo 21 de 2002: Regula lo relacionado con los fondos de servicios educativos.
Decreto 1278 de 19 de junio de 2002: Referido al estatuto de profesionalización docente.
Directiva Ministerial 03 del 2003 :por medio de la cual se aclaran algunos artículos del Decreto 1850 de 2002.
Plan Decenal de Educación 2006 – 2015: En el cual se trazan derroteros que debe seguir la educación y el horizonte hacia donde ésta debe dirigirse y se aspira a articular todas las ideas y acciones que den sentido a la gran revolución que implica la participación ciudadana en los asuntos esenciales de su destino y el ejercicio de los derechos fundamentales.
Ley 1098 de 2006 : Ley de la infancia y la adolescencia.
ARTÍCULO 7º. OBJETIVOS DEL P.E.I.
Objetivo General:
Analizar, orientar y dinamizar nuestra institución para que asuma de manera operativa y evaluable sus procesos educativos, suscitando en la comunidad un cambio positivo que contribuya a su desarrollo.
Objetivos Específicos:
· Dinamizar acciones de renovación de acuerdo con la ley general de educación y sus decretos reglamentarios
· Reflexionar en común sobre las directrices que se van a seguir para llevar a cabo los procesos de formación acordes a las necesidades de la comunidad y las posibilidades de la institución.
· Actualizar y proyectar el mejoramiento continuo de la calidad educativa.
· Obtener una convergencia de criterios para hacer viables las tareas y quehaceres escolares de los miembros de la comunidad educativa.
· Responsabilizar al educando como sujeto de su propio desarrollo cultural y profesional, al servicio del desarrollo de la comunidad.
· Desarrollar en los estudiantes un espíritu investigativo creativo con sentido crítico y de respeto por la cultura, la ciencia, la técnica y la política.
· Tomar decisiones coherentes y exigir responsabilidades compartidas.
· Brindar apoyo permanente al educando, para el pleno desarrollo de sus capacidades intelectuales, físicas, culturales, estéticas, emocionales, éticas y espirituales.
· Ofrecer al estudiante alternativas de formación en las que pueda elegir entre el ingreso a la universidad para la formación tecnológica o profesional y el ingreso directamente al sector productivo.
· Evaluar la calidad de la educación prefijada en los objetivos y aspiraciones institucionales.
CAPITULO II
HORIZONTE INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 8º. FILOSOFIA
La Institución Educativa Henry Daniels, tiene como filosofía formar al ser humano fundamentado en valores, con una mentalidad crítica, creativa, innovadora y respetuosa de las diferencias, en constante búsqueda de una mejor calidad de vida propia y de su comunidad.
ARTÍCULO 9º. VISION
Para el año 2021 la Institución Educativa Henry Daniels, será reconocida por la integralidad de su propuesta educativa, centrada en competencias, procesos pedagógicos y valores institucionales que potencialicen las capacidades personales de sus estudiantes, apoyados por una comunidad educativa comprometida con el mejoramiento institucional y de su entorno.
ARTÍCULO 10º. MISION
La Institución Educativa Henry Daniels de carácter oficial, ofrece los niveles de Educación Preescolar, Básica primaria en jornada mañana y tarde, Básica Secundaria, Media Académica y Técnica, en jornada única; y educación de adultos en jornada nocturna, a través de una educación inclusiva, integral e innovadora; utiliza las TIC como herramientas para liderar procesos formativos de calidad humana e intelectual, promueve el liderazgo en sus estudiantes para que se vinculen a la educación superior o al campo laboral aportando a la construcción de una sociedad solidaria en el marco de la justicia y la paz contribuyendo tanto a la conservación del medio ambiente como al desarrollo regional y nacional.
ARTÍCULO 11º. OBJETIVOS INSTITUCIONALES
Objetivo General:
Formar ciudadanos competentes y con calidad humana, conscientes y forjadores de soberanía, con espíritu democrático y pluralista, respetuoso de la dignidad humana y de la naturaleza, solidario y de aspiraciones personales y sociales.
La inducción de los principios ciudadanos en la Institución Educativa Henry Daniels, se realiza con la aplicación de la MORAL PÚBLICA , como ciencia de hábitos y costumbres sociales, en la cual, nuestros padres, profesores y sociedad, son sus actores principales, para ofertar ciudadanos libres, con poder adquisitivo, sentido de autoridad y pertenencia, libertad sexual responsable y cualidades espirituales innatas, formadores de grupos de líderes, creadores de la libertad de conciencia y benefactores de las causas humanitarias.
Objetivos Específicos
· Brindar formación integral al educando de acuerdo a las normas vigentes propuestas por el Ministerio de Educación Nacional.
· Concientizar a la Comunidad Educativa de la importancia del amor, respeto, cuidado y uso racional de los recursos naturales y del medio ambiente.
· Contribuir al desarrollo de una persona capaz, responsable y autónoma para el desempeño escolar y la convivencia pacífica, democrática y equilibrada.
· Promover actividades de tipo académico, cultural, recreativo y uso racional del tiempo libre, que favorezcan el desarrollo integral del educando
· Facilitar y estimular la participación de los miembros de la comunidad en los ejercicios democráticos para la elección de los representantes al Gobierno Escolar y en la elección de los representantes al gobierno escolar y todas las actividades escolares con proyección a la sociedad.
· Planear y desarrollar acciones de Educación No Formal que propicien la capacidad de autogestión, autonomía y participación en el mejoramiento de su calidad de vida.
· Ofrecer opciones a los estudiantes, para su proyecto de vida, a través de la academia y especialidades técnicas, que le permitan transformar las problemáticas de su entorno.
Objetivos de la Jornada Única
La Jornada Única es una apuesta del gobierno nacional hacia la equidad, que busca garantizar una educación de calidad para los niños y niñas y jóvenes de los colegios oficiales. La jornada escolar se amplia, con una duración de hasta 9 horas diarias. Ésta jornada se compone de actividades pedagógicas relacionadas con áreas fundamentales y asignaturas optativas, además del descanso y almuerzo de los estudiantes.
La jornada única persigue tres objetivos:
1º. Mejorar la calidad educativa en los niveles de preescolar, básica y media, con resultados medibles que evidencien el mejoramiento en las competencias básicas en las áreas de matemáticas, lenguaje, ciencias naturales e inglés.
2º. Aumentar el tiempo de permanencia de los estudiantes en las instituciones educativas incrementando las horas lectivas.
3º. Reducir los factores de riesgo y vulnerabilidad a los que se encuentran expuestos los estudiantes en su tiempo libre al mantener más tiempo a niños y jóvenes en un mejor ambiente escolar.
La Jornada única se implementa durante los cinco días de la semana. El trabajo que se desarrolla durante la jornada es curricular y está integrado al al plan de estudios y al sistema de evaluación institucional.
El colegio es el responsable de la planeación de las actividades pedagógicas que se se realizan durante la jornada única.
ARTÍCULO 12º. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
La Institución Educativa Henry Daniels, se fundamenta en los siguientes principios:
Pedagogía Abierta: Proceso para interrogar en forma permanente a la realidad con el propósito de buscar, valorar, comprender y manejar información que genere la construcción de conocimientos y la resolución de problemas para crear, recrear y resignificar ambientes que permitan potencializar el ser humano.
Ética Pluralista: Ética como reflexión filosófica que parte de una moral cívica, donde están contenidos los mínimos axiológicos y normativos compartidos por la conciencia de una sociedad pluralista en la que se convive en torno a encuentros y consensos, contradicciones y solución de conflictos dentro de una actitud de diálogo.
Democracia Participativa: Es un proceso político en construcción permanente, en el que se cultiva y respeta la libertad fundamental para que el hombre pueda hacerse a si mismo, como ciudadano con pensamiento crítico social y así desarrolla la capacidad de optar y asumir las consecuencias de las decisiones tomadas.
Solución de Conflictos: Conflicto es la situación inevitable en la que coexisten elementos contradictorios y consustánciales a las relaciones interpersonales, organizacionales y sociales a través de los cuales se aprende a regular el diario vivir. Transformar o cualificar su solución para asumirlo, practicando en él y resolviéndolo de manera creativa, dialogal, democrática, lúdica y no violenta. El conflicto no se elimina sino que es una oportunidad para el cambio e impulsador del progreso.
Inclusión: La educación inclusiva implica que todos los niños y niñas de una determinada comunidad aprendan juntos independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales, incluidos aquellos que presentan ritmos de aprendizaje diferentes, las comunidades étnicas (indígenas, afro-colombianos, raizales y el pueblo Rom) o cualquier otra condición en el marco de la diversidad.
Actitud Consciente ante el Medio Ambiente: Ante la crisis climática, el aumento de la temperatura del Planeta Tierra, la destrucción de la mayoría de los hábitat naturales, la gran contaminación ambiental y la destrucción de la capa de ozono entre otros males planetarios, se hace necesario una actitud consciente ante el medio ambiente a nivel individual, a nivel de la sociedad y de las organizaciones mundiales para evitar la dramática destrucción de nuestro planeta.
ARTÍCULO 13º. VALORES QUE IDENTIFICAN NUESTRA INSTITUCION
Autonomía: Capacidad para darse normas a sí mismo sin influencia de presiones externas o internas. Un ser humano, es autónomo cuando desarrolla su vida mediante actos propios y es consecuente con sus resultados.
Libertad: Facultad que tiene el ser humano, de decidir por sí mismo como actuar en las diferentes situaciones que se le presentan en la vida, en cuanto no se oponga a las leyes ni a las buenas costumbres.
Respeto: Es la aceptación del otro teniendo en cuenta sus diferencias. Abarca todas las áreas de la vida, empezando por una adecuada autoestima y un reconocimiento a la familia, a los semejantes, al medio ambiente, a la naturaleza, a la sociedad y a las normas.
Justicia: es el estado de equilibrio en las relaciones sociales que se reconoce cuando existe la debida igualdad en las oportunidades y en la distribución de beneficios y cargas sociales con equidad. Virtud que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece.
Solidaridad: sentimiento de un deber moral hacia los otros miembros de la comunidad educativa fundado sobre la identidad de unos intereses o situaciones. Se entiende como la ayuda desinteresada y oportuna.
Paz: Es fruto de saber entender y escuchar las necesidades de los demás antes que las nuestras. Es el resultado de una buena convivencia entre las personas, fundamentada en la compasión, la comprensión y la reconciliación.
Compromiso: capacidad de responder a los resultados de los consensos contraídos consigo mismo, con los demás y con el entorno, asumiendo las consecuencias de lo que se dice o lo que se hace.
Sentido de pertenencia: El sentido de pertenencia es sentirse parte de un grupo, una sociedad o de una institución, esto tiene su origen en la familia ya que es el primer grupo al que pertenecemos. Al serle fiel al grupo y siguiendo sus normas se da una identidad y una seguridad, mientras más segura se sienta la persona, más elevado será su sentimiento comunitario y estará más dispuesta a seguir normas de convivencia.
Responsabilidad: Que todos nuestros actos sean realizados de acuerdo con una noción de justicia y de cumplimiento del deber en todos los sentidos.
ARTÍCULO 14º. FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES
Fundamentos Filosóficos
Fomentar el amor a la sabiduría como principio de conocimiento del conjunto de saberes que busca establecer, de manera racional, los ejes más generales que organizan y orientan el conocimiento de la realidad, así como el sentido del obrar humano.
Transmitir al educando la motivación de dirigir su vida según los postulados de su conciencia a la luz de la moral racional. Como ente espiritual debe lograr la perfección moral que es el fin último de la educación
Formar en las creencias y valores de una cultura como principio de identidad y enfoque social racional.
Forjar la estructura de un modelo de vida que lleve al estudiante a tener criterio personal, carácter moral y que busque ante todo la verdad, la justicia y un saber ser virtuoso.
Construir de forma individual y social la transmisión del acervo cultural del hombre a las nuevas generaciones como pilar de la identidad y sentido de pertenencia local, regional y nacional.
Formar en el desarrollo del pensamiento crítico como ente racional capaz de seguir procesos sistemáticos que conlleven a fortalecer su esencia como ser digno de si mismo, prepararse para la vida y sus problemas, enriquecerlo en los conocimientos las destrezas y los valores que le permitan reconstruir su existencia.
Fundamentos Epistemológicos
Forjar un estudiante que sea capaz de asimilar hechos y comprender sus profundas interrelaciones permitiendo una estructura mental que se interese por el verdadero conocimiento
Crear en el estudiante el interés por llevar a cabo experiencias a través de las cuales se pueda recrear, controlar y dirigir un mentalidad hacia la solución de problemas de la vida cotidiana
Desarrollar en el estudiante el conocimiento teniendo en cuenta cada dimensión del desarrollo social, emocional y mental del individuo el cual es secuencial y que procede de lo menos maduro a lo más maduro
Promover el desarrollo epistemológico del estudiante teniendo en cuenta sus dominios auditivos, visuales, táctiles y motrices, considerar su funcionamiento verbal y no verbal, incorporar el desarrollo emocional, la evolución de la personalidad y el historial social de los estudiantes.
Formar en el conocimiento del medio ambiente circundante lo que permite una percepción humana más natural, ayuda al desarrollo de la motivación y el aprendizaje. El ambiente influencia al individuo las diversas formas y le provee opciones.
Fundamentos Pedagógicos
Formar desde el punto de vista activo, reflexivo, crítico e independiente y más protagonista de su actuación haciendo del estudiante un ser de sentimientos, amor y respeto por sus semejantes y el medio natural.
Fomentar el desarrollo de valores como la responsabilidad, laboriosidad, la honradez, la honestidad, el patriotismo y la solidaridad, adquirir o reafirmar sus hábitos de higiene individual o colectiva, la cortesía, hábitos alimentarios y todos aquellos que favorezcan su salud y los prepare para la vida en nuestra sociedad.
Fundamentos sociológicos
Integrar a cada persona en la sociedad desde el punto de vista del desarrollo de sus potencialidades individuales, siendo este un hecho social central con la suficiente identidad e idiosincrasia como para constituir el objeto de una reflexión sociológica específica.
Formar responsablemente en la investigación, el desarrollo, la aplicación y la transferencia de tecnologías adecuadas a los contextos, lo que implica una formación que responda a los nuevos cambios y transformaciones y permita un rápido accionar con criterio propio
Optimizar los procesos de enseñanza aprendizaje procurando eficiencia efectividad y eficacia y de lo cual depende el futuro de una sociedad mejor.
Fundamentos sicológicos
Formar hombres con capacidad para conocer su desarrollo sicomotriz, mental y socio- afectivo que le permita desarrollar su auto estima y valorar a los demás para establecer con ellos relaciones o vínculos emotivos que armonicen con las normas de conducta en relación la edad, sexo y el estatus social del medio en el cual interactúa la persona.
Aprender a conocer. Hace relación a la extensión del conocimiento y su profundización. Tiene estrecha vinculación con el aprender a aprender, lo cual permite aprovechar las posibilidades que ofrece la educación a lo largo de la vida.
Aprender a hacer. Que está vinculado a la adquisición de competencias que faciliten resolver problemas y trabajar en equipo.
Aprender a vivir juntos. Corresponde a la capacidad de Comprender a los demás, respetando los valores de pluralismo, comprensión mutua y paz.
Aprender a ser. Que tiene relación con el desarrollo de la personalidad y autonomía del individuo, de juicio y de responsabilidad personal. Para lograr respetar las posibilidades de aprendizaje de cada persona.
Fundamentos Axiológicos
Promover una educación armónica que tienda al pleno desarrollo de la personalidad humana y a reforzar el respeto a los derechos del hombre y de las libertades fundamentales. Debe favorecer la comprensión, la tolerancia, la amistad entre los diferentes grupos sociales.
Formar hombres que busquen la humanización del ser a través de la incorporación de valores a la propia existencia lo cual permite desarrollar la singularidad humana.
Formar seres humanos integrales partiendo de los postulados: animal de inteligencia emocional, singular y libre en sus decisiones de naturaleza abierta o relacional , en el espacio y en el tiempo
Fundamentos Éticos
Formar hombre para vivir de manera libre y responsable con los demás desarrollando virtudes, comportamientos y prácticas morales de acuerdo a valores como la honestidad, la honradez, austeridad, amor a la verdad y libertad, tolerancia, respeto, justicia y responsabilidad.
Formar hombres que reconoce que cada ciudadano y ciudadana de una Nación lo es, también, de todo el mundo y tiene responsabilidad no sólo con todos sus semejantes, los demás individuos de la especie humana, sino también con el planeta, con sus recursos y con todo lo que lo habita..
Formar hombres con el conocimiento, el crecimiento personal y consciente del uso de la razón, la verdadera formación y el valor individual de cada hombre y cada mujer y de las acciones que debe cumplir para alcanzar y ser un verdadero ser humano.
Fundamentos Antropológicos
La Institución Educativa Henry Daniels, parte de la premisa que el estudiante es un ser humano en proceso de formación, capaz de pensar, sentir y actuar. Por lo tanto está sujeto a cambios que son orientados en cada una de las aéreas y asignaturas ofrecidas en el plan de estudio, buscando el desarrollo intelectual, afectivo, sicomotor y volitivo. Es decir hacer del joven y la joven una persona integral.
Formar hombres que busquen el desarrollo personal y que se adapten constantemente a las necesidades individuales y sociales del momento, además que propendan por la defensa de los valores, vitales, ecológicos, tecnológicos, intelectuales, morales, estéticos y propicien una participación activa en el mundo circundante.
ARTÍCULO 15º. METAS INSTITUCIONALES
Las metas establecidas para la institución responden a sus objetivos y al direccionamiento estratégico. Se hace seguimiento de éstas mediante la medición y análisis de indicadores; encuestas de satisfacción; reuniones con partes interesadas como escuela para padres, consejo de padres, consejo de estudiantes, jornadas pedagógicas, Consejo Académico y Consejo Directivo, de las cuales quedará evidencia en las actas, los diversos formatos y registros; la evaluación institucional, entre otros
Las metas institucionales responden no solo a los objetivos generales y específicos de la institución, sino también a las “macro metas” establecidas en el Plan Decenal de Educación 2006 – 2016.
- Buscar la excelencia académica mediante la formación integral incorporando al currículo los más recientes avances de la ciencia, la tecnología y los métodos pedagógicos en un 100%.
- Configurar una eficaz y eficiente estructura administrativa y financiera mediante un óptimo manejo de los recursos con que cuenta la Institución, en un 100%.
- Introducir un proceso de mejoramiento continuo a través de los sistemas de dirección académico, administrativo, financiero y de bienestar en la Institución, en un 100%
- En el nivel de primaria Fortalecer el proceso lecto- escritor, redacción y composición en diferentes contextos, la comprensión y comunicación como elemento fundamental de la formación de líderes. La ortografía será objeto de permanente práctica.
- Desarrollar habilidades en cálculo mental, operaciones matemáticas de adición, sustracción, multiplicación, división, potenciación, radicación, operaciones con fraccionarios; reconocimiento inicial de lo espacial, la geometría, las medidas, la organización y clasificación de datos; las variaciones de números y figuras.
- Promover en los estudiantes el afianzamiento de valores, el reconocimiento de lo científico a lo social, la relación con la historia y las culturas; la dimensión espacial y ambiental; las relaciones ético –políticas y la promoción de compromisos personales y sociales, que conlleven al liderazgo.
– En los estudiantes de secundaria, desarrollar habilidades para la expresión oral y escrita en diferentes contextos. La ortografía en la redacción y composición de textos y ensayos será un componente básico para la comunicación. La interpretación, la comprensión; la capacidad crítica y creativa al leer literatura de diferentes géneros será altamente motivada. Cada estudiante leerá y socializará durante el año lectivo como mínimo tres obras de interés.
– Ejercitar y practicar las formas de pensar con los números, pensar con la geometría, pensar con las medidas, pensar con la organización y clasificación de los datos y pensar con las variaciones y con el álgebra. El planteamiento y resolución de problemas será un ejercicio permanente.
– Promover la cultura investigativa, el manejo de conocimientos propios de las Ciencias Naturales en el entorno vivo y físico; los conocimientos de la ciencia, la tecnología y sociedad. La física y la química se promoverán desde los grados sextos, séptimos, octavos y novenos. Producto: Organizar y participar exitosamente en la Feria de la Ciencia (mes de septiembre), con cobertura Municipal y regional.
- El uso de las tic será obligatoria como estrategia de aprendizaje desde los grados inferiores hasta los grados superiores, donde el docente aplique las tecnologías apropiadas al nivel y a la competencia a desarrollar.
– Promover los talentos culturales en danza, teatro, poesía, canto, pintura, dibujo. Producto: Participación exitosa en eventos locales e intermunicipales, La Banda Musical y La Marcial serán las embajadoras Institucionales.
– El Inglés como segundo idioma se desarrollará de manera más intensiva y práctica en el habla y en el aprendizaje gramatical.
– Desarrollar como mínimo cuatro evaluaciones a manera de Pruebas Saber y Pruebas de Estado (Una por periodo) de Sexto a Once, para mejorar los resultados en la pruebas externas y en general el rendimiento académico, a nivel Institucional, Municipal y Regional.
- Desarrollar en los grados sextos a novenos los conocimientos necesarios en las áreas optativas de grado decimo, donde el alumno adquiera los conocimientos suficientes, para que tenga los elementos necesarios en el grado decimo en su decisión de las modalidades impartidas por la institución.
Para noviembre de 2016 la Institución Educativa habrá definido e implementado mecanismos que permitan conocer las necesidades y expectativas de los estudiantes y padres de familia y el grado de satisfacción con el servicio educativo ofrecido.
Al terminar el año escolar 2016, la institución tendrá definida una propuesta pedagógica pertinente y el enfoque metodológico para las prácticas de aula, que será apropiado por el 100% de los docentes y directivos docentes al termino del año 2016.
A partir del año 2015, la institución ha renovado su proyecto educativo en torno a la mejora y transformación de sus ambientes de aprendizaje con el apoyo de las TIC, en aulas especializadas, abiertas y flexibles.
A partir del año 2015, en la institución se profundiza el desarrollo de la competencia comunicativa, no solo desde el área de humanidades sino también a través de las demás áreas, y proyectos transversales, en un plan de estudios articulado de preescolar a 11º.
A partir del año 2014, se contará con un proyecto que además de establecer convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que adelanten o pretendan adelantar acciones de carácter familiar y comunitario, desarrollará estrategias para que los estudiantes de 10° y 11° que presten su servicio social estudiantil, realicen actividades de proyección a la comunidad.
Pasar de un nivel B obtenido en las pruebas ICFES SABER 11º en el año 2014 a un nivel A en el 2016 y, por lo menos, mantener este nivel a partir del año 2016.
Al terminar el año académico 2014 la institución tendrá implementado un plan de seguimiento a los egresados con el fin de retroalimentar la orientación, enfoques y contenidos curriculares.
Para fortalecer la educación en y para la paz, la convivencia y la ciudadanía, en los próximos cuatro años se promoverán estrategias de articulación y corresponsabilidad entre la comunidad educativa.
La institución educativa fortalecerá las políticas de inclusión, donde se promueva las diferencias como un factor de pluralidad que enriquece el aprendizaje y no como una política de exclusión. Estas se deberán ver articuladas en los diferentes procesos institucionales.
A partir del año 2015, se desarrollan programas de extensión a la comunidad y se establecen relaciones más dinámicas con el entorno, el sector productivo y las autoridades educativas.
Los docentes utilizarán de manera transversal las Tic para la realización de investigaciones y en las prácticas de aula, la adquisición de conocimientos desarrollado en las capacitaciones durante los últimos 5 años.
ARTÍCULO 16º. EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
INTRODUCCIÓN
La investigación en contextos educativos ha sido planteada como una necesidad fundamental para fortalecer y transformar los escenarios, prácticas, roles, imaginarios y todos aquellos elementos que integran el amplio mundo de la educación. Si bien en los últimos años, desde la política nacional y desde escenarios como la academia se ha discutido la importancia de investigar desde las propias prácticas educativas y ya se han iniciado procesos en los cuales son los propios establecimientos educativos los que buscar indagar y proponer alternativas desde la investigación, este tipo de acciones sigue siendo incipiente y con poco posicionamiento en la cotidianidad de las instituciones, al tiempo que no se evidencian procesos de formación y recursos que desde las políticas públicas lleguen a las regiones y en especial a los establecimientos educativos para promover la investigación en educación.
Paradójicamente, si se hace investigación sobre educación y no son pocas las publicaciones en las que cada año se proponen estrategias, se cuestionan modelos, se establecen diagnósticos y se analiza el sistema educativo, pero, la mayoría de estas están planteadas desde diversas disciplinas de las ciencias humanas y sociales, sin evidencias que sean los docentes quienes escriben sobre su propia práctica y aunque no se pretende desconocer el aporte de los investigadores que decididamente han indagado sobre la educación en Colombia, en la práctica si se observa una distancia entre lo que se escribe sobre educación y la realidad a la que diariamente el docente se enfrenta.
En ese sentido, la Institución Educativa Henry Daniels pretende iniciar procesos de investigación en los que sean los propios docentes, los estudiantes y en la medida de los posible, los padres y madres de familia, los que investiguen desde su propia práctica cotidiana la realidad educativa de la institución, encaminando las acciones a procesos formativos de calidad, acordes a la realidad del contexto castellano, pero también que promuevan la innovación en cuanto a convivencia, enseñanza, aprendizaje, evaluación, entre muchos otros temas.
Para tal fin, a continuación se proponen un conjunto de políticas y lineamientos que buscan posicionar el tema de la investigación en el contexto educativo de la Institución Henry Daniels, aportando a la construcción de una cultura de la investigación e innovación en la comunidad.
OBJETIVOS
General
Promover una cultura investigativa que garantice prácticas educativas de calidad, innovadoras y que aporten a la construcción de significados para la comunidad educativa Henry Daniels, facilitando procesos de enseñanza – aprendizaje – evaluación acordes con los nuevos retos del contexto institucional, regional, nacional y global.
Específicos
Proponer estudios e investigaciones conducentes al análisis e interpretación de las prácticas pedagógicas de la Institución Educativa Henry Daniels.
Producir teoría pedagógica con el sustento conceptual y la rigurosidad que se requiere para aportar conocimientos y saberes a las ciencias humanas y sociales y en especial a la pedagogía y a la educación.
Establecer relaciones con instituciones nacionales y/o extranjeras dedicadas a la investigación y fundamentalmente buscar alianzas estratégicas que posibiliten la sistematización, publicación y promoción de los procesos investigativos a nivel institucional, regional o nacional.
Buscar financiación y recursos en el entorno nacional o internacional para desarrollar proyectos de impacto social e institucional.
Formular, sustentar y desarrollar líneas de investigación relacionadas con niñez, adolescencia, juventud y familia, problemáticas sociales, educación y aquellas áreas y temas propios del contexto educativo y social.
Fortalecimiento de la investigación en el enfoque cualitativo y sus diseños metodológicos particularmente en la investigación educativa.
Promover la creación, acompañamiento y seguimiento de semilleros de investigación a través de los cuales se adelanten proyectos en el marco de las líneas de investigación propuestas o las diferentes áreas académicas.
POLÍTICAS
Con lo anteriormente expuesto, a continuación se formulan las políticas de investigación propuestas para la Institución Educativa Henry Daniels.
· El fomento y apoyo de los procesos de investigación en el contexto educativo los cuales estén encaminados al mejoramiento de las prácticas y el quehacer docente, al mejoramiento de los procesos institucionales, al fortalecimiento de los procesos de enseñanza – aprendizaje – evaluación y/o al mejoramiento de los resultados en las pruebas Saber.
· La motivación e incentivo al cuerpo docente para la puesta en marcha de procesos de investigación desde las diferentes áreas aportando a la construcción de una cultura de la investigación.
· La gestión de recursos para financiar y apoyar iniciativas de investigación caracterizados por la innovación, el desarrollo de competencias, la formación de sus estudiantes en el contexto de la calidad humana para lo cual se diseñará una estrategia direccionada a buscar apoyo con entidades públicas y privadas del orden nacional e internacional.
· La promoción de la sistematización de experiencias educativas en el contexto investigativo como una herramienta de generación de conocimiento y de mejoramiento de la práctica educativa.
· El seguimiento y evaluación constante de las iniciativas de investigación que desde las diferentes áreas o miembros de la comunidad educativa se desarrollen, brindando un acompañamiento y direccionamiento según lo amerite cada proceso.
· La divulgación interna de las iniciativas investigativas, sus avances, procesos y resultados, así como la gestión para que dichos ejercicios investigativos participen en escenarios académicos del orden departamental, nacional o internacional donde puedan socializar y debatir los hallazgos y resultados.
· La definición de una estrategia de estímulo a la investigación que posibilite el reconocimiento de los esfuerzos de aquellos docentes de comprometidamente deciden involucrar la investigación como parte de su práctica educativa.
CAPITULO III
DEL GOBIERNO ESCOLAR
ARTÍCULO 17º. GOBIERNO ESCOLAR. MARCO LEGAL Y DEFINICIÓN
La ley 115 de febrero 8 de 1994, título VII, Cap. 2
Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994, Capítulo IV
Decreto 1260 de Abril 27 de 2005
El Proyecto de gobierno escolar, es de índole social, que involucra a todos los estamentos que conforman la comunidad educativa, llámense directivos, docentes, padres de familia, estudiantes y egresados. Los anteriores agentes estructuran las bases sobre las que se mueve el ejercicio de la democracia estudiantil. En este proceso existe un grupo que viabiliza este desarrollo con el ánimo de organizar y dirigir la puesta en marcha de las actividades planteadas. Consecuente con la realización del Proyecto, el grupo Coordinador al interior de la Institución, es el departamento de Ciencias Sociales y su comité de democracia y derechos humanos; brindando las pautas organizativas de gobierno y extendiendo a toda la comunidad el desarrollo del mismo.
ARTÍCULO 18º. DESCRIPCION DEL GOBIERNO ESCOLAR
Los gobiernos escolares aparecen como actores claves de la nueva institucionalidad que debe configurarse en todos los planteles educativos. El propósito fundamental de los gobiernos escolares (GOBES) es realizar el ideal de la democracia escolar fundada en la autonomía y el respeto por las diferencias, lo que indudablemente permitirá transformar las instituciones educativas con base en un mayor compromiso de los diversos estamentos de la comunidad educativa en los asuntos que le afectan.
Las instituciones educativas establecerán en su reglamento un gobierno escolar para la participación de la comunidad educativa que hace referencia el artículo 68 de la Constitución Política. En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los padres de familia, en los aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación, democrática en la vida escolar.
EL gobierno escolar, es un proyecto necesario para equilibrar el orden cotidiano de los estudiantes, pues lo convierte, en un agente activo y crítico forjador de costumbres ciudadanas y democráticas, además de darle la oportunidad que opine en su proceso de desarrollo estudiantil.
ARTÍCULO 19º. JUSTIFICACIÓN
El Gobierno Escolar establecido por la ley 115 y sus decretos reglamentarios, se propone un cambio importante para la vida de los planteles educativos y para cada uno de los componentes de la comunidad educativa. De igual manera nos señala derechos pero también responsabilidades y posibilidades en aspectos tales como:
· La organización de la institución educativa
· La construcción y desarrollo de una cultura de convivencia y respeto de los derechos humanos y la democracia
En este sentido el presente gobierno escolar, se justifica a través de la ejecución de prácticas democráticas, que permitan alimentar, el principio universal de la participación política como elemento fundamental en los sistemas democráticos.
Los cambios que en materia de educación se han venido dando en los últimos años en el país han estado orientados a formar una juventud con todas las herramientas necesarias para enfrentar las exigencias del contexto.
ARTÍCULO 20º. OBJETIVOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
Objetivos generales
· Propiciar la participación activa y el liderazgo de los miembros de la Comunidad Educativa en la vida Académica Formativa y Administrativa de la Institución.
· Promover en los jóvenes el ejercicio de una ciudadanía participativa, responsable y solidaria, que les permita incidir en políticas públicas.
· Propiciar la solución Pacífica y Democrática de los conflictos que surjan al interior de la Comunidad Educativa
Objetivos específicos:
· Generar espacios de reflexión y debate.
· Desarrollar los propósitos del PEI y valores institucionales, Trabajando con calidad y queriendo lo nuestro.
· Incorporar las vivencias escolares al crecimiento personal.
· Adoptar formas de participación democrática en la Institución.
· Valorar los alcances de la democracia como forma de vida que permite construir una sociedad más justa y con equidad.
· Interpretar la ciudadanía como una práctica de los hábitos y actitudes democráticas.
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ARTÍCULO 21º. CONSTITUCIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR
El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos estatales será constituido para el funcionamiento de un año lectivo.
· El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.
· El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.
· El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.
Dentro de los sesenta días calendario siguientes a la iniciación de clases de cada periodo lectivo anual, deberá quedar integrado el gobierno escolar y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.
ARTÍCULO 22º. DE LAS DECISIONES DEL GOBIERNO ESCOLAR
Toman decisiones el Consejo Directivo y el Rector. El Consejo Académico y las Comisiones de Evaluación no tienen poder decisorio, solamente proponen acciones pedagógicas y organizativas, las cuales pueden ser aceptadas o modificadas por el consejo directivo. El rector ejecuta la política aprobada por el Consejo Directivo. El Consejo Directivo emite sus actos a través de ACUERDOS. El Rector por medio de RESOLUCIONES y los demás consejos por medio de ACTAS.
ARTÍCULO 23º. CONSEJO DIRECTIVO
Conformación
· El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
· Dos representantes del personal docente, elegidos democráticamente.
· Dos representantes de los padres de familia elegidos por la asociación de padres de familia.
· Un representante de los estudiantes del grado 11º. elegido democráticamente.
· Un representante de los ex alumnos, elegido por el consejo directivo, de ternas presentadas o en su defecto por quien haya ejercido el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
· Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de que patrocinen el funcionamiento de la institución.
Funciones:
· Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.
· Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos, con los alumnos del establecimiento Educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de convivencia.
· Adoptar el Manual de Convivencia y el Reglamento de la Institución.
· Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes.
· Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sientan lesionados.
· Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
· Participar en la planeación y evaluación del Proyecto educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimento de los requisitos establecidos en la ley y en los reglamentos.
· Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución Educativa.
· Establecer estímulos y sanciones para el desempeño académico y social del estudiante, que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
· Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
· Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
· Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas, y sociales de la comunidad educativa.
· Promover las relaciones de tipo académico deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
· Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de Familia y estudiantes.
· Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente manual.
· Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos.
· Darse su propio reglamento.
Reglamento interno
Estructura jerárquica
Internamente el Consejo Directivo de la Institución, constituirá su propia estructura jerárquica de la siguiente manera:
· Un presidente, en cabeza del rector de la Institución, de acuerdo con el Artículo 21 No.1 del decreto 1860 de 1994.
· Un Secretario Principal elegido entre los demás miembros del Consejo Directivo por el periodo lectivo y/o la secretaria de la institución.
Funciones del presidente y secretario
Son funciones del Presidente:
· Presidir y convocar ordinariamente una vez por mes las sesiones y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
· Presentar ante el Consejo Directivo los ajustes del proyecto educativo institucional, P.E.I., para su adopción.
· Presentar al Consejo Directivo, propuestas que tiendan a mejorar el funcionamiento de la institución y su calidad académica.
· Presentar el plan anual de actualización académica del personal docente para su aprobación.
· Promover la participación del Consejo Directivo en la Planeación y Evaluación del Proyecto Educativo Institucional.
· Facilitar la información y documentos necesarios para que el Consejo Directivo pueda asumir con precisión cada una de sus funciones.
· Presentar periódicamente informe del presupuesto de ingresos y egresos del Fondo Docente.
· Aplicar y hacer cumplir las disposiciones del Consejo Directivo.
· Las demás funciones afines o complementarias que le atribuya el Consejo Directivo y/o el Proyecto Educativo Institucional.
· Presentar informes de su gestión al Consejo Directivo, por lo menos cada 2 meses.
Son funciones del Secretario:
· Elaborar las actas respectivas de reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo.
· Llevar los archivos del Consejo Directivo en forma ordenada.
· Firmar la correspondencia junto con el presidente (En casos especiales y de extrema urgencia sólo firmará el Presidente).
· Hacer las citaciones a los invitados que le asigne el Consejo Directivo.
Deberes y derechos
Son deberes de los miembros:
· Asistir puntualmente a las reuniones y participar en ellas activamente.
· Informarse con anticipación la fecha de la sesión y los puntos a tratar en cada una de las sesiones.
· Aprobar o no los diferentes acuerdos.
· Informar oportunamente las decisiones tomadas en el Consejo Directivo a cada uno de los estamentos que represente.
· Habrá asuntos internos que sólo le competen al Consejo Directivo, por tal razón se debe guardar absoluta discreción.
· Informar con previa anticipación la no asistencia a las reuniones programadas.
Son derechos de los miembros:
· Opinar y ser escuchados.
· A que se respeten sus decisiones.
· A ser informados con anticipación la fecha, hora y asuntos a tratar en cada una de las sesiones.
· Tener acceso a los libro de ingresos y egresos de la Institución.
La inasistencia injustificada a más de tres sesiones consecutivas motivará la solicitud de su reemplazo al estamento correspondiente.
Sesiones
· Ordinarias. Se efectuarán una vez al mes para atender la correspondencia, tomar decisiones para el funcionamiento de la Institución y analizar el comportamiento presupuestal de manera que responda al momento actual.
· Extraordinarias. Estas se podrán efectuar en cualquier fecha del año, cuando existan asuntos de trascendencia que merezcan ser debatidos y definidos por el Consejo Directivo en provecho de la buena marcha de la Institución Educativa.
Retiro
La calidad de miembro del Consejo Directivo, se pierde por las siguientes causas:
· Por retiro voluntario
· Por retiro forzoso
· Por exclusión
El retiro voluntario: deberá solicitarse por escrito ante el presidente del Consejo Directivo y será considerado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación.
Retiro Forzoso: Se entiende por retiro forzoso:
· Muerte del representante.
· Cuando alguno de los miembros fije su domicilio fuera del municipio, por fuerza mayor.
Exclusión de un miembro
Es competencia del Consejo en pleno y podrá acordarla, en los siguientes casos:
· Por adulteración o falsificación de documentos de la Institución o que tenga relación con ella.
· La malversación de fondos de la Institución sin perjuicio de las acciones penales correspondientes.
· Ofender gravemente a cualquiera de los miembros del Consejo Directivo e incurrir en infracciones graves a la disciplina que puedan desviar los fines del Consejo Directivo.
· La infidencia o revelación de datos o hechos que puedan causar graves perjuicios a la Institución Educativa, plenamente comprobados por el Consejo Directivo.
· Obrar con deslealtad hacia los miembros del Consejo Directivo recurriendo a la maledicencia y al engaño, poniendo en peligro las buenas relaciones que deben existir entre los miembros.
· Presentarse a las reuniones del Consejo Directivo en estado de embriaguez y lanzar frases hirientes en contra de otro u otros miembros.
· La violación sistemática del reglamento.
Otras Normas
· Los representantes del Consejo Directivo, serán elegidos por periodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados.
· De lo sucedido en las reuniones, se levantará un acta firmada por el Presidente y el secretario, acta que iniciara con número y contendrá la siguiente información: Lugar, fecha y hora de la reunión, clase de sesión , persona que convoca, número de miembros convocados y número de miembros asistentes e invitados, los asuntos tratados, las decisiones adoptadas y el número de votos emitidos a favor, en contra o en blanco. Las actas referidas serán leídas y aprobadas previo estudio y revisión de sus miembros en toda y cada una de las sesiones.
· El Quórum estará constituido por la mitad más uno de los miembros, el cual será tomado por el Secretario del Consejo, en caso de no reunirse el quórum previsto en el momento de iniciarse la sesión, se dará un receso de 15 minutos, vencido el cual se determinará la realización o la suspensión de la sesión.
· Para la toma de decisiones se requiere la mitad más uno de los asistentes a la sesión. En caso de empate será sometido a votación por segunda vez y si persiste será negada la proposición.
· Los miembros del Consejo Directivo, no participarán en política partidista, ni en enfrentamientos discriminatorios de tipo racial, social, sexo o credo.
· Toda modificación, derogación o reforma del presente reglamento para su validez, debe ser presentada, discutida y aprobada por la mitad más uno de los asistentes a la sesión.
Para el presente año el Consejo Directivo, adopta su reglamento interno mediante ACUERDO Nº 11 de Marzo 9 de 2011.
ARTÍCULO 24º. CONSEJO ACADEMICO
Conformación
· El rector quien lo preside y convoca a reuniones
· Los Coordinadores
· Un docente de secundaria por cada área definida en el plan de estudios.
· Un docente de primaria, por grado.
· Un docente de preescolar
· Un docente representante, por especialidad técnica.
· El docente orientador
Funciones
· Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo institucional.
· Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente manual.
· Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
· Participar en la Evaluación institucional anual.
· Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre evaluación educativa.
· Darse su propio reglamento.
· Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
Reglamento interno
Estructura jerárquica
Internamente el Consejo Académico de la Institución, constituirá su propia estructura jerárquica de la siguiente manera:
· Un presidente, quien lo presidirá.
· Un Secretario, elegido entre los demás miembros o voluntario.
Funciones del presidente y secretario
Son funciones del Presidente
· Presidir y convocar ordinariamente una vez por mes las sesiones y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
· Presentar al Consejo Académico propuestas de mejoramiento y actualización académica del currículo institucional acorde a las necesidades comunitarias.
· Servir de canal informativo entre el Consejo Directivo y Consejo Académico.
· Las demás funciones afines o complementarias que le atribuya el Consejo Directivo y/o el Proyecto Educativo Institucional.
·
Son funciones del Secretario Principal
· Elaborar las actas respectivas de reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Académico.
Deberes y derechos
Son deberes de los miembros del Consejo Académico
· Asistir puntualmente a las reuniones y participar en ellas activamente.
· Informarse con anticipación la fecha de la sesión y los puntos a tratar en cada una de las sesiones.
· Aprobar o no los diferentes acuerdos y aceptar a la mayoría de los votantes.
· Informar oportunamente las decisiones tomadas en el Consejo Académico a los docentes.
· Informar con previa anticipación la no asistencia a las reuniones programadas.
Son derechos de los miembros:
· Opinar y ser escuchados.
· A que se respeten las decisiones de cada uno.
· A ser informados con anticipación la fecha, hora y asuntos a tratar en cada una de las sesiones.
· Que se informen las decisiones tomadas por las directivas.
Sesiones
· Ordinarias: Se efectuarán una vez al mes para atender la correspondencia, tomar decisiones de su competencia para el normal funcionamiento institucional.
· Extraordinarias: Estas se podrán efectuar cuando existan asuntos de trascendencia que merezcan ser debatidos y definidos por el Consejo Académico en provecho de la buena marcha de la Institución Educativa.
Otras Normas
· Las sesiones serán instaladas por el Presidente y como secretario actuará la persona elegida por el Consejo Académico.
· A las sesiones , podrán asistir miembros d la comunidad educativa, con voz pero sin voto y que hayan sido citados o invitados previamente
· El Quórum para la validez de las decisiones del Consejo Académico estará constituido por la mitad más uno de los miembros, el cual será tomado por el Secretario del Consejo, en caso de no reunirse el quórum previsto en el momento de iniciarse la sesión, se dará un receso de 15 minutos, vencido el cual se determinará la suspensión de la sesión por falta de quórum.
· Las decisiones del Consejo Académico se plasmaran en actas, las cuales serán firmadas por el presidente y el secretario. Cada directivo se reserva el derecho a dejar constancia en el Acta cuando lo considere.
· De lo sucedido en las reuniones del Consejo Académico se levantará un acta, se encabezará con número y contendrá la siguiente información: Lugar, fecha y hora de la reunión, forma de la convocatoria y persona que convoca, número de miembros convocados y número de miembros asistentes e invitados, los asuntos tratados, las decisiones adoptadas y el número de votos emitidos a favor o en contra o en blanco. Las actas referidas serán leídas y aprobadas previo estudio y revisión de los miembros del Consejo Académico en toda y cada una de las sesiones.
· La convocatoria de las sesiones del Consejo Académico será por escrito a fin de dar la información pertinente a cada miembro e irán firmadas por el Presidente.
· Toda modificación, derogación o reforma del presente reglamento para su validez, debe ser presentada, discutida y aprobada en plenaria del Consejo Académico por mayoría de miembros.
· En caso de retiro de uno de sus miembros, su reemplazo deberá ser elegido entre los docentes del área que representa.
· Los representantes del Consejo Académico serán elegidos por periodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de
· Toda modificación, derogación o reforma del presente reglamento para su validez, debe ser presentada, discutida y aprobada por la mitad más uno de los asistentes a la sesión.
ARTÍCULO 25º. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Conformación
Las comisiones de evaluación y promoción serán constituidas por el Rector, en uso de la facultad legal de asignar funciones a los servidores públicos de la institución educativa que dirige. Las comisiones de evaluación y promoción estarán constituidas así:
1. En el nivel de educación básica, ciclo de primaria, la Comisión de Evaluación y Promoción para cada uno de los cinco grados que constituyen el ciclo, estará integrada por el Coordinador, todos los Docentes de los grupos de Estudiantes de cada grado (grupos paralelos por grado) y un padre de familia representante del grado.
2. En el nivel de Educación Básica ciclo-secundaria y nivel de educación media (técnica o académica), las Comisiones de Evaluación y promoción para cada grado estarán integradas por el Coordinador quien la preside, los Directores de los grupos paralelos por grados y un padre de familia por grado.
PARÁGRAFO 1. Un Coordinador asignado por resolución Rectoral y quien actúa en representación del Rector, convoca y dirige las reuniones. Es responsable de todo el archivo de la Comisión de Evaluación y promoción incluyendo las actas de reuniones de dicha comisión.
PARÁGRAFO 2. Durante los primeros treinta días hábiles del año lectivo, el Rector, integrará e instalará una Comisión de Evaluación y Promoción por grado, lo que significa que en esta Institución Educativa funcionarán once (11) comisiones. La organización de las comisiones será publicada mediante resolución Rectoral.
Funciones de las comisiones de evaluación y promoción.
Las comisiones de evaluación y promoción tendrán las siguientes funciones:
1. De manera previa se radicarán cada uno de los informes presentados por los docentes (en el formato institucional), donde se relacionan los estudiantes que obtuvieron en la evaluación una valoración de 1,0 a 2,5 en cualquiera de las áreas, con los respectivos desempeños. Esta radicación se hará ante el Coordinador en la planilla dispuesta, para tal efecto.
2. Al finalizar cada periodo la comisión de evaluación y promoción analizará las condiciones de los educandos cuyos casos fueron radicados. En la media académica, además de las áreas obligatorias y fundamentales, serán evaluadas, las indicadas en el artículo 31 de la Ley 115 de 1994. En la media técnica se evaluará igual que en la académica; pero además, las competencias propias de la especialidad.
3. Convocar a los padres de familia, tutor o acudiente debidamente autorizado, al estudiante y al educador de la respectiva área, con el fin de que el docente presente un informe junto con el plan de mejoramiento y acordar los compromisos por parte de ellos, debidamente registrados en un acta.
4. Mientras el estudiante se encuentra en plan de mejoramiento, convocar al padre de familia, para el respectivo control al seguimiento de las recomendaciones y actividades.
5. Proponer a los docentes, estrategias de mejoramiento a sus prácticas pedagógicas, que permitan superar dificultades en los estudiantes.
6. Levantar acta de todas sus actuaciones, las cuales se constituirán en evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de estudiantes.
7. Analizar los casos de los Educandos con desempeños excepcionalmente altos, con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada en los tiempos definidos para esta.
8. Analizar los casos de los educandos con desempeños bajos, teniendo en cuenta sus características, ritmos de aprendizaje y necesidades educativas, con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada en los tiempos definidos para esta.
9. Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia, acudientes o docentes (de acuerdo con el procedimiento y los tiempos establecidos en el presente sistema), que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación y recomendará la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.
ARTÍCULO 26º. EL RECTOR
Funciones
· Orientar la ejecución del Proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.
· Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
· Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
· Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
· Ejercer las funciones disciplinarias que le otorgue la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
· Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
· Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.
· Las demás funciones afines o complementarias con los anteriores que le atribuya el Proyecto educativo Institucional.
· Conocer y difundir el contenido del Manual de Convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa.
· Mantener diálogo permanente con los estudiantes y demás estamentos de la institución.
· Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional y de los Consejos Directivo y Académico.
· Orientar al personal directivo v o docente, administrativos y de servicios generales en el ejercido de sus funciones.
· Promover la proyección de la institución, para que ésta sea conocida por comunidad, como forjadura de valores y preocupada por la formación integral de sus educandos.
· Liderar la construcción y desarrollo del Proyecto Educativo institucional.
· Dirigir la consecución de los recursos materiales necesarios en la institución y velar por crear y/o mantener las condiciones físicas indispensables para el desarrollo de las actividades formativas.
ARTÍCULO 27º. CONSEJO DE ESTUDIANTES
El Consejo Estudiantil asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación de los estudiantes.
Conformación
Estará integrado por un representante de cada uno de los cursos que ofrece las institución.
· El estudiante debe manifestar espontaneidad y habilidad en su expresión oral y escrita
· Manifestar interés por resolver problemas de convivencia en la escuela
· Mostrar siempre un excelente comportamiento y rendimiento académico como ejemplo para sus demás compañeros
· No pertenecer a ningún otro comité organizado en la Institución Educativa
· Manifestar solidaridad y apoyo hacia sus compañeros y personas que de alguna manera se presenten para colaborar con la Institución o pertenezcan a la Secretaría de Educación.
· Pertenecer a un grado de la Institución, entre Tercero y Once
· En la fecha y hora establecida, se convocará a los estudiantes desde los grados terceros a undécimo, para que democráticamente elijan un representante al Consejo Estudiantil. El Director de grupo debe estar presente, cumpliendo la función de moderador.
Funciones
· Darse su organización interna.
· Elegir el representante de los estudiantes al Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
· Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
· Exigir el cumplimiento del manual de convivencia por parte de todos los estamentos de la comunidad educativa
· Recibir y proyectar respetuosamente ante la autoridad competente, todas las sugerencias e inquietudes que surjan a nivel estudiantil .
· Exigir al Personero Escolar, el cumplimiento de sus funciones y desarrollo de su plan de trabajo para la Institución
· Liderar la organización de actividades cívicas, sociales, ecológicas, deportivas y culturales, en la institución educativa Castilla la nueva y permitan la participación e integración de los estudiantes, docentes y padres de familia
· Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.
La Rectoría, convoca su elección y conformación dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico. La elección del Consejo Estudiantil se hará mediante votación secreta.
Cuando un Representante estudiantil haya faltado al manual de convivencia a pesar de las oportunidades para mejorar, podrá ser retirado y reemplazado por un estudiante elegido por elección de sus compañeros. Evento que orientara el asesor de curso.
Funciones del presidente:
· Convocar a reunión mensualmente y cada vez que considere necesario para toma de decisiones.
· Participar de las reuniones a las cuales sea invitado.
· Dar informes oportunos a quienes representa
· Promover campañas hacia el mejoramiento académico y comportamental de sus representados.
· Presentar sugerencias o propuestas ante autoridad competente, siempre en la búsqueda del mejoramiento estudiantil.
Funciones del Secretario:
· Hacer las convocatorias y entregarlas oportunamente.
· Llevar el libro de Actas, leer las actas en las reuniones correspondientes.
· Colaborar con el presidente en el desarrollo de las actividades que programen.
Funciones del tesorero:
· Dar un manejo pulcro y transparente a los recaudos que sean autorizados
· Presentar informes escritos, sobre los recaudos
· Colaborar con el presidente en el desarrollo de las actividades que programen
ARTÍCULO 28º. PERSONERO DE ESTUDIANTES
El personero será un estudiante que curse el grado once, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.
Funciones
· Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
· Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
· Presentar ante el Rector, las solicitudes de oficio que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
· Participar en las reuniones convocadas por Consejo Estudiantil
· Participar en el proceso de construcción del Manual de Convivencia
· Estar atento al cumplimiento del manual de convivencia.
· Asesorar con criterio serio al estudiante que sea sancionado, para que interponga los recursos ante las autoridades del plantel educativo.
· Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
El personero, será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente a la iniciación de clase del año lectivo. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. Para votar, el estudiante deberá presentar su carnet escolar.
Perfil
· Tener buen rendimiento académico y convivencia intachable durante los dos últimos años escolares..
· Mostrar buenas relaciones interpersonales y respeto por la opinión de los demás.
· Ser respetuoso de los valores morales y cívicos.
· Con habilidad y liderazgo para tomar decisiones.
· Con sentido de pertenencia y disponibilidad de tiempo.
· Conocedor de los contenidos legales relacionados con su cargo
· Tener un alto sentido de pertenencia por su Institución
Inhabilidades y Sanciones.
· El incumplimiento a las normas de comportamiento contempladas en el manual de convivencia, impiden la postulación y ejercicio del cargo de personero.
· El no haber cursado el grado decimo el año anterior a la postulación.
· Es incompatible ser Personero y Presidente estudiantil.
· Es incompatible ser personero y representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
· Cuando el Personero incumpla su plan de trabajo o falte al manual de convivencia o a alguna norma reglamentaria que trascienda en la comunidad educativa, podrá ser revocado de sus cargo. Su reemplazo, será elegido atendiendo el proceso aquí definido,
· Cuando se presente queja de los miembros de la comunidad sobre el desempeño de un Representante, se iniciará el proceso de revocatoria del mandato.
La Campaña Electoral.
Todos los candidatos podrán realizar campañas dentro de los términos establecidos por el calendario electoral; y para esto pueden en condiciones de igualdad, disponer de los muros y carteleras para fijar pancartas (cuidando de no dañarlas), usar equipos de sonido en tiempo de descanso y solicitar permiso para ingresar a las aulas de clase para difundir sus ideas siempre respetando a los demás candidatos
El Comité Electoral.
Es el grupo encargado de establecer la organización y realización de las elecciones, de vigilar el proceso electoral y adelantar junto con el registrador el proceso de revocatoria del mandato cuando se presenten casos que lo ameriten. Estará integrado por los docentes del área de Ciencias Sociales (comité de democracia y derechos humanos) y por estudiantes de noveno y décimo. (Máximo 10).
Funciones
· Preparar el material y elementos necesarios para el proceso, (Tarjetones, normas, formatos de Actas, cubículos, listados de estudiantes sufragantes, identificación de mesas).
· Designar , citar jurados y capacitarlos
· Posesionar a los jurados el día de la elección y entregarles el material requerido.
· Ser responsable de la labor de escrutinio en las mesas el día de la elección
· Elaboración de Actas
El Registrador Escolar.
El Rector, quien en su representación podrá designar la responsabilidad en un integrante del comité electoral.
Funciones
· Convocar a elecciones
· Inscripción de aspirantes a la personería escolar
· Es el encargado de abrir y cerrar las elecciones
· Ser responsable de la labor de escrutinio final, junto con el comité electoral.
· Suministrar los materiales y elementos necesarios para las elecciones.
· Solucionar inconvenientes de estudiantes que no porten el carnet escolar
· Presentación a la comunidad estudiantil y toma de juramento al nuevo personero escolar
· Controlar el escrutinio
Candidaturas
Para la inscripción de una candidatura al cargo de Personero, se debe presentar:
· Hoja de vida del candidato.
· Plan de trabajo
· Lema de la campaña
· Tres (3) fotos recientes y un equipo de trabajo
ARTÍCULO 29º. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
Para todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo.
Sólo existirá una asociación de padres de familia por establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo.
La asamblea general de la asociación de padres es diferente de la asamblea general de padres de familia, ya que esta última está constituida por todos los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, pertenecientes o no a la asociación.
Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el consejo directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del consejo directivo.
En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio.
Finalidades de la Asociación de Padres de Familia
Las principales finalidades de la asociación de padres de familia son las siguientes:
· Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo.
· Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.
· Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.
· Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.
· Pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad.
· Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia, como apoyo a la función Pedagógica que les compete.
· Actualizar la personería jurídica.
· Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.
Manejo de los recursos de la asociación de padres
El patrimonio de la asociación de padres de familia y su gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo. Será administrado únicamente por la junta directiva de la asociación de acuerdo con los estatutos.
Esta designará al responsable del recaudo de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación quien, en ningún caso, podrá ser un directivo, administrativo o docente del establecimiento educativo. La junta directiva deberá entregar a sus afiliados al menos un informe semestral sobre su gestión académica, administrativa y financiera.
La Junta Directiva designará al responsable del recaudo y uso de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación de acuerdo con la planeación financiera establecida por la misma. El responsable de los aspectos financieros de la asociación deberá tener póliza de manejo.
Los bienes de la asociación de padres de familia que favorezcan a la formación de los educandos podrán ser puestos al servicio del establecimiento en los términos del acuerdo que se establezca entre la asociación y la dirección del establecimiento, en el cual se definan los mecanismos que permitan su uso, sostenimiento y mantenimiento.
Las cuotas extraordinarias serán de destinación específica y solo podrán exigirse si son aprobadas por las tres cuartas (3/4) partes de los asistentes a la asamblea general de asociados, convocada con la debida anticipación. En ningún caso, la asociación podrá establecer cuotas que no estén sustentadas en un plan de desarrollo y plan anual de caja.
Prohibiciones para las Asociaciones de Padres de Familia.
Les está prohibido a las asociaciones de padres de familia:
· Solicitar a los asociados o aprobar a cargo de éstos, con destino al establecimiento educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas, formularios, o cualquier forma de aporte en dinero o en especie, o imponer la obligación de participar en actividades destinadas a recaudar fondos o la adquisición de productos alimenticios de conformidad con lo establecido en la sentencia T-161 de 1994.
· Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales, adquirir uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios propios de la asociación o de miembros de ésta, o en aquellos con los que establezcan convenios.
· Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás organismos colectivos del establecimiento educativo, o aquellas propias de los organismos y entidades de fiscalización, evaluación, inspección y vigilancia del sector educativo.
· Organizar, promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o se practiquen juegos de azar.
· Los miembros de la junta directiva de la asociación de padres de familia no podrán contratar con la respectiva asociación. Tampoco podrán hacerlo sus padres, cónyuges o compañeros permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Junta directiva. Conformación:
Presidente
Vicepresidente
Secretario
Tesorero
Fiscal
2 vocales
Durante los primeros 30 días del año lectivo, cada curso que ofrezca la institución, elegirá un representante de los padres de familia o acudientes, con la asistencia de la mitad más uno de los afiliados, quienes se reunirán y elegirán cada uno de los dignatarios como lo señalan sus estatutos al igual que sus funciones.
Las funciones de la Junta, corresponden a las finalidades de la asociación.
Nuestra actual asociación
El 22 de noviembre de 2010 se dieron los primeros pasos para la conformación de una entidad sin ánimo de lucro, convocatoria realizada por el señor rector Humberto Betancourt Londoño.
A esta reunión asistieron 10 personas. De la cual se levantó el acta número 01.
El 04 de febrero del año 2011 por convocatoria del señor rector Ángel de Jesús Suarez, se realizó una convocatoria de padres de familia con el objeto de constituir una Entidad sin ánimo de lucro.
A esta convocatoria asistieron 34 personas.
En esta reunión se aprobó por unanimidad la voluntad de constituir la Asociación de padres de familia de la Institución Educativa de Castilla la Nueva. Se aprueban los estatutos.
La Asociación de padres de Familia está registrada ante Cámara y Comercio desde el 10 de marzo de 2011.
Tareas por realizar
Reformar estatutos ya que no se ajustan a la normatividad vigente especialmente al Decreto 1286 de 2005. Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos.
Para su funcionamiento se debe cumplir con la circular No. 015 de 2008.
ASUNTO: Actualización y legalización de la documentación para el funcionamiento de las Asociaciones de Padres de Familia.
Todo esto basado en recomendaciones de la Secretaria de Educación María Rosario Sanabria Dueñas, de fecha 5 de abril de 2011.
Asamblea General de padres de familia.
La asamblea general de padres de familia está conformada por la totalidad de padres de familia del establecimiento educativo quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos.
Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria del rector o director del establecimiento educativo.
ARTÍCULO 30º. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
El consejo de padres de familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.
Estará integrado por mínimo un (1) padre de familia por cada uno de los cursos que ofrézcala institución.
Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el rector o director del establecimiento convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el consejo de padres de familia.
La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por cursos, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.
Estructura y Funcionamiento del Consejo de Padres de Familia
Podrá organizar los comités de trabajo que guarden afinidad con el proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de trabajo de acuerdo con el rector. Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por el rector o director para tal fin.
El consejo de padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o director, o por derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.
Funciones del Consejo de Padres de Familia
Corresponde al consejo de padres de familia:
· Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.
· Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.
· Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
· Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
· Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.
· Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
· Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.
· Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
· Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
· Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del decreto 1260 de 2005.
· Darse su propia organización
El rector del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.
El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.
Elección de los Representantes de los Padres Familia en el Consejo Directivo
EL consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el rector o director del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros treinta días del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo. Los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional.
En todo caso los representantes de los padres ante el consejo directivo deben ser padres de alumnos del establecimiento educativo.
Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no podrán ser representantes de los padres de familia en el consejo directivo del mismo en que laboran.
ARTÍCULO 31º. COMITÉ CONSULTIVO
Constitución
· El rector
· Coordinadores de la sección secundaria
· Los docentes orientadores de las titulaciones
· Los docentes que orientan los programas de profundización de las áreas de la Educación Media Académica
· Un representante de los estudiantes de la media técnica y uno de la media académica
· Un representante de los padres de familia, elegido por el consejo de padres.
Funciones
· Analizar el entorno económico, político y social, así como su impacto sobre los establecimientos de educación media;
· Proponer políticas, programas y proyectos para el fortalecimiento de la educación y de sus relaciones con el sector empresarial dentro del marco ofrecido por la Ley 590 de 2000.
· Promover y fomentar dentro de las áreas académicas de la educación media, particularmente en las ciencias económicas y políticas, y emprendimiento, el espíritu empresarial .
· Contribuir al desarrollo de políticas municipales, distritales, locales y departamentales, para el acercamiento del sector Productivo de la región y la educación media;
· Promover con las autoridades regionales o municipales de educación, planes de apoyo a la educación por parte del sector productivo.
· Estimular las relaciones con otras instituciones, que le permitan al plantel mejorar su calidad de oferta.
· Analizar el rendimiento académico y el comportamiento de los estudiantes, durante el proceso de formación, con el objeto de proponer estrategias de alternativas de solución a situaciones planteadas.
· Escuchar al estudiante cuya situación académica o disciplinaria sea materia de análisis por parte del comité y a funcionarios que sean requeridos en situaciones particulares, previo seguimiento al plan de mejoramiento del docente y coordinador.
· Analizar los casos , que estén relacionados con cancelación e matricula.
· Recomendar a Rectoría el tipo de reconocimiento y estimulo, para los estudiantes en desempeño Superior en lo tecnológico y actitudinal.
· Propiciar el intercambio de experiencias pedagógicas, relacionadas con la orientación del proceso de enseñanza-aprendizaje-evaluación.
· Definir el cronograma, para la sensibilización de los empresarios co-formadores, sobre el proceso de orientación, seguimiento y valoración del estudiante en la etapa productiva.
· Sera elegido para el año lectivo.
ARTÍCULO 32º. COMITÉ DE CONVIVENCIA . Se crea según Resolución de Rectoría teniendo en cuenta la normatividad vigente
“Por la cual se crea el comité institucional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar”
CONSIDERANDO
1o. Que la ley 1620 del 15 de Marzo de 2013, en su artículo 12. Manifiesta que se debe conformar el comité escolar de convivencia.
2º. Que la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013, en su artículo 13. Determina las funciones del comité escolar de convivencia.
3º. Que la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013, en su artículo 17, establece las responsabilidades de los establecimientos educativos.
4º. Que la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013, en su artículo 18, establece las responsabilidades del rector en el sistema nacional de convivencia escolar.
5º. Que la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013, establece las responsabilidades de los docentes, creación de proyectos pedagógicos, complemento del manual de convivencia, de la participación de la familia.
Por lo anterior
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Conformar el comité escolar de convivencia. El comité escolar de convivencia estará conformado por:
El Rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
El personero estudiantil.
El docente-orientador.
Los coordinadores.
El presidente del consejo de padres de familia.
El presidente del consejo de estudiantes.
Los docentes que lideran procesos de convivencia escolar:
por la sección de bachillerato.
por la sección de preescolar.
por la sección de primaria.
ARTÍCULO SEGUNDO: Funciones del comité escolar de convivencia. Son funciones del comité:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación del establecimiento educativo a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de la comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo a lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del sistema y de la Ruta.
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los caos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
ARTÍCULO TERCERO: Responsabilidad de la Institución Educativa Henry Daniels en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades.
1) Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal del establecimiento escolar el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
2) Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la ley 1620.
3) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.
4) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
5) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.
6) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo
7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes
8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.
9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio
ARTÍCULO CUARTO: Responsabilidades del rector de la Institución Educativa en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:
1) Liderar el comité ,escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11',12 Y 13 de la presente Ley.
2) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
3) Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
4) Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.
ARTÍCULO QUINTO: Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades:
1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.
2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.
ARTICULO SEXTO: Proyectos Pedagógicos. Los proyectos a que se refiere el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 1620, deberán ser desarrollados en todos los niveles del establecimiento educativo, formulados y gestionados por los docentes de todas las áreas y grados, construidos colectivamente con otros actores de la comunidad educativa, que sin una asignatura específica, respondan a una situación del contexto y que hagan parte del proyecto educativo institucional.
Los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, que tienen como objetivos desarrollar competencias en los estudiantes para tomar decisiones informadas, autónomas, responsables, placenteras, saludables y orientadas al bienestar; y aprender a manejar situaciones de riesgo, a través de la negativa consciente reflexiva y critica y decir no a propuestas que afecten su integridad física o moral, deberán desarrollarse gradualmente de acuerdo con la edad, desde cada una de las áreas obligatorias señaladas en la Ley 115 de 1994, relacionados con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción humana, la salud sexual y reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las reflexiones en torno a actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la construcción cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como elementos fundamentales para la construcción del proyecto de vida del estudiante.
La educación para el ejercicio de los derechos humanos en la escuela implica la vivencia y práctica de los derechos humanos en la cotidianidad escolar, cuyo objetivo es la transformación de los ambientes de aprendizaje, donde los conflictos se asumen como oportunidad pedagógica que permite su solución mediante el diálogo, la concertación y el reconocimiento a la diferencia para que los niños, niñas y adolescentes desarrollen competencias para desempeñarse como sujetos activos de derechos en el contexto escolar, familiar y comunitario. Para esto, el proyecto pedagógico enfatizará en la dignidad humana, los derechos humanos y la aceptación y valoración de la diversidad y las diferencias.
En el currículo, el establecimiento educativo hacemos explícito el tiempo y condiciones destinadas a los proyectos, acorde con lo señalado en los artículos 76 a 79 de la Ley 115 de 1994 en relación con el currículo y planes de estudio.
PARÁGRAFO: En todos los casos se deberán respetar las garantías constitucionales en torno a los derechos fundamentales establecidos en el Titulo II Capítulo 1 de la Constitución Nacional.
ARTICULO SEPTIMO: Manual de convivencia: En el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, y además de lo establecido en el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, el manual de convivencia debe identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos.
El manual concederá al educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones, a los estudiantes, el manual les concederá un rol activo para participar en la definición de acciones para el manejo de estas situaciones, en el marco de la ruta de atención integral.
El manual de convivencia incluye la ruta de atención integral y los protocolos de que trata la ley 1620 de 2013.
Acorde con el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, el manual de convivencia define los derechos y obligaciones de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, a través de los cuales se rigen las características y condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que debe seguir el establecimiento educativo ante el incumplimiento del mismo. Es una herramienta construida, evaluada y ajustada por la comunidad educativa, con la participación activa de los estudiantes y padres de familia, de obligatorio cumplimiento en los establecimientos educativos públicos y privados y es un componente esencial del proyecto educativo institucional.
El manual de que trata el presente artículo incorpora además de lo anterior, las definiciones, principios y responsabilidades que establece la Ley 1620, sobre los cuales se desarrollarán los factores de promoción y prevención y atención de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.
ARTICULO OCTAVO: Participación de la familia. La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:
1) Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.
2) Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.
3) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
4) Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.
5) Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
6) Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
7) Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia de la Institución.
8) Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere la ley 1620, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en la Institución Educativa Castilla La Nueva del Municipio de Castilla La Nueva a los 11 días del mes de Marzo de 2014.
ARTÍCULO 33º. COMITÉ DE CALIDAD.
Es de apoyo al mejoramiento institucional.
El comité de calidad de apoyo al mejoramiento educativo de la Institución estará integrado por:
El rector
Las coordinadoras
Un docente de preescolar
Un docente de primaria
Un docente de secundaria
Un docente de la educación media.
Son objetivos del comité de calidad de apoyo al mejoramiento institucional los siguientes:
· Fortalecer las acciones dirigidas a la organización escolar y el trabajo científico metodológico para la formación integral de los estudiantes.
· Fortalecer el consejo académico, responsable de la organización, orientación pedagógica, ejecución y mejoramiento continuo del plan de estudios; así como de revisar y hacer ajustes al currículo, y participar en la evaluación institucional anual.
· Fortalecer la descentralización y la autonomía escolar.
Son funciones del comité institucional de apoyo al mejoramiento de la calidad educativa:
· Acompañar a la comunidad educativa en los procesos de evaluación institucional, diseño, ejecución y seguimiento de los planes de mejoramiento.
· Promover el alcance del horizonte institucional.
· Apoyar al consejo académico en el direccionamiento de los planes de estudio.
· Promover y apoyar en la organización de ambientes de aprendizaje apropiados.
· Promover el uso adecuado y articulado de los recursos para la enseñanza y el aprendizaje.
· Fortalecer el proceso de evaluación de todas las áreas de gestión.
· Promover el desarrollo personal y social de los agentes educativos
· Propiciar espacios de integración con los padres de familia y otras organizaciones comunitarias e interinstitucionales.
· Velar por la calidad de la formación de los estudiantes y la articulación con el mundo productivo o la educación superior.
· Socializar el plan de apoyo al mejoramiento institucional con el comité municipal de apoyo al mejoramiento para su acompañamiento y asesoría.
· Darse su propio reglamento.
ARTÍCULO 34º. REPRESENTANTE DE CURSO
El estudiante, deberá ser elegido en asamblea, dentro de los 30 días calendario siguiente a la iniciación del año lectivo escolar.
Funciones
· Velar por la disciplina de su grupo.
· Liderar la organización y desarrollo de las actividades propias del curso.
· Llevar el control de asistencia diaria. El primer día de clase de la semana, reclamar el formato de asistencia y devolverla el viernes al finalizar la jornada.
· Liderar la organización y funcionamiento del consejo de estudiantes.
· Representar al curso en los comités y reuniones que sea invitado.
· Colaborar con el control del libro PACTO DE AULA.
Perfil
· Demostrar buen comportamiento y relaciones interpersonales con quienes le rodean.
· Tener sentido de compromiso frente a sus deberes de estudiante
· Demostrar sentido de pertenencia por su institución
· Ser justo, colaborador y solidario.
CAPITULO IV
DEL CURRICULO Y DE LOS PLANES DE ESTUDIO
ARTICULO 35º. PERTINENCIA
El presente Plan de Estudios, tiene en cuenta las tendencias locales, regionales y nacionales del desarrollo académico, técnico y de productividad; que lidere la actual oferta de educación desde el grado de Transición hasta el grado 11º. Define las áreas estratégicas del desarrollo técnico, de formación y actualización requeridas para la competitividad y modernización del sistema educativo y productivo.
ARTÍCULO 36º. PLAN DE ESTUDIOS PARA LA EDUCACIÓN PREESCOLAR
NOMBRE DEL AREA / ASIGNATURAS
|
I.H.S
|
DIMENSIÓN COGNITIVA, Pre-matemáticas, informática, ciencias naturales, ciencias sociaes
|
6
|
DIMENSION COMUNICATIVA: Prelenguaje, inglés, lecto-escritura
|
6
|
DIMENSION SOCIOAFECTIVA
|
1
|
DIMENSIÓN ETICA: Ëtica y valores humanos, cívica y urbanidad
|
2
|
DIMENSIÓN ESPIRITUAL: Educación religiosa y moral
|
1
|
DIMENSIÓN ESTÉTICA: Artística y danzas.
|
2
|
DIMENSION CORPORAL : Educación Física Y recreación
|
2
|
TOTAL INTENSIDAD HORARIA SEMANAL
|
20
|
ARTÍCULO 37º. PLAN DE ESTUDIO PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA
NOMBRE DEL AREA / ASIGNATURAS
|
1º
|
2º
|
3º
|
4º
|
5º
|
ESPAÑOL Y LITERATURA, Lecto Escritura
|
5
|
5
|
5
|
5
|
5
|
INGLES
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
MATEMATICAS
|
4
|
4
|
4
|
4
|
4
|
Geometría y estadística
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
CIENCIAS NATURALES, educación ambiental, educación sexual
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
EDUCACION FISICA, Recreación y Deportes.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
CIENCIAS SOCIALES, Historia y geografía
Derechos Humanos
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
EDUCACION ARTISTICA
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
TECNOLOGIA E INFORMATICA, emprenderismo
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
EDUCACIÓN RELIGIOSA Y MORAL,
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS
competencias ciudadanas
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
TOTAL INTENSIDAD HORARIA SEMANAL
|
25
|
25
|
25
|
25
|
25
|
ARTÍCULO 38º. PLAN DE ESTUDIOS PARA LA EDUCACIÓN BASICA SECUNDARIA.
AREA
|
ASIGNATURA
|
6°
|
7°
|
8°
|
9°
|
HUMANIDADES
|
Español y literatura
|
6
|
6
|
6
|
6
|
Comprensión lectora
|
1
|
1
|
1
|
1
|
Inglés
|
4
|
4
|
4
|
4
|
MATEMATICAS
|
Matemáticas
|
5
|
5
|
5
|
5
|
Estadística
|
1
|
1
|
1
|
1
|
Geometría
|
1
|
1
|
1
|
1
|
CIENCIAS NATURALES
|
Biología , educación ambiental y Ciencia física
|
5
|
5
|
5
|
5
|
Química
|
1
|
1
|
1
|
1
|
CIENCIAS SOCIALES
|
Historia y geografía
|
4
|
4
|
4
|
4
|
Derechos humanos (cátedra Meta, cívica y urbanidad, afrocolombianidad y democracia
|
1
|
1
|
1
|
1
|
EDUCACION RELIGIOSA
|
Educación religiosa
|
1
|
1
|
1
|
1
|
EDUCACION ETICA
|
Educación ética , valores humanos y competencias ciudadanas.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
ARTES
|
Danza y teatro
|
1
|
1
|
1
|
1
|
Artes plásticas
|
1
|
1
|
1
|
1
|
EDUCACION FISICA
|
Educación física, recreación y deporte
|
3
|
3
|
3
|
3
|
TECNOLOGIA
|
Tecnología, informática y emprendimiento
|
2
|
2
|
2
|
2
|
PRETECNICAS
|
Producción agropecuaria
|
1
|
1
|
1
|
1
|
Asistencia administrativa
|
1
|
1
|
1
|
1
|
INTENSIDAD HORARIA SEMANAL
|
40
|
40
|
40
|
40
|
ARTÍCULO 39º. PLAN DE ESTUDIOS PARA LA EDUCACIÓN MEDIA ACADÉMICA Y MEDIA TÉCNICA.
AREA
|
ASIGNATURA
|
10º ACAD
|
10º TEC
|
11º ACAD
|
11º TEC
|
HUMANIDADES
|
Español y literatura
|
5
|
4
|
5
|
4
|
Inglés
|
4
|
3
|
4
|
3
|
MATEMATICAS
|
Matemáticas
|
5
|
4
|
5
|
4
|
Estadística
|
1
|
1
|
1
|
1
|
QUÍMICA
|
Química
|
4
|
4
|
4
|
4
|
FÍSICA
|
Física
|
4
|
3
|
4
|
3
|
CIENCIAS SOCIALES
|
Historia y geografía
|
2
|
1
|
2
|
1
|
Derechos humanos (cátedra Meta, cívica y urbanidad, afrocolombianidad y democracia
|
1
|
1
|
1
|
1
|
Ciencias políticas, económicas y constitución política
|
2
|
1
|
2
|
1
|
FILOSOFÍA
|
Filosofía
|
3
|
3
|
3
|
3
|
EDUCACION RELIGIOSA
|
Educación religiosa y moral
|
1
|
1
|
1
|
1
|
EDUCACION ETICA
|
Educación ética, valores humanos y competencias ciudadanas.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
ARTES
|
Danza y teatro
|
1
|
1
|
1
|
1
|
Artes plásticas
|
1
|
1
|
1
|
1
|
EDUCACION FISICA
|
Educación física, recreación y deporte
|
3
|
2
|
3
|
2
|
TECNOLOGIA
|
Tecnología, informática y emprendimiento
|
2
|
2
|
2
|
2
|
MODALIDAD TÉCNICA
|
Áreas de Formación técnica
|
|
7
|
|
7
|
INTENSIDAD HORARIA SEMANAL
|
40
|
40
|
40
|
40
|
ARTÍCULO 40º. PLAN DE ESTUDIOS PARA LA EDUCACIÓN DE ADULTOS
NOMBRE DEL AREA / ASIGNATURAS
|
CICLO III
|
CICLO IV
|
CICLO V
|
ESPAÑOL Y LITERATURA, Lecto Escritura
|
4
|
4
|
3
|
INGLES
|
2
|
2
|
1
|
MATEMATICAS Geometría y estadística
|
4
|
4
|
3
|
CIENCIAS NATURALES, educación ambiental, educación sexual
|
3
|
3
|
|
EDUCACION FISICA Y EDUCACIÓN ARTISTICA
|
1
|
1
|
1
|
CIENCIAS SOCIALES, Historia y geografía
Derechos Humanos
|
3
|
3
|
1
|
TECNOLOGIA E INFORMATICA, emprenderismo
|
2
|
2
|
2
|
QUIMICA
|
|
|
3
|
FILOSOFIA
|
|
|
2
|
CIENCIA FISICA
|
|
|
3
|
EDUCACIÓN ÉTICA, VALORES HUMANOS
Y EDUCACION RELIGIOSA
|
1
|
1
|
1
|
TOTAL INTENSIDAD HORARIA SEMANAL
|
20
|
20
|
20
|
Parágrafo. Español y literatura y el inglés son asignaturas que integran el área de humanidades en todo el plan de estudios.
ARTÍCULO 41º. LOS ITINERARIOS DE FORMACIÓN
El itinerario de formación para la educación media técnica en articulación con el SENA será el siguiente:
733410 PRODUCCION AGROPECUARIA
|
|
|
|
|
|
|
|
ETAPA LECTIVA
|
|
|
|
COMPETENCIAS A DESARROLLAR
|
|
|
|
|
|
|
|
CODIGO DENOMINACION
|
|
H
|
|
270401007 Acondicionar lote para siembra teniendo en cuenta los requerimientos técnicos.
|
|
80
|
|
270403023 Recepcionar la materia prima e insumos de acuerdo con las necesidades de producción.
|
|
20
|
|
2704010003 Ejecutar labores de mantenimiento, propagación, adaptación y crecimiento según recomendación técnica.
|
|
530
|
|
27043045 Recolectar las frutas y hortalizas de acuerdo a los requerimientos del mercado y norma técnica legal vigente.
|
|
50
|
|
270501003 Desarrollar labores pecuarias según manuales de calidad y procedimiento
|
|
640
|
|
240201500 Promover la interacción idónea consigo mismo, con los demás y con la naturaleza en los contextos laboral y social.
|
|
200
|
|
240201501 Comprender textos en inglés en forma escrita y auditiva
|
|
180
|
|
SUBTOTAL
|
|
1700
|
|
ETAPA PRODUCTIVA
|
|
480
|
|
TOTAL
|
|
2180
|
|
122121 ASISTENCIA ADMINISTRATIVA
|
|
|
|
|
|
|
ETAPA LECTIVA
|
|
|
COMPETENCIAS A DESARROLLAR
|
|
|
|
|
|
|
MODULO DE DOCUMENTOS EMPRESARIALES:
Producir los documentos que se originan de las funciones administrativas, siguiendo la norma técnica y la legislación vigente.
Duración: 280 Horas.
MODULO DE EVENTOS:
Organizar eventos que promuevan las relaciones empresariales, teniendo en cuenta el objeto social de la empresa.
Duración: 120 horas.
MODULO ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS:
Organizar la documentación teniendo en cuenta las normas legales y de la organización.
Duración: 120 horas.
MODULO SERVICIO AL CLIENTE:
Facilitar el servicio a los clientes internos y externos de acuerdo con las políticas de la organización.
Duración: 120 horas.
MODULO DE CONTABILIDAD:
Apoyar el sistema de información contable en concordancia con la normatividad.
Duración: 120 horas.
MODULOS TRANSVERSALES: ESTADÍSTICA:
Procesar la información de acuerdo con las necesidades de la organización.
Duración: 120 horas.
MODULO DE ÉTICA:
Promover la información idónea consigo mismo, con los demás y con la naturaleza en los contextos laboral y social.
Duración: 80 horas
ARTÍCULO 42º. LOS PROYECTOS TRANSVERSALES.
Cada proyecto transversal funciona por medio de un comité que actualizará cada año las competencias a desarrollar de acuerdo a las necesidades del entorno y al desarrollo de la temática, se hacen operativos desde cada una de las áreas contempladas en el presente plan de estudios.
Los proyectos transversales son:
Educación para la sexualidad.
Educación Medio Ambiental.
Seguridad escolar
Desarrollo de valores.
Utilización del tiempo libre.
ARTICULO 43º. LA JORNADA ESCOLAR.
La jornada escolar en la Institución Educativa Henry Daniels, para los grados de Educación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria, media académica y Media Técnica, y la jornada nocturna, se organiza como se detalla:
Períodos de clase. Cada periodo de clase tendrá una duración de 60 minutos, según la siguiente tabla del nivel escolar.
NIVEL DE EDUCACIÓN
|
HORAS SEMANALES
|
HORAS ANUALES POR GRUPO
|
HORAS SEMANALES POR DOCENTE
|
Preescolar
|
20
|
800
|
20
|
Básica Primaria
|
25
|
1.000
|
25
|
Básica Secundaria y media Académica
|
40
|
1.600
|
22
|
Media técnica
|
40
|
1.600
|
22
|
Asignación académica. Es el tiempo que distribuido en periodos de clase el docente dedica a la atención directa de sus estudiantes en actividades pedagógicas correspondientes a las áreas obligatorias y fundamentales y a las asignaturas optativas, los cuales concuerdan con el actual plan de estudio de la Institución Educativa Henry Daniels.
Horario Jornada escolar. El tiempo de permanencia de los estudiantes en el establecimiento esta dado de la siguiente manera:
Jornada de la mañana
Nivel Educativo
|
Hora inicial
|
Hora final
|
Descripción
|
PREESCOLAR
|
7.00 am
|
8:00 am
|
1 hora de clase
|
8:00 am
|
9:00 am
|
2 hora de clase
|
9:00 am
|
9:30 am
|
DESCANSO
|
9:30 am
|
10:30 am
|
3 hora de clase
|
10:30 am
|
11:30 am
|
4 hora de clase
|
PRIMARIA
|
06:30 am
|
07:30 am
|
1 hora de clase
|
07:30 am
|
08:30 am
|
2 hora de clase
|
08:30 am
|
09:30 am
|
3 hora de clase
|
09:30 am
|
10:00 am
|
DESCANSO
|
10:00 am
|
11:00 m
|
4 hora de clase
|
11:00 am
|
12:00 m
|
5 hora de clase
|
Jornada de la tarde
Nivel Educativo
|
Hora inicial
|
Hora final
|
Descripción
|
PREESCOLAR
|
12:30 pm
|
1:30 pm
|
1 hora de clase
|
1:30 pm
|
2:30 pm
|
2 hora de clase
|
2:30 pm
|
3:00 pm
|
DESCANSO
|
3:00 pm
|
4:00 pm
|
3 hora de clase
|
4:00 pm
|
5:00 pm
|
4 hora de clase
|
PRIMARIA
|
12:30 pm
|
1:30 pm
|
1 hora de clase
|
1:30 pm
|
2:30 pm
|
2 hora de clase
|
2:30 pm
|
3:30 pm
|
3 hora de clase
|
3:30 pm
|
4:00 pm
|
DESCANSO
|
4: 00 pm
|
5:00 pm
|
4 hora de clase
|
5:00 pm
|
6:00 pm
|
5 hora de clase
|
Jornada Única Básica secundaria y media
Hora inicial
|
Hora final
|
Descripción
|
6.30 am
|
7:30 am
|
1 hora de clase
|
8:30 am
|
9:30 am
|
2 hora de clase
|
9:30 am
|
10:00 am
|
Descanso
|
10:00 am
|
11:00 am
|
4 hora de clase
|
11:00 am
|
12:00 am
|
5 hora de clase
|
12:00 pm
|
1:00 pm
|
Almuerzo – sexto a octavo
|
12:30 pm
|
1:30 pm
|
Almuerzo – Noveno a once
|
1:00 pm
|
2:00 pm
|
6 hora de clase de sexto a octavo
|
12:00 pm
1:30 pm
|
12:30 pm
2:00 pm
|
6 hora de clase de noveno a once
|
2:00 pm
|
3:00 pm
|
7 hora de clase
|
3:00 pm
|
4:00 pm
|
8 hora de clase
|
ARTICULO 44º. LA JORNADA ESCOLAR DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DEL DECRETO 1850 PARA DOCENTES Y DOCENTES DIRECTIVOS
Las coordinaciones se distribuyen así:
1º. Luz Clemencia Soler: Coordinadora de la sección preescolar y básica primaria, en las jornadas mañana y tarde.
Horario: Distribuirá las 8 horas en atender ambas jornadas de lunes a viernes.
Un día inicia a las 6:30 a.m. y finaliza a las 2:30 p.m. y al día siguiente inicia a las 10:00 a.m. y finaliza a las 6:00 p.m.
2º. Fredy Alexander Sánchez: Coordinador pedagógico de la secundaria y media. Coordina la media técnica modalidad Asistencia administrativa y es el coordinador de la jornada única
Distribuirá las 8 horas laborales en atender la mañana y la tarde de la jornada única.
3º. José Bohórquez Nieto: Coordinador de convivencia y de talento humano de la secundaria y media. Coordina la media técnica modalidad Producción Agropecuaria.
Distribuirá las 8 horas laborales en atender la mañana y la tarde de la jornada única
4º. Diego Fernando Pineda Montoya: Desempeñara las funciones de docente orientador de preescolar, primaria, secundaria y media. En el horario de: 6:30 am a 2:30 pm. Los días jueves atenderá en la sede de primaria, 4 horas en la mañana y 4 horas en la tarde.
La jornada laboral para los docentes:
Para los docentes de preescolar de la jornada de la mañana es de 6:30 am a 12:30 pm.
Para los decentes de preescolar jornada de la tarde es de 12:00 m a 6:00 pm.
Para los docentes de primaria jornada de la mañana es de 6:30 am a 12:30 pm.
Para los docentes de primaria jornada de la tarde es de 12:00 m a 6:00 pm.
Para los docentes de secundaria y media su permanencia será de 30 horas semanales en la Institución y 22 horas de clase.
La jornada laboral de actividades complementarias: Que establece el decreto 1850. En lo referente a atención a padres, se realizará como a continuación se detalla.
Docentes de preescolar Jornada de la Mañana: miércoles de 12:30 a 1:30 pm.
Docentes de preescolar Jornada de la Tarde: miércoles de 11:00 a 12:00 m.
Docentes de primaria jornada de la mañana: miércoles de 12:30 a 1:30 p.m.
Docentes de primaria jornada de la tarde: miércoles de 11:00 a 12:00 m.
Los docentes que laboran en la jornada única de secundaria y media establecerán la atención a padres en horas libres y será una hora semanal.
PARÁGRAFO 1. Los directivos docentes citarán a reuniones en jornada contraria cuando lo consideren conveniente.
En las jornadas complementarias también se puede abordar las siguientes actividades:
Orientación académica y disciplinaria a estudiantes.
Organización de las actividades del cronograma institucional.
Actividades relacionadas con la utilización del tiempo libre.
Desarrollo de actividades asignadas en el desarrollo del P.E.I.
Planeación y organización de los proyectos transversales.
Preparar el desarrollo de las competencias y libros reglamentarios.
Reunión de pares para la preparación de las planeaciones estratégicas
Reunión de comités especiales de desarrollo de actividades.
PARÁGRAFO 2º. Cada docente elaborará su cronograma de Jornada Laboral Complementaria, cumpliendo con los parámetros anteriormente descritos y lo entregará a la Coordinación e igualmente será fijado en la cartelera de cada salón y llevará sus evidencias de todo lo actuado.
ARTÍCULO 45º. EL PLAN DE ÁREA.
Cada departamento de área que figure en el plan de estudios presenta su plan de área a más tardar en la segunda semana de Febrero, con los aspectos generales que a continuación se detallan:
I. Identificación
Se sugiere que contenga la siguiente información: Nombre de la Institución, nombre de los docentes que integran el equipo y el año, y el nombre del área con su grado.
II. Ubicación
Contiene: Dirección del establecimiento, barrio, municipio, departamento y país.
III. Diagnóstico del área
Describe los problemas del área.
1. Planteamiento de situaciones o preguntas problemáticas
2. Fomentan el desarrollo de las competencias básicas.
3. Fomentan la apropiación de las competencias transversales.
4. Evidencian la Transversalización de los proyectos pedagógicos y temas obligatorios.
5. Variedad y riqueza de actividades.
6. Se desarrollan utilizando esquemas, tablas, gráficas, lecturas, etc.
IV. Justificación
Es justificar la importancia del plan de estudios por área, del trabajo por competencias y la utilización de un modelo pedagógico.
V. Caracterización del área
Describa las principales características del área. Las asignaturas que la conforman, la intensidad horaria semanal de cada asignatura y del área en general.
VI. Objetivos
1. Objetivo general del área. (artículo 21, 22, 23 de la Ley 115/94)
2. Objetivos específicos por grado.
VII. Marco conceptual
Describa el marco conceptual en el que se fundamenta y se desarrolla el área.
1. Misión del área.
2. Visión del área
3. Fines de la Educación (Ley 115/94) concernientes al área
VIII. Estructura temática
Enumere por estándar y por competencias la estructura del área en el orden como se van a desarrollar durante el año escolar.
1. Estándares Curriculares del área por grado
2. Plan de aula por competencias (incluya los cuadros que hemos aprobado) por período
3. Principales actividades
4. Criterios de evaluación.
5. Plan de mejoramiento del área.
6. Proyecto pedagógico del área. Ejemplo matemática recreativa
IX. Metodología y estrategias
Contenidos.
1. Las actividades desarrolladas se encuentran acordes con las acciones del pensamiento.
2. Se encuentran redactadas de forma clara.
3. Los contenidos desarrollados se encuentran articulados con los estándares de calidad.
Actividades pedagógicas
1. Metodología de trabajo unificada por el equipo docente que integra el área.
2. Permite el fomento y desarrollo de competencias.
3. Explicita el saber-hacer
4. Se aplica clase a clase el modelo pedagógico
X. Recursos
Referencia el uso de material didáctico.
1. En la planeación aparecen determinados los recursos a utilizar.
2. Se evidencia el uso de distintos materiales didácticos para el abordaje de los contenidos.
XI. Criterios de evaluación
Criterios, procedimientos y evaluaciones
1. Existe en el área un plan especial de apoyo para estudiantes con dificultades en su proceso de aprendizaje.
2. Se desarrollan actividades de superación de dificultades.
3. Existe un banco de actividades diseñada por los docentes para estudiantes con dificultades.
XII. Incorporación de competencias
Estándares y competencias
1. Se encuentran redactados en los criterios de saber hacer
2. Se evidencia la aplicación de la temática en un contexto específico: cotidiano, de la ciencia o de otro.
3. Existe el diseño de situaciones problema o preguntas problema para evaluar los desempeños esperados.
Desempeños esperados e indicadores de competencia.
1. Las competencias se encuentran redactadas en el plan de trabajo.
2. Los criterios de desempeño se encuentran en el plan de trabajo.
3. Son fomentadas a través de las distintas actividades que se desarrollan en el área.
4. Los criterios de desempeño se encuentran en concordancia con la competencia a desarrollar.
Competencias e indicadores de competencia
1. Transversalización de proyectos reglamentarios se observa en la planeación.
2. La Transversalización de las cátedras se describe en las actividades planeadas.
3. Las competencias se encuentran explicitadas en la planeación.
Transversalización
1. Se evidencia planeación conjunta entre los docentes pares (del mismo grado o de la misma área)
2. Existe evidencia de la aplicación de evaluaciones con tipología PRUEBAS SABER
3. Se evidencia el análisis de los resultados de las pruebas internas por parte de los docentes.
4. El desarrollo de los contenidos se encuentra en concordancia con lo planeado.
5. Se incluyen gráficos, esquemas, tablas, lecturas en las pruebas aplicadas.
ARTÍCULO 46º. DE LA JORNADA NOCTURNA
Objetivo general.
El centro de educación de adultos de la Institución Educativa Henry Daniels del Municipio de Castilla funciona de acuerdo al Decreto Número 3011 del 19 de Diciembre de 1997.
Objetivos específicos.
Ofrecer la educación básica primaria en los ciclos I (primero, segundo y tercero) y el ciclo II (grados cuarto y quinto)
Ofrecer la educación básica secundaria en dos ciclos, el ciclo III (para los grados 6º. Y 7º.) y el ciclo IV (para los grados 8º. Y 9º.)
Prestar el servicio educativo de la educación media académica en dos períodos que se integran en dos ciclos, el ciclo V para los grados 10º. En el primer semestre y el ciclo VI en el segundo semestre para estudiantes de 11º.
Garantizar la formación educativa a los adultos que por diversos motivos están por fuera del sistema educativo.
Elevar la legitimidad y credibilidad de la institución educativa pública frente a la comunidad a través del fortalecimiento de proyectos prioritarios que satisfacen necesidades de la comunidad.
Cumplir con las políticas educativas de la Secretaria de Educación sobre disminución del analfabetismo adulto y el plan de educación inclusiva.
Marco legal
El Decreto 3011 del 19 de Diciembre de 1997 en su Artículo 1º. Establece que la educación de adultos hace parte del servicio público educativo y se regirá por lo dispuesto en la Ley 115, el Decreto 1860 y Decreto 114 de 1996.
En el artículo 4º tiene como uno de sus propósitos: “d. Propiciar oportunidades para la incorporación de jóvenes y adultos en procesos de educación formal, no formal e informal destinados a satisfacer intereses, necesidades y competencias en condiciones de equidad”.
El artículo 10º. La educación básica y media de adultos podrá ser ofrecida por los establecimientos de educación formal estatales y privados, de que trata el artículo 85. de la Ley 115 de 1994, mediante programas educativos estructurados en ciclos lectivos regulares o especiales integrados dentro de su proyecto institucional, en jornada escolar nocturna.
En el artículo 18: Dice que las instituciones educativas que ofrezcan este servicio, podrán programar las actividades pedagógicas con la intensidad horaria semanal y diaria que determine el correspondiente plan de estudios ya sea en jornada diurna o nocturna.
El Artículo 21º. Los ciclos lectivos especiales integrados se organizarán de tal manera que la formación y los logros alcanzados tengan las siguientes correspondencias con los ciclos lectivos regulares de la educación básica:
1. El primer ciclo, con los grados primero, segundo y tercero
2. El segundo ciclo, con los grados cuarto y quinto
3. El tercer ciclo, con los grados sexto y séptimo
4. El cuarto ciclo, con los grados octavo y noveno.
Artículo 23º. La educación media académica, se ofrecerá en dos (2) ciclos lectivos especiales integrados. El ciclo lectivo especial integrado de la educación media académica corresponde a un grado de la educación media formal regular y tendrá una duración mínima de veintidós semanas lectivas.
Se propone para la educación media académica, el ciclo V y ciclo VI (para 10º. Y 11º.) 40 semanas de lunes a viernes cuatro horas diarias nocturnas.
Organización para la prestación del servicio educativo
El centro de educación de adultos de la Institución Educativa Henry Daniels, ofrecerá el servicio de educación de adultos desde el ciclo I hasta el ciclo V a través de la modalidad personalizada semipresencial, con una duración de 40 semanas anuales, con la siguiente estructura metodológica:
a. Taller en el cual se explica el módulo de estudio sobre la educación personalizada en la modalidad semipresencial.
b. Servicio de tutorías de los docentes que orientarán cada una de las áreas de los ciclos III, IV y V de 6:00 p.m. a 10:15 p.m. de lunes a viernes durante 40 semanas de clase.
c. Servicio de consulta en la biblioteca, utilización de las salas de sistemas y de bilingüismo de la Institución.
d. Desarrollo de asesorías, trabajos grupales, trabajos individuales y desarrollo de guías y módulos.
e. Implementar el servicio de educación de adultos de la educación media académica y ofrecerlo en dos ciclos lectivos integrados, a las personas que hayan obtenido el certificado de estudios de bachillerato básico que acrediten haber culminado el noveno grado de la educación básica o a las personas de 18 años o más que acrediten haber culminado noveno grado de la educación básica
f. Se ofrecerá un plan de estudios integrado entre los dos ciclos de la media y cada tutor orientará un área, que corresponda al ciclo V.
g. Los estudiantes del ciclo V prestaran el servicio social obligatorio de 80 horas como establece la normatividad vigente y como requisito de grado.
Evaluación y promoción
La evaluación y promoción será por competencias e indicadores de desempeño, que serán adoptados para cada ciclo especial integrado, atendiendo las necesidades de aprendizaje y las características de la población del Municipio de Castilla La Nueva.
Se regirá por el Decreto 1290 del 2009, y normas reglamentarias del Ministerio de Educación Nacional vigentes, de la secretaria de Educación Departamental y los parámetros establecidos por la Institución Educativa.
ARTÍCULO 47º. DEL SERVICIO DE INTERNADO. Se incluyen los parámetros establecidos en las reuniones entre los funcionarios de la Secretaria de Educación Departamental y los rectores con servicio de internado. La Secretaria próximamente expedirá una resolución.
Por la cual se establecen los lineamientos para la prestación del servicio de Internado en los Establecimientos Educativos Oficiales autorizados y administrados por el Departamento del Meta y se dictan otras disposiciones.
CONSIDERANDO:
Que el servicio de Internado en los Establecimientos Educativos Oficiales autorizados y administrados por el Departamento del Meta, es una estrategia de cobertura y permanencia para la población en edad escolar habitante del área de influencia de cada una de las sedes de los establecimientos educativos y que está por fuera del sistema educativo, por causas asociadas a la dispersión poblacional, la ruralidad, el desplazamiento forzado y el contexto socioeconómico generado por el conflicto armado.
Que es necesario establecer lineamientos para la prestación del servicio de internado en los Establecimientos Educativos Oficiales autorizados y administrados por el Departamento del Meta, que reglamenten la autorización, operación, control y vigilancia, como una estrategia de cobertura y permanencia adicional al derecho constitucional del servicio educativo y está dirigida a población en edad escolar con características específicas.
Que por lo expuesto,
RESUELVE:
CAPITULO I.
CONCEPTOS BÁSICOS
ARTICULO PRIMERO. OBJETIVO: Establecer los lineamientos para la prestación del servicio de internado en los Establecimientos Educativos Oficiales autorizados y administrados por el Departamento del Meta.
ARTICULO SEGUNDO. LINEAMIENTOS: Normas generales que reglamentan la autorización a los Establecimientos Educativos Oficiales administrados por el Departamento del Meta, para la prestación del servicio de internado, su operatividad, control y vigilancia en el marco de la constitución y las leyes.
ARTICULO TERCERO. SERVICIO DE INTERNADO: Es una estrategia de cobertura y permanencia, adicional al derecho constitucional a la educación, que contempla hospedaje, alimentación y tutoría a los estudiantes internos, dirigida a la población en edad escolar que esta por fuera del sistema educativo, por causas asociadas a la dispersión poblacional, la ruralidad, el desplazamiento forzado y el contexto socioeconómico generado por el conflicto armado y que son habitantes del área de influencia de cada una de las sedes de loes establecimientos educativos oficiales autorizados y administrados por el Departamento del Meta.
CAPITULO II.
DE LOS OBJETIVOS GENERALES DEL SERVICIO DE INTERNADO
1. Proporcionar el servicio de Internado a la población en edad escolar habitante del área de influencia de cada una de las sedes de los establecimientos educativos oficiales administrados y autorizados por el Departamento del Meta y que está por fuera del sistema educativo, por causas asociadas a la dispersión poblacional, la ruralidad, el desplazamiento forzado y el contexto socioeconómico generado por el conflicto armado.
2. Disminuir la tasa de deserción y analfabetismo e incrementar la tasa de retención y promoción.
3. Fortalecer el desarrollo integral de la población escolar objetivo del servicio de internado y contribuir a su estabilidad psicosocial, generando alternativas viables para su proyecto de vida. Se deben utilizar estrategias múltiples capaces de dar respuesta a las problemáticas identificadas en lo individual y colectivo.
4. Orientar las propuestas académicas de los Establecimientos Educativos Oficiales que prestan el servicio de internado hacia actividades productivas que fortalezcan el arraigo y los valores regionales a partir de proyectos que generen ingresos y empresarismo.
5. Fomentar espacios de integración entre la familia, los estudiantes, tutores y docentes, para fortalecer los vínculos institucionales y de la familia, en términos de la corresponsabilidad en la formación de los estudiantes y convivencia armónica en el marco de un contexto axiológico funcional aportante a los proyectos de vida de los estudiantes.
6. Promover programas de aprovechamiento del tiempo libre de manera productiva, creativa y de respeto y conservación del entorno.
7. Ofrecer alimentación escolar de acuerdo con la minuta patrón aprobada, para cada una de las modalidades de la ración en caliente, garantizando que los alimentos que consumen diariamente cumplan con el aporte nutricional requerido según la edad de los estudiantes.
8. Ofrecer servicio de hospedaje de forma digna, acatando para ello las disposiciones de espacio vital individual, condiciones mínimas de dotación de dormitorio, higiene personal, aseo de los elementos, ropa y de los espacios de dormitorio, baños y espacios de lavado de ropa. Será responsabilidad de todos los usuarios del internado mantener estas condiciones de conservación, mantenimiento e higiene.
9. Ofrecer servicio de tutoría para responder integralmente por el cuidado de los estudiantes en calidad de internos desde la finalización de la jornada escolar hasta el inicio de la misma al siguiente día. Allí deben estar incluidas, entre otras las actividades: Orientación pedagógica a las tareas escolares, manejo productivo del tiempo libre, vigilancia para cumplimiento de deberes y goce pleno del descanso.
ARTICULO CUARTO. BENEFICIARIOS DEL SERVICIO DE INTERNADO: Los beneficiarios del servicio de internado son las personas que están edad escolar, habitantes del área de influencia de cada uno de los establecimientos educativos oficiales administrados y autorizados, pertenecer a las franjas de población de las zonas de influencia y deben reunir como mínimo los siguientes requisitos:
1. Los aspirantes deben estar en un rango de edad entre los 9 y 17 años.
2. Personas con domicilio en el área de influencia donde se encuentra ubicado el establecimiento educativo que por su distancia o ruralidad amerite brindarle el servicio.
3. Preferencialmente pertenecientes a los estratos socioeconómicos uno (1) y dos (2).
4. Que pertenezca a franjas de población vulnerable económicamente, víctima o perteneciente a núcleos familiares con desplazamiento forzado.
5. Académicamente debe ser un estudiante con rendimiento académico ejemplar. Caso contrario perderá el derecho al servicio de internado.
PARÁGRAFO: Cada establecimiento educativo se reserva el derecho de admisión de personas en edad escolar y permanencia de estudiantes debidamente matriculados en el servicio de internado, de acuerdo con las condiciones que establezca de manera explícita en su Manual de Convivencia.
CAPITULO III.
DE LA OPERACIÓN DEL SERVICIO DE INTERNADO
ARTICULO QUINTO. OPERACIÓN DEL SERVICIO DE INTERNADO: La operación del servicio de interno se entiende como la administración integral de manera adecuada y oportuna del servicio de hospedaje, alimentación y tutoría, para los estudiantes que han sido admitidos de acuerdo con los requisitos establecidos. Los procesos administrativos, financieros y contables deben estar ajustados a las normas legales vigentes sobre las materias. Los responsables directivos de la operación del servicio de internado son:
1. La Secretaría de Educación del Meta, en el marco de sus competencias y funciones.
2. El personal directivo docente, docente, administrativo y operativo de los establecimientos educativos autorizados y administrados por el gobierno departamental.
3. La administración municipal donde esté ubicada el establecimiento educativo.
4. Los padres o responsables del cuidado de los estudiantes.
5. Los estudiantes beneficiarios del servicio de internado.
PARÁGRAFO: En el Manual de Convivencia de cada establecimiento educativo autorizado para brindar el servicio de internado quedarán de manera explícita las competencias, funciones y deberes de cada uno de los responsables de la operación del servicio de internado enunciados en el presente artículo.
CAPITULO IV.
DEL CONTROL Y VIGILANCIA DEL SERVICIO DE INTERNADO
ARTICULO SEXTO. CONTROL Y VIGILANCIA DEL SERVICIO DE INTERNADO: El control y vigilancia son las acciones que ejercen las instancias y competentes, con base en normas y procedimientos establecidos que en suma deben garantizar la adecuada prestación del servicio.
1. El Consejo Directivo del establecimiento educativo, con base en sus competencias y funciones.
2. El Subcomité de cobertura para la administración del servicio de internado en los establecimientos educativos del Meta, de acuerdo con sus competencias y funciones.
3. El Comité de Cobertura de la Secretaría de Educación del Meta, con base en sus competencias y funciones.
4. El Comité técnico de supervisión educativa, de acuerdo con sus funciones.
ARTICULO SEPTIMO. COMPETENTES PARA EJERCER CONTROL Y VIGILANCIA DEL SERVICIO DE INTERNADO: Los Competentes responsables de ejercer control y vigilancia para la adecuada prestación del servicio de internado son:
1. El Rector(a) Director(a) del establecimiento educativo, con base en las competencias y funciones.
2. El Director o Directora de Núcleo de Desarrollo Educativo o quien haga sus veces, de acuerdo con sus competencias y funciones.
3. El Gerente de Cobertura de la secretaría de Educación, de acuerdo con sus competencias y funciones.
4. El Secretario(a) de educación del Meta, de acuerdo con sus competencias y funciones.
ARTICULO OCTAVO. NORMAS Y PRECEDIMIENTOS PARA EJERCER CONTROL Y VIGILANCIA DEL SERVICI DE INTERNADO: Las Normas y procedimientos para ejercer control y vigilancia para la adecuada prestación del servicio de internado son:
1. Las Normas básicas a tener en cuenta son:
1.1 La Constitución, las leyes y demás normas vigentes sobre la materia.
1.2 La presente Resolución y las disposiciones que sobre la materia expida la secretaría de Educación del Meta y/o Ministerio de educación Nacional.
1.3 El Manual de Convivencia de cada Establecimiento educativo.
2. Los procedimientos a aplicar son:
2.1 Los establecidos por el ordenamiento constitucional y legal.
2.2 Los establecidos en la presente Resolución, normas que la complementes o sustituyan.
2.3 Los establecidos en el Manual de Convivencia de cada establecimiento educativo aprobado por la Secretaría de Educación del Meta.
2.4 Los que deban adoptarse de manera extraordinaria en situaciones imprevistas en los establecimientos educativos. Estos procedimientos quedan sujetos a control de legalidad por parte de la secretaría de Educación del Meta.
PARÁGRAFO: Las normas y procedimientos para ejercer control y vigilancia del servicio de internado, no pueden omitir o sustituir el marco normativo constitucional y legal, regulaciones universales sobre derechos humanos; igualmente, no podrán obstruir las acciones que por competencia les están asignadas a las entidades de control del estado.
CAPITULO V.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO NOVENO. RESPONSABILIDADES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES, TUTORES DE INTERNOS Y DOCENTES: La presente Resolución establece responsabilidades generales para el personal que está en contacto directo y cotidiano con los estudiantes que son beneficiarios del servicio de internado, contempladas con algunas otras que en cada establecimiento educativo deban adoptarse para garantizar la adecuada prestación del citado servicio.
ARTICULO DECIMO. LOS DIRECTIVOS DOCENTES: El Rector(a) o Director(a), como la principal autoridad administrativa del Establecimiento educativo, además del ejercicio adecuado de sus competencias y funciones, debe lograr: Las demás que se establezcan en el establecimiento educativo de acuerdo con las funciones de Docente encaminadas a la atención de los beneficiarios del servicio de internado.
ARTICULO UNDÉCIMO. LOS COSTOS DEL SERVICIO DE INTERNADO: Los costos a sufragar por parte de los padres o responsables de los estudiantes beneficiarios del servicio de internado, serán tasados y fijados anualmente mediante acto administrativo expedido por la Secretaría de Educación del Meta.
ARTICULO DUODECIMO. LOS SERVICIOS ADICIONALES DE BINESTAR: Los servicios adicionales prestados por los establecimientos educativos oficiales a los estudiantes beneficiarios del servicio de internado, deben estar contemplados en el proyecto presentado a la Secretaría de Educación del Meta con la respectiva escala de costos, para ser aprobados por el comité de cobertura.
ARTICULO DECIMO TERCERO. APLICACIÓN: Los conceptos, normas, principios. Procedimientos y todo lo contemplado en la presente Resolución deberá ser incorporado en el Proyecto Educativo Institucional, Manual de Convivencia y demás documentos que reglamenten el servicio de internado en los establecimientos educativos autorizados y administrados por el Departamento del Meta.
ARTICULO DECIMO CUARTO. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, expresamente la Resolución 1028 de 2004.
CAPITULO V
DE LA IMAGEN CORPORATIVA
ARTÍCULO 48º. LA BANDERA
De forma rectangular cuyo largo es el doble de su ancho, dividido en tres franjas horizontales iguales:
· La primera de color verde, significa el compromiso institucional de cuidar y preservar el medio ambiente.
· La segunda de color blanco que simboliza la paz que reina en nuestro municipio y en el centro lleva el escudo de nuestra institución.
· La tercera franja de color amarillo simboliza la riqueza de nuestra INSTITUCION EDUCATIVA, representada en los valores y la calidad de sus estudiantes, docentes, y padres de familia de las sedes: Primaria, Preescolar y Bachillerato, así como la granja escolar, el internado y la planta física.
ARTÍCULO 49º. EL ESCUDO
El escudo consiste en un óvalo dividido horizontalmente en dos franjas.
En la franja superior aparece un sol naciente en forma de triángulo cuyo propósito es iluminar cuanto lo rodea.
A su derecha una llama olímpica símbolo del deporte.
A su izquierda tres aros entrelazados símbolo de la unidad.
En la parte superior del triángulo un libro abierto fuente de sabiduría.
En la franja inferior aparecen símbolos de importantes renglones de la economía de nuestro municipio: El maíz, el arroz, y el petróleo.
El fondo simboliza la diversidad de fuentes hídricas, el oxígeno que respiramos y la fertilidad del suelo castellano que están representados por los colores azul y verde.
El óvalo lleva en la parte superior una cinta negra que en letras doradas dice: “INSTITUCION EDUCATIVA” y en la parte inferior una cinta con las mismas características que dice. “HENRY DANIELS”
ARTÍCULO 50º. LEMA DE LA INSTITUCIÓN. “CULTIVANDO CALIDAD HUMANA”
ARTÍCULO 51º. EL HERALDO INSTITUCIONAL.
Se utiliza como símbolo de identificación que otorga sentido de pertenencia a nuestra Institución Educativa Henry Daniels.
Está formado por el escudo de la institución y de fondo los colores de la bandera de 1:15 de alto por 1 metro de ancho con el lema de la institución debajo del escudo. Confeccionado en satín fino doble con el escudo de la institución bordado, posee penachos sostenidos en tubos y su respectiva asta para ser sostenido.
ARTICULOCULO 52º. ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL
CAPITULO VI
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 53º. LAS IZADAS DE BANDERA.
Las Izadas del pabellón Nacional se realizarán en el plantel en las fechas determinadas por el consejo académico y aprobado por el consejo directivo.
Las izadas se realizarán dentro del marco reglamentario siguiente:
· La programación mensual y de fechas especiales estarán a cargo de un profesor o un grupo de docentes y un curso y contendrá:
· Los alumnos que izarán el pabellón Nacional, uno por cada curso y que sobresalga entre los demás estudiantes por haber demostrado calidades intelectuales, morales y cívicas.
· Lecturas, muestras literarias, carteleras, palabras alusivas a temas de actualidad que tengan interés local, departamental, nacional o internacional.
· La izada de bandera es un acto que reviste seriedad y solemnidad por lo tanto, se realizarán todas las actividades del plantel con profesores, alumnos y directivos.
· El alumno designado para izar el pabellón Nacional lo hará a los acordes del Himno Nacional, del departamento del Meta y Municipio.
· Las órdenes de mando estará a cargo del Director del grado que realiza la programación.
ARTICULO 54º. JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA.
Cuando el estudiante falte sin previo aviso, la inasistencia deberá ser justificada tan pronto como se reintegre dentro de un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles.
· Si es por enfermedad grave, mediante certificado médico de incapacidad.
· En los demás casos, mediante excusa escrita firmada por el Padre de Familia o Acudiente, dirigida al Coordinador de la jornada.
PARAGRAFO 1º. El Coordinador podrá requerir la presencia del Padre de Familia o Acudiente para verificar la autenticidad de las excusas escritas.
PARAGRAFO 2º. Las evaluaciones pendientes, por inasistencia justificada, serán presentadas dentro de los cinco (5) días siguientes al día en que se reciba la autorización de la Coordinación.
PARAGRAFO 3º. De las inasistencias no justificadas, la Coordinación avisará, dentro de los tres (3) días siguientes al padre de familia o acudiente.
ARTICULO 55º. ACTIVIDADES.
La Institución Educativa organizará, o permitirá actividades tales como: jean day, espectáculos, bazares y bailes cuando estas actividades sean para beneficio de la institución, excepto para salidas de estudio tendrán la aprobación expresa de la rectoría.
ARTICULO 56º. SALIDAS DE ESTUDIO.
Las salidas de estudio podrán programarse de acuerdo con las siguientes pautas:
· Deben estar incluidas en el plan de área.
· Presentación del proyecto según formato institucional a la coordinación 30 días antes de desarrollarse la actividad.
· La salida de estudio deberá realizarse dentro del calendario académico y bajo la tutela académica y de comportamiento de los profesores responsables del proyecto.
· Cualquier falta de comportamiento durante la realización de la salida de estudio será considerada como si se hubiera cometido en el plantel y, por lo tanto, se sancionará de acuerdo con las normas establecidas en el presente documento.
· De toda salida de estudio, se presentará un informe escrito individual desarrollando el plan de sesión que para el efecto se haya asignado.
· Para las salidas de estudio fuera del departamento se utilizará empresas de transporte y turismo que guíen con seriedad y profesionalismo a todo el grupo y ofrezcan garantías de seguridad. Además del seguro contra accidentes que pueda ofrecer la empresa de transporte, los estudiantes que sean autorizados para la salida de estudio deberán anexar fotocopia del seguro contra accidentes adquirido por el padre de familia.
· La financiación de la salida de estudio será asumida por cada padre de familia.
· La no asistencia a la salida de estudio no implica sanción académica.
· Para la administración de los fondos que se recolecten con este propósito, se creará un comité conformado por el profesor del área quién actuará como ordenador, un padre de familia como fiscal, un estudiante como tesorero. Este comité deberá rendir informe a los padres del grado.
ARTÍCULO 57º. ACTIVIDADES INSTITUCIONALES.
Se Institucionalizan las siguientes actividades para realizarse prioritariamente cada año y por estar institucionalizadas cuentan con el apoyo económico y logístico institucional:
English festival
Un día deportivo cada semestre
Festival de los valores ( Ética, religión y Valores)
El Foro filosófico
La semana por la Paz
La semana bíblica
Días de la ciencia y de cada una de las áreas del plan de estudios
Gastronomía y cultura colombiana.
Festival de Atletismo.
Llanero y llaneridad.
Los respectivos departamentos deberán tener estas actividades en su plan de área y radicar el proyecto en el mes de octubre para presupuestarlo para el año siguiente.
Las fechas, el análisis y el seguimiento de estos proyectos se harán con los docentes y los directivos.
ARTICULO 58º. EL ENGLISH FESTIVAL
El idioma Inglés se ha venido proyectando como el idioma universal, por esta razón se ve involucrado en todos los aspectos del proceso de desarrollo de los educandos de nuestra institución. Basados en esta idea proponemos que el aprendizaje del mismo no puede ser limitado a las actividades que se realizan en un salón de clase y que, además, debe ser un proceso natural, espontáneo, diferente que sea significativo para los educandos.
Nuestro proyecto, English Festival, se realiza con el fin de brindar a los estudiantes un espacio diferente en el cual ellos y ellas puedan disfrutar del aprendizaje del inglés como lengua extranjera a través de la exploración y practica de sus propias habilidades para la música y el canto.
Además, es una excelente oportunidad para que como comunidad educativa nos mostremos ante la sociedad, y que mejor excusa que reunirnos con representantes de otras instituciones para compartir el interés por el aprendizaje de un idioma, que incluye la exploración de una cultura con diferencias marcadas que enriquecen el proceso de enseñanza aprendizaje del inglés.
De acuerdo con nuestro enfoque pedagógico de nuestra institución, debemos brindar espacios lúdicos y recreativos que le brinden al educando la posibilidad de obtener un aprendizaje significativo, es decir, para toda la vida y no un aprendizaje a corto plazo.
Centrándose en el aspecto musical, es un factor atractivo para los educandos ya que se les da la posibilidad de escoger a su gusto la música y obviamente la canción; con la cual quieren participar. Este es un factor que motivará a los niños y jóvenes, pues se sentirán 100% identificados y motivados con nuestro Festival, siendo la motivación un estado actitudinal que beneficia los procesos de enseñanza aprendizaje.
Objetivo general:
Mejorar y fortalecer la formación integral de los educandos pertenecientes a la Institución Educativa Henry Daniels, a través de la expresión artística- musical y de la competencia lingüística.
Objetivos Específicos
· Fortalecer los buenos comportamientos de los estudiantes a través del desarrollo musical.
· Fomentar las actividades artísticas dentro de la Institución Educativa Castilla La Nueva.
· Promover los aspectos culturales y sociales dentro de la Institución Educativa Henry Daniels.
· Trabajar un repertorio que permita a los estudiantes reforzar los contenidos tratados en el área de inglés, como a su vez pulir las destrezas artísticas en la decoración del evento.
ARTÍCULO 59º. DIAS DEPORTIVOS
En cada semestre se realizará un día deportivo, que incluye realización de actividades deportivas, lúdicas y recreativas, ejercitación física, se realizaran actividades por categorías y por grados. Este día deportivo lo lideran los docentes de Educación física quienes entregaran la programación con suficiente anticipación para la vinculación activa del cuerpo docente y el conocimiento de los estudiantes. Se debe incluir en la programación la participación de los padres de familia
ARTÍCULO 60º. DIAS CULTURALES
En cada semestre se realizará un día cultural, que incluye las manifestaciones y expresiones artísticas y culturales tanto nacionales como regionales, se realizaran concursos, centros literarios. Los docentes de castellano y artes lideraran estos días culturales y entregaran la programación con suficiente anticipación para socializarla y asegurar las responsabilidades del cuerpo docente y para conocimiento de los estudiantes. Se debe incluir la participación de los padres de familia.
ARTÍCULO 61º. EL FORO FILOSÓFICO
Es un espacio para la disertación donde los estudiantes preparan tópicos escogidos o seleccionados y realizan la exposición frente a la comunidad educativa.
Se invitan profesionales expertos para que sirvan de jurado y validan las propuestas presentadas. Y hacen una disertación especializada de un tema filosófico escogido.
ARTÍCULO 62º. GASTRONOMIA Y CULTURA COLOMBIANA
La gastronomía no es algo distinto de la sociedad, al contrario hace parte esencial de una identidad cultural que se ejerce desde los comienzos mismos de la humanidad. Aunque es cierto que los tipos de climas, terrenos y espacios geográficos determinan la producción de un determinado producto, así mismo, se da por esencia los diferentes tipos de alimentos que el hombre se adapta y en el caso de los cultivos, los logra domesticar y dimensionar como parte de su alimento.
Gastronomía y cultura colombiana es un proyecto del Departamento de Ciencias Sociales a diez años, en donde se busca enaltecer el trabajo de los campesinos colombianos y la importancia de la mujer en la preparación y proceso de los diferentes platos , dándole una identidad propia, que se ha mantenido a través del tiempo.
Esta actividad como es la génesis del proyecto con “COLOMBIA DULCE” en el año 2009, y la segunda versión con “ARROZ COLOMBIA”, apunta a partir de allí en convertirlo en un proyectos institucional realizando la tercera versión, en donde se resalta la importancia que ha tenido el maíz en la gastronomía colombiana y como identidad a nivel mundial.
El rescate de los valores de familia y las tradiciones colombianas hacen parte de un gran objetivo como la grandeza del campesino en Colombia, en el desarrollo de identidad y sentido de pertenencia que deben tener nuestros estudiantes de la institución educativa.
En torno a la actividad gastronómica se crea en ellos compañerismo, cooperación mutua y verdaderos lazos de amistad, muy importantes en la sociedad del nuevo milenio.
Estamos motivando a nuestros estudiantes, padres de familia, docentes y directivos en el tren gastronómico como parte esencial dentro de la cultura de los pueblos, en donde además se proyecta el desarrollo de competencias ciudadanas, laborales y empresariales.
ARTÍCULO 63º. LA SEMANA POR LA PAZ Y SEMANA BIBLICA
Los docentes responsables diseñaran las actividades específicas y se tendrá en cuenta los lineamientos municipales, departamentales y nacionales.
ARTÍCULO 64º. DIAS DE LA CIENCIA, LAS ÁREAS Y LA TECNOLOGÍA
Son dos días que generalmente se realizan en el mes de octubre y que la secretaria de educación solicita a las instituciones que coincida con la semana de la ciencia a nivel departamental. Todas las áreas incluidas en el plan de estudios presentan sus trabajos desarrollados en el transcurso del año y en el desarrollo de sus estándares y competencias.
ARTICULO 65º. EL SERVICIO SOCIAL ESTUDIATIL
Según el artículo 97 de la Ley General de Educación los estudiantes desde el grado 10º. Prestarán un servicio social obligatorio de acuerdo con el artículo 39º del Decreto 1860 de 1994 que tiene el propósito principal de integrarse a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que lleva a cabo y desarrollar valores de solidaridad y conocimientos del educando respecto a su entorno social.
Será liderado por el docente del área de formación en ciudadanía, o por los docentes que asuman dicha orientación y los directivos.
Los programas podrán ser ejecutados en forma conjunta con entidades gubernamentales y no gubernamentales, especializadas en la atención a las familias y comunidades.
Orientaciones generales para la elaboración del proyecto de servicio Social obligatorio por los estudiantes de los grados décimo y once de la Institución
“El servicio social atenderá prioritariamente, necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento de tiempo libre, identificadas en la comunidad del área de influencia del establecimiento educativo, tales como la alfabetización, la promoción y preservación de la salud, la educación ambiental, la educación ciudadana, la organización de grupos juveniles y de prevención de factores socialmente relevantes, la recreación dirigida y el fomento de actividades físicas, prácticas e intelectuales” (Resolución 4210 de 12 de septiembre de 1996).
1. Presentación del proyecto con normas ICONTEC, letra Arial 12, doble espacio de interlineado, sin negrillas. Teniendo en cuenta el formato de único de presentación de proyectos. www.iemecicalidad.tk formato 118
2. TITULO: debe dar cuenta de la acción social que se pretende realizar, la población beneficiada y el nombre de la entidad o grupo social al cual está dirigido el proyecto.
3. INTRODUCCION: presentación general del proyecto.
4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA- DIAGNÓSTICO: es poner en evidencia el problema al cual se pretende dar solución. El planteamiento del problema viene planteado en forma de pregunta.
5. JUSTIFICACIÓN: responde a la pregunta ¿Por qué es importante el proyecto? Desde el punto de vista personal, del conocimiento, institucional y social.
6. OBJETIVOS: plantear un objetivo general y los objetivos específicos que se consideren necesarios para alcanzar el objetivo general. Todos los objetivos deben estar redactados con verbo en infinitivo.
7. MARCO DE REFERENCIA CONTIENE:
a. EL MARCO LEGAL: Constitución política de Colombia, Ley 115, decreto 1860 y la resolución 4210 de 12 de septiembre de 1996 (con una intensidad mínima de 80 horas en 10º y 11º.). Con el fin de darle valor jurídico al proyecto que se plantea.
b. EL MARCO TEÓRICO: profundización teórica de las características psicológicas, físicas del grupo social al cual va dirigido el proyecto (descripción general del grupo social dadas por los expertos). Se trata de darle fundamento teórico al proyecto. Dentro de éste marco es necesario darle valides al tipo de actividad que se va a ejecutar, por ello es pertinente buscar fundamentación teórica a la acción social que se pretende realizar.
c. EL MARCO INSTITUCIONAL: nombre de la institución donde se ejecuta el proyecto, horizonte institucional, descripción general de la institución, ubicación, nombre del representante legal o responsable, actividades que realiza en beneficio de la comunidad.
8. METODOLOGÍA - PLAN DE ACCIÓN: contiene un cronograma de actividades donde se evidencie el tipo de actividad y la fecha que se va a realizar (Según formato sugerido). Las actividades deben responder a los objetivos planteados.
9. RECURSOS: físicos, didácticos, Humanos, económicos.
10. BIBLIOGRAFÍA: fuentes de las cuales se obtiene la información para el planteamiento del proyecto.
11. PLANILLA DE CONTROL: contiene el nombre del proyecto, nombre de quien lo ejecuta y un cuadro donde se evidencie la fecha, la actividad, observaciones del representante legal o responsable y la firma. www.iemecicalidad.tk formato 119
12.
13. Carta de aceptación del proyecto por parte del representante legal o responsable de la institución donde será ejecutado dicho proyecto.
Es posible diseñar un proyecto donde haya disponibilidad para desarrollar diversas actividades repentinas en las instituciones donde así lo requieran.
Las horas de servicio social empiezan a ser efectivas a partir de la aprobación del proyecto por parte del docente responsable del servicio social.
ARTICULO 66º. LAS TAREAS ESCOLARES
Se realizarán en preescolar y primaria, en la jornada única del bachillerato no se dejarán tareas porque todas las actividades se realizan en las 40 horas de clase semanales.
Pueden apoyar el logro de conocimientos, habilidades y actitudes establecidos en el plan y programas de estudios.
Es necesario planificar y realizar adecuadamente dichas actividades.
Las tareas ayudan a repasar y practicar los desempeños ya vistos afianzando conocimientos y permitiendo entender mejor los temas despejando las dudas que podrían haber quedado.
También ayudan a prepararse para la próxima lección permitiendo conocer los puntos principales y facilitando la participación activa en clase.
Más que nada a aprovechar los recursos que se tienen a disposición, como lo son los materiales que nos proporciona la biblioteca municipal u otros recursos de la biblioteca escolar.
Las tareas también promoverán el sentido de la responsabilidad y autodisciplina al momento de esforzarse por cumplir con las actividades planificadas.
Crearan también el gusto por los estudios ya que estas deberán representar una experiencia positiva que invite a los alumnos a aprender y despertar ese gusto por lo nuevo.
El maestro al momento de dejar las tareas debe considerar la carga de trabajo más apropiada con la edad del estudiante.
Considerar los recursos disponibles en la comunidad o dentro de la escuela misma, que los materiales no sean costosos ni inalcanzables para algunos estudiantes.
Desde un principio deberemos establecer un estilo crítico y propositivo en la revisión de las tareas y hacer que el alumno siempre quede beneficiado con alguna nota u observación que resaltemos.
Los padres deberán estar al pendiente orientando y supervisando la tarea de los menores ya que es el único responsable fuera de la institución.
Es crucial también el intercambio de opiniones padre-hijo al momento de comentar la tarea y apoyar con alguna dificultad que el alumno presente.
Si el padre de familia tuviese alguna duda de las tareas de su hijo, deberá comentarlo con el maestro de grupo a fin de dejar en claro las dificultades.
ARTÍCULO 67º. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA LA SUPERACIÓN DE LAS DEBILIDADES DE LOS ESTUDIANTES O PARA LA MOTIVACIÓN A ESTUDIANTES CON DESEMPEÑOS SUPERIORES. (tomado de finalidades y alcances del Decreto 1290 MEN)
En la institución debe construirse un ambiente de aprendizaje favorable para que los estudiantes tengan la oportunidad de desarrollar las competencias básicas, ya sea para superar sus debilidades o incentivar sus fortalezas.
Cuando se presentan dificultades por bajos niveles de desempeño, una promoción anticipada o el traslado de un estudiante a un nuevo establecimiento educativo, es obligatorio que en el establecimiento se implementen actividades de apoyo durante todo el año escolar si es necesario, para que dicho estudiante pueda recibir el acompañamiento suficiente que le permita nivelarse con las competencias, objetivos, metas y estándares fijados para el grado que se encuentra cursando.
Esta búsqueda continua de mejoramiento y superación va más allá del examen, prueba o taller de recuperación aplicado al final de un período o año escolar, ella debe ser constante y permanente –como ya se dijo, durante todo el año escolar si es necesario-, para garantizar que los estudiantes beneficiarios del proceso formativo al finalizar el período académico lleguen a donde se esperaba que debían llegar.
El establecimiento educativo y en especial el docente deben generar estrategias especiales e innovadoras, como trabajos en el aula, explicaciones adicionales, actividades colaborativas, trabajos de consulta y tareas de refuerzo en el hogar, con una vinculación activa de los padres, para llevar a buen término el proceso educativo. Igualmente, en el sistema institucional de evaluación deben contemplarse y especificarse estrategias especiales de apoyo que motiven aún más a los estudiantes que obtengan rendimientos excepcionales y que por algún motivo no sean beneficiarios de la promoción anticipada.
ARTÍCULO 68º. LOS RANGOS DE EDAD PARA LOS GRADOS
Teniendo en cuenta que la institución ofrece la jornada nocturna y cubre el 100% de la demanda educativa se establecen los siguientes rangos de edad para el ingreso a los niveles educativos en el momento de las matrículas ordinarias.
Preescolar: Cumplir 5 años de edad durante el año escolar.
Primero: 6 años cumplidos o más
Sexto bachillerato: hasta 14 años cumplidos.
Noveno: hasta 17 años cumplidos.
Jornada Nocturna: Ciclo I: 13 años cumplidos o más.
Ciclo II: 14 años cumplidos o más
Ciclo III: 15 años cumplidos o más
Ciclo IV: 16 años cumplidos o más
Ciclo V: 17 años cumplidos o más
CAPITULO VII
PARÁMETROS ESPECIALES
ARTICULO 69º. PARÁMETROS ESPECIALES.
Se establecen para preservar el orden, la disciplina y la organización los siguientes parámetros:
Parámetro 1. Todo estudiante desde el grado 1º hasta el grado 11º debe presentar los encuentros académicos o las pruebas presaber según lo acuerde el Consejo Académico y asumir el costo del contrato con una entidad especializa en pruebas SABER 3º. SABER 5º., SABER 9º. Y SABER 11º.
Parámetro 2. Cuando exista el requerimiento de cualquier material indispensable para el desarrollo del proceso educativo en las áreas o asignaturas, el estudiante debe adquirirlo y presentarlo en clase para el desarrollo de las competencias.
Parámetro 3. Los docentes de la Institución deben diligenciar y presentar al coordinador los libros reglamentarios una semana antes de iniciar cada período académico para su respectiva revisión, seguimiento y asesoría: Plan de área, plan de aula, pacto de aula, control de ausencias, control disciplinario, observador del alumno, A Z sobre competencias.
Parámetro 4. La información solicitada a los docentes debe ser según formatos establecidos y a través del medio requerido.
Parámetro 5. Todo docente realizará turno de disciplina, cumpliendo los parámetros establecidos por la coordinación.
Parámetro 6. La entrada principal en la sección de secundaria se cerrará cinco minutos después del toque de campana de entrada. Los estudiantes que lleguen entre el toque de campana y los cinco minutos después se les anotarán el retardo y pueden entrar a clase. Los estudiantes que lleguen más de cinco minutos retardados deberán esperar hasta el toque de la segunda hora de clase.
Parámetro 7. Cinco minutos antes de iniciar la jornada de clase se timbra para avisar a los estudiantes que pronto se inician las clases. A la hora exacta de ingreso se timbra para que todos iniciemos nuestras responsabilidades. Cada cambio de clases se timbra una vez. Para salir a descanso se timbra dos veces. Tres timbres seguidos indican que hay formación general y nos dirigimos al aula múltiple a recibir las informaciones.
Parámetro 8. Cuando el padre de familia o acudiente no asiste a la entrega de boletines. El día inmediatamente después que haya clase debe reclamar el boletín a la primera hora de clase o el estudiante será devuelto a traer su acudiente. Sí no asiste se enviará el boletín a la comisaría de familia para los requerimientos pertinentes.
ARTICULO 2º. Los LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL estarán sujetos a revisión y modificación por parte de la comunidad en sus aspectos.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en la Institución Educativa Henry Daniels a los 15 días del mes de Marzo de 2016
EL CONSEJO DIRECTIVO
DAVID URREGO BUITRAGO TERESA DE JESUS POLO SOLANO
Rector Representante de los docentes
JUAN MONASTOQUE AURA STELLA ACOSTA BROCHERO
Representante de los docentes Representante Asopadres
ABELINO PACHECO RINCON DANIEL PINTO
Representante Consejo de padres Representante Sector Productivo
ANDRÉS ROMERO MARIA NATALIA MARROQUIN
Representante Exalumnos Representante de los estudiantes